Desde entonces muchos han quedado a la espera de una solución
que, alejada de la improvisación y lo efímero, posibilitará el
incremento de la oferta de bienes y servicios, a la vez que
asegurará ingresos a aquellos que decidan ejercerla. Contribuirá,
también, a que el Estado se sacuda una buena parte de la carga de
subsidios excesivos, mientras deja en manos no estatales ofertas que
durante años asumió a pesar de la difícil coyuntura económica.
La medida de flexibilizar el trabajo por cuenta propia es una de
las decisiones que el país toma en el rediseño de su política
económica, para incrementar niveles de productividad y eficiencia.
Se trata, además, de brindar al trabajador una forma más de sentirse
útil con su esfuerzo personal, y de alejarnos de aquellas
concepciones que condenaron el trabajo por cuenta propia casi a la
extinción y a estigmatizar a quienes decidieron sumarse a él,
legalmente, en la década de los noventa.
El primero de agosto se hacía pública también la aprobación de un
régimen tributario para el trabajo por cuenta propia que responde al
nuevo escenario económico del país. Que aporte más quien más reciba
es el principio del nuevo régimen tributario que ayudará a
incrementar las fuentes de ingresos al presupuesto del Estado, y a
lograr una adecuada redistribución de estos a escala social.
Pero, ¿cómo se ampliará el trabajo por cuenta propia? ¿Cuáles
actividades se incluyen en él? ¿Qué prohibiciones se derogan? ¿Cómo
se organizará y se controlará? ¿Qué impuestos se pagarán? Tras estas
y otras interrogantes anduvo Granma, y consultó a
especialistas de los Ministerios de Economía y Planificación,
Finanzas y Precios, y Trabajo y Seguridad Social, quienes alistan
las regulaciones del trabajo por cuenta propia, que deberán comenzar
a aplicarse a partir de octubre.
La cuenta propia, no la ajenaAdmi
Valhuerdi Cepero, viceministra primera del Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social, explicó que podrá realizarse el trabajo por cuenta
propia en 178 actividades, de las cuales 83 podrán contratar fuerza
de trabajo sin necesidad de que sean convivientes o familiares del
titular. "Se concederán nuevas autorizaciones en 29 actividades que,
si bien se ejercen en la actualidad, no se otorgaban nuevas
autorizaciones desde hacía varios años". Entre ellas mencionó a los
elaboradores vendedores de alimentos en diferentes modalidades, el
elaborador de vinos, el aserrador, el cantero, el enrollador de
motores, bobinas y otros equipos, el fabricante vendedor de coronas
y flores, el hojalatero, el instructor de prácticas deportivas
(excepto las artes marciales), el recolector vendedor de materias
primas, el masajista...
Podrá
ejercerse el trabajo por cuenta propia en 178 actividades.
A las actividades que existían se suman siete nuevas que incluyen
al tenedor de libros, exceptuándose aquí a los contadores y técnicos
de nivel medio en Contabilidad con vínculo laboral en la
especialidad; el cuidador de baños públicos y de parques; el
repasador, excluyéndose a los maestros en activo; el trabajador
agropecuario eventual; el vendedor de producciones agrícolas en
puntos de venta o quioscos en carreteras y autopistas; y el gestor
de viajeros, referido a las personas que tramitan pasajeros de los
taxis particulares en las terminales.
Valhuerdi explicó igualmente que el otorgamiento de nuevas
autorizaciones para el ejercicio del trabajo por cuenta propia se
mantiene limitado por ahora en nueve actividades, porque no existe
un mercado lícito para adquirir la materia prima, aunque se estudian
alternativas que lo viabilicen. Ellas son: chapistero; elaborador
vendedor de artículos de granito y mármol; elaborador vendedor de
jabón, betún, tintas, sogas y otros similares; fundidor; herrero;
oxicortador; productor vendedor de artículos de aluminio; pulidor de
pisos; y productor vendedor de artículos de fundición no ferrosa.
Se
prescinde del requisito de ser jubilado o tener algún vínculo
laboral para acceder al trabajo por cuenta propia.
Del necesario mercado para estas actividades, explicó Marino
Murillo Jorge, vicepresidente del Consejo de Ministros y titular de
Economía, que "estamos diseñando en el plan de la economía del año
próximo qué debemos incorporar teniendo en cuenta las nuevas
transformaciones que demandarán ferreterías, exigirán de
equipamientos gastronómicos que hoy no se venden. Tenemos que
conducir el plan para lograr coherencia con lo hecho. Lo óptimo es
un mercado mayorista con precios diferentes para ellos. Pero eso no
lo vamos a poder hacer en los próximos años. Ahora tenemos que
lograr un mercado donde ellos puedan comprar lo necesario aunque sin
diferenciar los precios minoristas".
Valhuerdi comentó que, cuando entre en vigor la resolución,
podrán utilizarse hasta 20 plazas en las "paladares", donde antes se
podían tener 12; que se permitirá comercializar en ellas productos
alimenticios elaborados a base de papa, mariscos y carne de res. Se
prescinde, además, del requisito de ser jubilado o tener algún
vínculo laboral para acceder a esta forma de empleo.
Con
estas regulaciones se ratifica la continuidad del ejercicio por
cuenta propia a los profesionales universitarios y técnicos
graduados con anterioridad al año 1964. Se respeta así el ejercicio
que desde hace más de cuatro décadas viene ejerciendo un pequeño
número de personas, quienes están inscritos en el Registro de
Contribuyentes
Y en la flexibilización del trabajo por cuenta propia se tuvo en
cuenta la ampliación de la actividad de arrendamiento de viviendas,
la cual elimina añejas prohibiciones tras las que se lían un
entramado "bien visible" de ilegalidades. Tales negativas, que en un
momento cumplieron su función, constituyen hoy un obstáculo al
difícil problema de la vivienda. Entonces, se autoriza el
arrendamiento a las personas que tienen autorización para residir en
el extranjero (PRE) o a aquellos que, viviendo en Cuba, salgan del
país por más de tres meses. Igualmente, y para apoyar el trabajo por
cuenta propia, se concede la posibilidad de alquilar viviendas,
habitaciones y espacios para su ejercicio.
Es oportuno señalar que el dueño de la vivienda puede designar a
un representante para pedir una licencia de arrendamiento, lo cual
viabilizará la gestión a quienes no estén en el país y deseen
alquilar su domicilio. La aprobación será, en todos los casos, del
director municipal de Vivienda. Igual sucederá con los
transportistas que decidan afiliarse al trabajo por cuenta propia.
Los que tengan autorización para residir en el exterior o viajen por
más de tres meses, también pueden nombrar un representante para
arrendar sus vehículos.
Cuando entren en vigor las nuevas regulaciones, los que están
afiliados al trabajo por cuenta propia, y quienes se incorporen a
él, tendrán la obligación de pagar impuestos sobre los ingresos
personales, sobre las ventas, los servicios públicos, y por la
utilización de fuerza de trabajo, además de contribuir a la
Seguridad Social.
Mención especial, por su trascendencia, merece la contribución
del trabajador por cuenta propia a la Seguridad Social, pues, con el
fin de ofrecerle protección ante la vejez, la invalidez total, la
maternidad y, en caso de muerte, a su familia, se dispuso para él un
régimen especial al cual deberá afiliarse como requisito
indispensable para ejercer esta forma de empleo, con excepción de
quienes laboren también en el sector estatal, se encuentren
jubilados, pensionados o sean beneficiarios de otro régimen de
Seguridad Social.
Todas estas medidas relacionadas con el trabajo por cuenta
propia, que Granma irá detallando en próximos reportajes,
contribuirán a que esta forma de empleo sea una alternativa más,
bajo el ojo atento del Estado que, como representante del pueblo,
está mandatado para buscar soluciones que mejoren el nivel de vida
de los cubanos, respetando siempre los principios socialistas que
rigen nuestra Constitución. Como dijera el General de Ejército en el
Tercer Periodo Ordinario de Sesiones de la VII Legislatura del
Parlamento, el primero de agosto de 2009, el fin es defender,
mantener y continuar perfeccionando el socialismo, no destruirlo.
Por esos caminos sigue desandando nuestra Cuba.
|
La Regulación del MTSS sobre
la ampliación del ejercicio del trabajo por cuenta propia,
detalla que quienes se afilien a él pueden ejercer más de
una actividad, tanto en su municipio de procedencia como en
cualquier lugar del país, siempre que cumplan las
regulaciones establecidas por los Consejos de la
Administración. Así, tendrán la posibilidad de realizar el
trabajo en su domicilio o en cualquier otro local o espacio
arrendado. Dispone el documento que los trabajadores pueden
comercializar sus productos y servicios a entidades
estatales, dentro de los límites financieros que ellas
tengan. |
|
En estos momentos se analiza
con el Banco Central de Cuba cómo hacer viable la
posibilidad de que quienes decidan incorporarse al trabajo
por cuenta propia puedan acceder a un crédito bancario para
echar a andar la actividad escogida. |
|
Los funcionarios del
Instituto Nacional de la Vivienda precisaron que, a partir
de octubre, se deroga la prohibición que impedía arrendar
viviendas completas en CUC; alquilar con límite de horas; y
rentar los inmuebles asignados por el Estado después del
2001, y en los que se habían realizado labores de
construcción en los últimos años. Estas medidas se aprueban
sin excepción para ningún territorio. La nueva regulación
permite al propietario que alquila contratar fuerza de
trabajo, y realizar otras actividades por cuenta propia. |