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Sancionan diputados bolivianos nueva ley electoral

El Órgano Electoral Plurinacional cobró vida este viernes en Bolivia tras la aprobación por la Cámara de Diputados de una ley que sanciona el cuarto poder, junto al ejecutivo, el legislativo y el judicial, reporta Prensa Latina.

Tras tensas jornadas de deliberaciones en plenaria y las respectivas comisiones, la norma fue sancionada por los dos tercios de la instancia legislativa, donde el gubernamental Movimiento al Socialismo (MAS) es mayoría.

El presidente de la cámara baja, Héctor Arce, precisó que ahora el proyecto pasa al Senado (cámara de origen) para su revisión.

Arce explicó que eliminaron dos apartados sobre las atribuciones respecto a la democracia comunitaria, la que se define por usos y costumbres de los pueblos.

La Ley del Órgano Electoral es la segunda norma que aprueban los diputados -antes fue la del órgano Judicial- de las cinco estructurales que demanda ratificar hasta el 22 de julio próximo la Constitución Política del Estado.

El documento instituye la composición y atribuciones del futuro Órgano Electoral Plurinacional y fija las funciones del Tribunal Supremo Electoral, los tribunales electorales departamentales, los jurados electorales y el Servicio de Registro Cívico, entre otros.

La ley, que contiene 93 artículos, ocho disposiciones transitorias y una final, establece que la sede del órgano Electoral será la ciudad de La Paz, uno de los puntos más polémicos debido a demandas de parlamentarios de Chuquisaca de que se trasladara a Sucre.

Fuentes legislativas explicaron a Prensa Latina que a partir de su promulgación habrá dos meses para el relevo de las actuales autoridades electorales.

Estas cesarán en sus funciones en un plazo máximo de 60 días, con una renovación total.

La norma mantuvo el proyecto original para que la Dirección Nacional de Identificación se mantenga a cargo de la policía boliviana, como se acordó inicialmente luego de un intento de pasarla a otra entidad.

En este aspecto existe una disposición concreta de que en el plazo de 90 días el órgano ejecutivo, a través del Ministerio de Gobierno, debe presentar un plan de reestructuración para mejor atención al ciudadano.

 

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