En no pocas ocasiones lectores de esta sección preguntan dónde encontrar la ley, el decreto-ley, la resolución u otra normativa jurídica a la que hacemos referencia en nuestros comentarios.
Aunque puedan encontrarlas en libros o en compendios de normas jurídicas, es la Gaceta Oficial de la República de Cuba la que atesora la legislación promulgada en el país en los últimos 103 años.
Surgida el primero de julio de 1902 mediante el Decreto 63 de la Secretaría de Gobierno, rubricado por el presidente Tomás Estrada Palma, la Gaceta es el órgano oficial -constitucionalmente reconocido-en el que se publican las leyes, decretos leyes, decretos, resoluciones, reglamentos y demás disposiciones generales de las entidades nacionales del Estado.
A las 72 horas de ser aprobadas y firmadas estas normativas por las instituciones correspondientes, han de ser enviadas a la Gaceta, y una vez publicadas en sus páginas entran en vigor y se ponen en conocimiento de todos los ciudadanos.
La Gaceta cuenta con tres tipos de ediciones en correspondencia con su contenido: la ordinaria, que da a conocer las disposiciones habituales; la extraordinaria, para las normas jurídicas que por su importancia y jerarquía deben informarse rápidamente; y la extraordinaria especial, en la que se publican los otorgamientos de distinciones y medallas.
¿CÓMO OBTENERLA?
Por mandato de la Constitución la Editora del Ministerio de Justicia (MINJUS) -ubicada en Zanja #352 esquina a Escobar, en el capitalino municipio de Centro Habana- es la que tiene, entre otras tareas, la de imprimir, distribuir y comercializar la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
Las suscripciones para su adquisición históricamente se realizaban en la propia editora, explica Alberto Alvariño, director de la entidad. Pero a partir del año pasado, precisa, decidimos descentralizar este proceso con el objetivo de disminuir engorrosos trámites y acercar el servicio a la población.
En estos momentos se están realizando suscripciones: el proceso empezó el primero de junio y culminará el 30 de noviembre. Todas las personas naturales y jurídicas que lo deseen pueden hacerlo; no hay límites, subraya Alvariño.
Para ello hay dos modalidades. Una funciona especialmente para la capital, se trata de la recogida personal, luego de suscribirse directamente en la sede de la editorial. Esta tiene un costo de cuarenta pesos, el que abarca todas las gacetas publicadas en el término de un año.
Otra es la suscripción por medio de la oficina de Correos más cercana al domicilio de la persona natural o jurídica y tiene un precio de setenta pesos.
Este organismo se encarga de distribuirla como si fuese una carta certificada a la dirección ofrecida por el suscriptor, ya sea en cualquier parte del país (incluida Ciudad de La Habana) o en el extranjero.
Aunque en volúmenes limitados, la Gaceta Oficial también se expende en estanquillos de Correos, asegura el Director. Además, en nuestra sede tenemos un área de venta donde puede ser adquirida sin necesidad de suscripción, al igual que libros que contienen diferentes leyes, entre ellos: Código Penal, Código Civil y Código de Vialidad y Tránsito, todos actualizados conforme a las modificaciones que se le han realizado.
Con estas modalidades, afirma, la Gaceta ha ganado en rapidez, inmediatez y control en su distribución.
EDICIÓN DIGITALIZADA
Además del soporte en papel, la Gaceta puede encontrarse en su versión electrónica en el sitio www.gacetaoficial.cu
Es exactamente la misma, sostiene Alvariño. La digitalizada, basada en modernas tecnologías de información y comunicación, tiene a su favor rapidez e inmediatez; a ella se puede acceder desde cualquier lugar, incluso desde el extranjero.
COMENTAR
Emerita de la Caridad Betancourt dijo:
1
2 de marzo de 2018
11:09:59
Alina dijo:
2
10 de julio de 2019
12:54:48
Responder comentario