El Banco Central de Cuba estableció un límite máximo de 2 500 pesos cubanos para los pagos en efectivo que se deriven de una relación contractual entre las personas jurídicas cubanas estatales, así como para los pagos de estas y las personas jurídicas extranjeras a las personas naturales autorizadas a ejercer el trabajo por cuenta propia y a las formas de gestión no estatal.
De acuerdo con la Gaceta Oficial del 5 de enero de 2022, compete a los bancos revisar el cumplimiento de este límite, actuar según los principios de la debida diligencia y el conocimiento de sus clientes, y establecer las medidas de monitoreo para identificar operaciones que puedan ser inusuales o sospechosas de lavado de activos, financiamiento al terrorismo o algún delito grave relacionado con estas actividades.
Se exceptúan del cumplimiento de esta disposición jurídica a las empresas y unidades empresariales de base del Sistema de Comercio Interior, subordinadas a los órganos locales del Poder Popular, quienes están sujetos de la Resolución 99, del 15 de julio de 2019 de la Ministra del Comercio Interior.
COMENTAR
Marianela dijo:
1
6 de enero de 2022
22:54:57
Laudino González dijo:
2
6 de enero de 2022
23:44:54
Oscarluis Respondió:
7 de enero de 2022
07:16:58
juana Respondió:
13 de enero de 2022
10:23:01
Julio Vergara dijo:
3
7 de enero de 2022
05:06:32
Dimitry dijo:
4
7 de enero de 2022
09:20:07
Guillermo dijo:
5
7 de enero de 2022
10:52:21
Walter dijo:
6
7 de enero de 2022
12:15:43
Elena dijo:
7
8 de enero de 2022
19:07:30
jose dijo:
8
13 de enero de 2022
06:35:13
Elio Almaguer Reyes dijo:
9
2 de abril de 2022
22:49:43
Responder comentario