ÓRGANO OFICIAL DEL COMITÉ CENTRAL DEL PARTIDO COMUNISTA DE CUBA
Gaceta Oficial No. 54 Extraordinaria de 2020, Instrucción No. 253 del Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular Foto: Cortesía del Tribunal Supremo Popular

El Ministerio de Finanzas y Precios aprobó el pago, cálculo y liquidación adicional del Impuesto sobre Ingresos Personales en el sector agropecuario, incluyendo a los usufructuarios de tierras agrícolas estatales y los propietarios de tierras agrícolas, tenedores de ganado sin tierra y otros productores individuales de alimentos, entre ellos los productores cañeros.

La Gaceta Oficial N.º 18 Extraordinaria de 2022, ratifica la aplicación de un tipo impositivo fijo del 2 % al resultado que se obtiene al descontar de los ingresos obtenidos.

Asimismo, dentro de los ingresos anuales en los mínimos estarían las retenciones pagadas de un 2 % sobre la venta de productos agropecuarios, los exento de 39 120.00 CUP; hasta el 100 % de los gastos propios de la actividad, con el requisito de justificar el 80 % de estos.

De igual manera, incluyen los Tributos pagados asociados a la actividad, excepto los pagos efectuados por el Impuesto por la ociosidad de Tierras Agrícolas y Forestales.

Además, se mantiene la bonificación del 5 % en el pago del Impuesto para los productores agropecuarios que declaren y paguen en o antes del 1ro. de marzo y para los del sector cañero que lo realicen en o antes del 30 de agosto.

Estos incentivos están en correspondencia con las condiciones en que actualmente se desarrollan las actividades agropecuarias, impactadas por las limitaciones de insumos, y deben contribuir a estimular las producciones y ofertas a la población.

La Resolución 38 reconoce a favor del productor, que los pagos en exceso efectuados en el año 2021 por las retenciones de este Impuesto donde se aplicó el tipo impositivo del 5 %, se compensan o devuelven en el proceso para la liquidación anual del tributo mediante la presentación de la declaración jurada, concluyó el medio.

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