Para preservar la legalidad en los centros penitenciarios

Lourdes Pérez Navarro
lourdes.p@granma.cip.cu

En correspondencia con los convenios e instrumentos internacionales, todas las prisiones y lugares de detención están sujetos a un sistema de inspección independiente de la autoridad responsable de su administración. En Cuba, ese control lo ejerce la Fiscalía General de la República (FGR), por mandato constitucional y de la legislación vigente.

Foto:Raúl LópezLos internos e internas tienen el derecho constitucional de dirigir quejas o peticiones a las autoridades y recibir la atención o respuesta pertinente, apuntó la máster en Derecho Hortensia Bonachea.

En todas las instancias de este órgano del Estado existen fiscales facultados para comprobar el cumplimiento de la legalidad en cualquier centro de reclusión, internamiento o de detención. Así garantizan el respeto a los derechos individuales de los internos y, en particular, la legalidad de la ejecución de las condenas.

Para ello —explicó a Granma la máster en Derecho Hortensia Bonachea Rodríguez, directora de Control de la legalidad en los establecimientos penitenciarios de la Fiscalía— utilizan dos vías fundamentales: una directa, a través de visitas a los establecimientos penitenciarios y locales de detención, y otra indirecta, consistente en la queja o reclamación del propio interesado o por intermedio de una tercera persona. "Trabajamos las investigaciones bajo un enfoque dirigido a lograr la multilateralidad ".

Foto:Jorge Luis GonzálezCampamento Ayagán, en la provincia de Villa Clara, uno de los centros de la Tarea Confianza.

Al detectar irregularidades el fiscal emite una resolución encaminada a restablecer la legalidad quebrantada, la cual es de obligatorio cumplimiento por parte del órgano, autoridad o funcionario al cual va dirigida. Si la violación constituye un presunto hecho delictivo, se realizan las acciones preliminares y se trasladan a la Fiscalía Militar, donde serán investigadas y procesadas en correspondencia con lo establecido en la Ley de los delitos militares.

Transformaciones en el sistema penitenciario

Con el triunfo revolucionario comenzó un proceso de transformaciones encaminado al mejoramiento de las condiciones humanas de los privados de libertad. Este alcanzó dimensiones cualitativa y cuantitativamente superiores a partir del año 2000, como expresión de la Batalla de Ideas, la cual incentivó la masificación de la educación y la cultura en las prisiones.

Estos centros, subrayó la Fiscal, se han convertido en lugares multiplicadores de oportunidades para el desarrollo del recluido, quien conserva todos sus derechos, excepto los perdidos como consecuencia específica de su privación de libertad.

—¿Pudiera ilustrar esas transformaciones?

Una importante está relacionada con la organización de un subsistema educacional en las prisiones para la enseñaza general y la capacitación técnica en oficios, de manera gratuita. Se les garantizan además los estudios en función, fundamentalmente, de las capacidades de cada interno.

En el año 2001, como parte del proyecto de reincorporación, se creó en la capital el centro experimental San Francisco de Paula para jóvenes de entre 16 y 21 años de edad, condenados por primera vez. Se trata de una instalación sin rejas ni seguridad, donde se aplica un programa caracterizado por un alto componente de instrucción escolar y capacitación técnica. Estos resultados se han generalizado y hoy existen instituciones similares en todo el país.

No podemos desconocer la organización en las prisiones del subsistema de atención médica y estomatológica, primaria y especializada, para atender a los reclusos, sustentado en una red que abarca hospitales, puestos y postas médicas, equipamiento y abastecimiento de medicamentos.

Además, los internos mantienen comunicación sistemática con sus familiares, mediante visitas, uso de pabellones conyugales, contactos telefónicos y por correspondencia. Son beneficiados con pases o visitas especiales al hogar sin custodia y, en caso de enfermedad grave o muerte de parientes allegados, tienen derecho a ser conducidos o autorizados a ir al lugar. Todo ello es verificado por los fiscales en el ejercicio de sus funciones.

El sistema penitenciario comprende también la aplicación de un régimen progresivo como método para el cumplimiento de las sanciones privativas de libertad, dirigido a estimular el comportamiento positivo observado por los internos, mediante la disminución gradual del rigor penitenciario. Este les permite obtener rebajas de sanción cada año por buena conducta como requisito esencial, la transición desde los regímenes de mayor a menor severidad, la modificación de condenas privativas de libertad y, finalmente, la libertad condicional, asegurándose así su adecuado proceso de reinserción social.

Existe, además, un procedimiento para enfrentar las indisciplinas cometidas por los internos. Con tal propósito, se crea un Consejo Disciplinario que las analiza colegiadamente y aplica medidas proporcionales a la infracción, las cuales no pueden afectar los derechos relacionados con la alimentación, el vestuario, asistencia médica y estomatológica, enseñanza general, contacto con su familia, recibir la visita de abogados, remuneración económica u otros. Los implicados pueden exponer sus argumentos y realizar la reclamación correspondiente.

En nuestras visitas hemos constatado el esfuerzo que se realiza actualmente en la construcción y reparación de locales con apropiadas condiciones de internamiento. Ejemplo de ello lo constituyen los campamentos de la Tarea Confianza y los de Estudio y Trabajo Municipales. Son centros de nuevo tipo en los que los sancionados permanecen en condiciones abiertas y se vinculan laboralmente en obras constructivas y a la producción de alimentos, con adecuada remuneración económica.

En nuestro país el trabajo constituye uno de los eslabones primordiales para la rehabilitación de los que han infringido la Ley Penal y tiene un carácter voluntario.

A propósito, en el año 2007 se promulgó el Decreto Ley 243 el cual establece que los sancionados que trabajan, fuera o dentro de centros penitenciarios, tienen derecho a obtener las prestaciones monetarias por el régimen de seguridad social en caso de enfermedad o accidente de origen común o de trabajo, maternidad, invalidez y vejez. Además, a los efectos de la jubilación, se les considera como tiempo de servicio el laborado durante el cumplimiento de la sanción penal.

Otra de las conquistas del sistema fue la promulgación de una resolución que regula el procedimiento para la incorporación laboral de los egresados de centros penitenciarios, así como de las personas sujetas a condenas sin internamiento. Todos tienen asegurada su ubicación, evitando así la estigmatización.

En opinión de la máster Hortensia Bonachea, la experiencia cubana en el perfeccionamiento del sistema penitenciario evoluciona con la voluntad de lograrlo y con la convicción de superar las deficiencias, a partir del principio de reforzar el cumplimiento de los derechos fundamentales de las personas privadas de libertad.

Nuestro paradigma fundamental, subrayó, ha sido el respeto a los instrumentos juridicos, y si lo hemos logrado obedece en buena medida a la voluntad política de nuestros dirigentes.

 

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