ÓRGANO OFICIAL DEL COMITÉ CENTRAL DEL PARTIDO COMUNISTA DE CUBA
Se aplica el Impuesto sobre las ventas minoristas con un tipo impositivo. Foto: José M. Correa

La aplicación de un impuesto sobre las ventas minoristas con un tipo impositivo a las personas naturales y jurídicas que comercialicen productos agropecuarios de forma minorista, fue aprobado y hecho público a través de la Resolución 16/2022 del Ministerio de Finanzas y Precios, includida en la Gaceta Oficial de la República.

De acuerdo con el documento, el Ministerio de Finanzas y Precios está facultado para establecer esta medida cuando circunstancias económicas y sociales a su juicio así lo aconsejen.

Según lo establecido, se aplica ahora el Impuesto sobre las ventas minoristas con un tipo impositivo del 10 % a quienes comercialicen productos agropecuarios de forma minorista en mercados agropecuarios, en puntos de ventas pertenecientes a cooperativas de créditos y servicios, cooperativas de producción agropecuaria u otras formas de producción, incluidos los productores individuales, en ferias u otros eventos expresamente autorizados y en las unidades de comercio minorista autorizadas a adquirir y comercializar productos agropecuarios.

Asimismo, queda establecido que quienes comercialicen productos agropecuarios de forma minorista, donde los Consejos Provinciales o de la Administración municipales fijan precios máximos o los productos se comercializan con precios centralizados, pagan el Impuesto sobre las Ventas, con una bonificación en su pago, consistente en la aplicación de un tipo impositivo del cinco por ciento (5 %).

Las personas naturales y jurídicas que concurran como vendedores a los mercados agropecuarios estatales subordinados administrativamente al Ministerio de la Agricultura, por concepto de Impuesto sobre las Ventas, pagan diariamente en dichos mercados, de forma directa, a la entidad que opere las instalaciones en las que realizan sus ventas, el importe resultante de aplicar al total de las ventas que consignen en la Declaración Jurada diaria establecida al efecto, los tipos impositivos que correspondan según lo establecido en los apartados Primero y Segundo de la presente Resolución.

La entidad que opera las instalaciones del Mercado agropecuario deduce del importe total cobrado cada día por concepto de impuesto, el uno por ciento (1 %) de dicha cantidad, como comisión por la gestión de cobros que realice.

Las personas naturales y jurídicas que, de forma permanente y estable, concurran como vendedores a los mercados agropecuarios subordinados administrativamente al Ministerio del Comercio Interior y vendan sus productos en un área delimitada dentro de estos, pagan el Impuesto sobre las Ventas, dentro del plazo y con las formalidades previstas en las disposiciones aprobadas al respecto para estos mercados.

Los puntos de ventas pertenecientes a cooperativas de créditos y servicios, cooperativas de producción agropecuaria u otras formas de producción, incluidos los productores individuales, aplican los tipos impositivos previstos en los apartados Primero y Segundo de esta Resolución, según corresponda, al total de las ventas consignadas en la Declaración Jurada que llenan diariamente, y pagan el Impuesto sobre las Ventas, decenalmente, a las entidades del sistema de la Agricultura o de AZCUBA que administran el mercado al cual se encuentren vinculados, o directamente en las oficinas bancarias de su domicilio fiscal, según proceda, previa presentación de una Declaración Jurada de dichas ventas.

Las entidades del sistema de la Agricultura o de AZCUBA que administran las instalaciones de los mercados agropecuarios y las entidades a cargo de la organización y control de las ferias o eventos establecidos en el apartado precedente, ingresan al Fisco el importe del impuesto a que se contrae esta Resolución, diariamente, en las oficinas bancarias u otras oficinas habilitadas al efecto, del municipio donde radiquen dichos mercados o entidades, por el párrafo 011302 “Mercado Agropecuario”, del vigente Clasificador de Recursos Financieros del Presupuesto del Estado.

Las unidades de comercio minorista autorizadas a adquirir y comercializar productos agropecuarios, certificado ello por la autoridad competente que determinen los ministerios de la Agricultura y del Comercio Interior, según proceda, pagan el impuesto previa presentación de la Declaración Jurada, mensualmente, dentro de los primeros quince días hábiles del mes siguiente al que corresponda su pago, en las oficinas bancarias u otras habilitadas al efecto del municipio donde radiquen; ingresándolo al Fisco por el párrafo establecido en el apartado precedente.

Se exime del pago del Impuesto sobre las Ventas la comercialización minorista de los productos agropecuarios normados con destino a dietas médicas, cuyos precios se establecen por este Ministerio.

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Luis dijo:

1

5 de febrero de 2022

20:16:14


Pienso que la medida incrementara los precios , creo que no ayuda en nada a la inflacion que vive el cuidadano común

Rafael Mesa Bravo dijo:

2

6 de febrero de 2022

09:55:03


No se puede seguir creando medidas impositiva a los productores agrícolas, en la condiciones actuales todo lo que se haga debe ser en función del incremento de las venta de más producción y está medidas su tendencia es a lo co.ntrario

Palax dijo:

3

6 de febrero de 2022

09:55:04


Esta medida traerá consigo un aumento en los precios minoristas de esos productos de hecho ya bastantes altos para los cubanos de a pie, si lo dudan esperen y verán. Cuando suben los impuestos también suben los precios, es algo directamente proporcional.

Jua dijo:

4

6 de febrero de 2022

10:35:38


Esta medida lo que provocará es el aumento de los precios hoy ya en la escala de abusivos, la medida sería otra y no esa, porque lo que se están burlando es la declaración de las ganancias y es ahí donde entra a jugar su papel las ONAT y sus inspectores.

Alex dijo:

5

6 de febrero de 2022

11:15:00


¿Y eso no sé reflejará aumentando el precio final del producto? Pues claro. ¿Por que entonces se considera oportuno aplicarlo si aún no sé aplican medidas contra la inflación?

Js Krlos Respondió:


7 de febrero de 2022

14:48:58

No es tan asi. Porque mientras mas aumentes el precio mas dinero ganaras es verdad. Pero al mismo tiempo tambien mas dinero tendrás que pagar por ese 10% jajajajaja

Francisco Rosales dijo:

6

6 de febrero de 2022

11:19:59


Buenos días. Solo quiero expresar mi preocupación por las consecuencias directas que va a tener ese impuesto en los ya altos precios de los alimentos. Pienso que como mismo se consulta al pueblo otros temas, asuntos cruciales como éstos deberían consultarse también. Yo no entiendo porqué no sé pueden topar los precios ni entiendo porqué una medida como esta se impone ahora para las población que es quien va a pagar del impuesto al final. Un saludo

Lázaro dijo:

7

2 de junio de 2022

08:41:55


Creo que no debiera ser de las ventas si no de los ingresos personales porque del dinero de la inversión yo no puedo dar el 10% soy de un punto de venta de la agricultura