ÓRGANO OFICIAL DEL COMITÉ CENTRAL DEL PARTIDO COMUNISTA DE CUBA
Foto: Efraín Cedeño

El procedimiento para el sacrificio y consumo de las carnes de ganado vacuno procedentes de los autoconsumos de animales de los diferentes organismos y entidades que los posean, fue aprobado a través de la resolución 88 de 2022 del Ministerio de la Agricultura, incluida en la Gaceta Oficial No. 37 Ordinaria de 2022.

El documento legal explica que son sujetos del presente procedimiento las personas jurídicas poseedoras de
ganado vacuno e interesadas en su sacrificio para el consumo en su sistema de alimentación.

Entre los requisitos a cumplir para poder efectuar el sacrificio del ganado se encuentra que el rebaño hembra no debe decrecer en comparación con el cierre del año anterior; los animales a sacrificar tienen que proceder solo de sus rebaños; y se deben sacrificar —en el caso de las hembras— solamente las novillas y vacas de desechos autorizadas por las autoridades competentes, de acuerdo con los índices de
extracción, que son de 7 y 11 % anual, y pesos promedios de 270 kg y 345 kg, respectivamente.

En el caso de los bueyes y sementales, es importante solo sacrificar hasta un 10 % de los clasificados
como desechos; y decidir los índices de extracción de los machos para el sacrificio en categorías de
toros y toretes.

Con respecto a los trámites para el sacrificio, se puntualizan varias obligaciones que incluyen por parte de las personas jurídicas la solicitud por escrito de la autorización a las delegaciones municipales de la Agricultura.

Con los documentos relacionados en el artículo anterior, el Jefe del Registro Pecuario municipal tramita con la Comisión de Asuntos Agrarios y la Masa Ganadera del municipio la autorización del sacrificio en el plazo de dos días hábiles, contados a partir de realizada la solicitud.

La Comisión de Asuntos Agrarios y la Masa Ganadera emite el correspondiente acuerdo que autorice o no el sacrificio en un plazo de siete días hábiles, contados a partir de realizada la solicitud.

El Delegado Municipal de la Agricultura notifica al solicitante el acuerdo adoptado por la Comisión de Asuntos Agrarios y la Masa Ganadera en el plazo de dos días hábiles, contados a partir de la aprobación del referido acuerdo.

Contra el acuerdo que deniegue el sacrificio, el interesado puede interponer recurso de apelación ante el Delegado Provincial de la Agricultura, por conducto de la Delegación Municipal de la Agricultura, en un plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación.

El Delegado Provincial de la Agricultura resuelve el recurso interpuesto en el plazo de 10 días hábiles, contados a partir de su presentación. Contra su decisión no procede recurso en la vía administrativa y queda expedita la vía judicial.

Las personas jurídicas poseedoras de ganado vacuno autorizadas para el sacrificio solicitan el certificado de veterinaria correspondiente y el pase de tránsito al Registro Pecuario, de acuerdo con la legislación vigente al efecto, con el fin de tramitar el servicio de sacrificio.

Para mayor informacion consultar la Gaceta

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Hector dijo:

1

9 de abril de 2022

05:47:20


Muy buena la decisión. Lo mismo se debería a autorizar a los pequeños agricultores que poseen un rebaño pequeño. Esto no solo ayudaría a todos a resolver un problema grande, la alimentación familiar, sino que también eliminaría muchísimo los robos y sacrificio de ganado de forma ilegal. Los precios también bajarían. Por favor analizen y extengan esta decisión para los pequeños agricultores.