ÓRGANO OFICIAL DEL COMITÉ CENTRAL DEL PARTIDO COMUNISTA DE CUBA
Foto: Anabel Díaz Mena

La justa tradición del Estado cubano de legislar a favor de la mujer tiene otra referencia cardinal en el Decreto-Ley No. 56 «De la maternidad de la trabajadora y la responsabilidad de las familias», que entró en vigor luego de su publicación, este 14 de diciembre, en la Gaceta Oficial No. 145 Ordinaria.

Disponer de un documento tan importante, destaca en sus argumentos Esteban Lazo Hernández, presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular, es posible porque en Cuba «se han creado las bases y las condiciones para el desarrollo de un modelo inclusivo, en que mujeres y hombres pueden acceder y aportar en igualdad de condiciones a la construcción de una nueva sociedad y a los beneficios que de ella se deriven, eliminando trabas que frenen un desarrollo armónico de las familias».

Este Decreto-Ley persigue asegurar y facilitar a la mujer trabajadora la atención médica durante el embarazo, el descanso pre y pos natal, la lactancia materna y, a ambos padres, el cuidado del menor; regular prestaciones monetarias, económica y social, desde el embarazo hasta que el menor arribe a su primer año de vida; establecer protección al padre u otro familiar de los determinados en el documento, a quien se encargue el cuidado del menor, en caso de fallecimiento de la madre.

Entre otros beneficios que propone están, otorgar una prestación monetaria a la madre o al padre con hijos enfermos o a la abuela o abuelo a quien se encargue su cuidado y conceder el derecho a disfrutar de la prestación social a los abuelos de un menor, cuya madre es estudiante, para contribuir a garantizar la continuidad de estudios.

Incluye los derechos de todas las mujeres trabajadoras. En el caso de las del sector estatal, entre otras normativas, queda claro que la cuantía de la prestación económica que recibe la madre durante el periodo de licencia retribuida por maternidad pre y posnatal es equivalente al salario promedio recibido en los 12 meses inmediatos anteriores al inicio del disfrute de la licencia prenatal.

El documento ha tratado de abarcar todas las necesidades de la mujer trabajadora, para la cual se establece, igualmente, que aquella, que por prescripción médica no puede permanecer en el cargo por considerarse perjudicial al embarazo, tiene derecho a ser trasladada de puesto de trabajo con la garantía del 100 % del promedio de los salarios percibidos en los doce meses inmediatos anteriores al mes de su traslado.

Para las del sector no estatal se especifica que para tener derecho al cobro de las prestaciones monetarias económica y social tiene que haber contribuido al régimen especial en los doce meses inmediatos anteriores a la fecha de inicio de la licencia por maternidad.

Asimismo, en el periodo durante el cual la trabajadora se encuentra impedida de ejercer su actividad por encontrarse en el disfrute de la prestación por maternidad o estar incapacitada por enfermedad o accidente, así como por otras causas establecidas en la ley, en las que se encuentra exceptuada de contribuir a la seguridad social, se considera como tiempo de contribución a los efectos de obtener el derecho a la prestación económica.

Entre las bondades se destaca que la trabajadora gestante, que acredita certificado médico que la incapacita para laborar durante el embarazo, se le abona el 100 % del promedio de la base de la contribución, hasta a fecha de inicio de la licencia prenatal.

El Decreto-Ley No.56 – que aparece en la Gaceta Oficial No. 145 Ordinaria de 14 de diciembre de 2021-, contiene capítulos que detallan todo lo referente a las prestaciones económicas y sociales, las licencias complementarias de la maternidad, prestación monetaria a madres con hijos enfermos  y responsabilidad de los empleadores, de las filiales municipales del Instituto Nacional de Seguridad Social y de las direcciones municipales de trabajo.

De igual forma deroga decretos-leyes como el 339 «De la Maternidad de la Trabajadora» y 340, «Modificativo de regímenes especiales de seguridad social», y otros que en su momento cumplieron el objetivo de defender los derechos de las mujeres, pero deben dar paso a normas legales ajustadas a la evolución de la sociedad cubana.

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Darianne Milagros Pérez Mateo dijo:

1

16 de diciembre de 2021

10:03:56


Quisiera saber si dan los certificados completos, la licencia uno la recibe completa al 100 o te quitan partes , gracias

Yai dijo:

2

28 de diciembre de 2021

20:14:41


Donde se puede acceder al contenido íntegro de la Gaceta, para poder exigir su aplicación, aún no está publicada en la página de la Gaceta OFicial de Cuba

Ivania dijo:

3

3 de enero de 2022

10:44:26


Soy médico y Quisiera saber si dan los certificados completos, la licencia uno la recibe completa al 100 o te quitan partes , gracias. Desde cuándo ya está ley está vigente pues pregunté en recursos humanos de donde trabajo y no me supieron dar respuesta.

Naomy Mesa dijo:

4

4 de enero de 2022

17:52:36


Quisiera saber si a las madre en la licencia de maternidad le pagan el salario completo?

Jessica Suarez Ramirez dijo:

5

4 de enero de 2022

21:15:33


Mi duda es mi bebé arriboa su primer añito y no le ha llegado el circulo. Y en los cuidos si no camina no lo aceptan. En que me protege esta ley. Soy madre soltera. Trabajadora sector estatal.

Elisa Respondió:


7 de enero de 2022

09:49:36

Yo estoy en la misma situación mi bebe arribo a su primer año de vida y aún no camina por lo que no puede acceder al círculo infantil .tengo además un hijo de 15 años y mi madre presenta una discapacidad físico motora .soy madre soltera y en estos momentos el único dinero que entra en casa es la jubilación de mi madre que es de 1500 pesos y eso no alcanza para cubrir nuestras necesidades básicas

Misleydis Sogo dijo:

6

5 de enero de 2022

12:10:23


Buenas. Soy trabajadora del sector de salud,provincia Matanzas, llevo un embarazo con riesgo de parto prematuro, por lo que estoy de certificado. Pregunte en departamento de personal sobre los nuevos decretos y no saben responder. Desde cuando es vigente la nueva ley? A donde puedo dirigirme para exigir derecho? En mi caso me interesa sobre ek pago de certificado al 100%, es lo que entendi cuando se hablo en mesa redonda. Espero por su atención, gracias.

Kathy dijo:

7

5 de enero de 2022

12:51:41


Quisiera saber si saliera de licencia de maternidad se me abonará mi salario completo o solo el 60%

Yoanni dijo:

8

6 de enero de 2022

11:17:07


En caso de fallecer la madre , el padre le puede ceder su licencia a otro miembro de la familia ?

Ariniuska Quiala martinez dijo:

9

8 de enero de 2022

16:44:14


Tengo la siguiente inquietud, estoy de licencia de maternidad, mi BB tiene nueve meses, trabajo en un Banco y hasta el momento no se me ha pagado el 100% de mi salario, mi pregunta es tengo derecho a cobrar al 100%

Marla Trinidad Santiago Figueredo dijo:

10

3 de febrero de 2022

16:55:14


Si soy recién graduada y estoy embarazada cuanto tiempo debo trabajar para tener derecho a la licencia por maternidad

Daniellis Olivero Ríos dijo:

11

12 de febrero de 2022

10:51:40


Mi duda es q mi bebe arribo a su primer añito y tuve q solicitar una licencia sin sueldo por 3 meses ya q mi bebe presenta una cardiopatía y no he ncontrado cuidador ya que en mi localidad no hay circulo infantil pues me gustaria saber si estos meses se pagan

Diyanis dijo:

12

15 de febrero de 2022

14:10:32


Soy trabajadora del sector Educación estoy d certificado médico por amenaza d aborto y nunca m han pagado el 100% del salario de donde debo dirigirme para exigir derecho espero por su atención gracias soybde PalmaSoriano

Saily Guerra Daria dijo:

13

28 de abril de 2022

14:50:44


Hola soy trabajadora del sector de Educación. Me encuentro embarazada con 15.5 semanas y estoy de certificado médico. Necesito saber si tengo derecho a cobrar el 100 % de mi salario si mi doctora determina que no debo seguir trabajando por la salud de mi bebé. Lo que me llevará a continuar presentando más certificados médicos. Muchas gracias espero respuesta. Soy de la provincia de Camagüey

Yeditza dijo:

14

24 de junio de 2022

03:12:26


Quisiera saber si la ley nos ampara con todos los beneficios que se puedan tener por el trabajo o solamente se reduce a salario y conservar el puesto de trabajo y si tengo derecho a recibir el 100% de mi salario si estoy de licencia de maternidad y antes tuve que acogerme a la ley de madre cuidadora.

Yudith Verá Cardosa dijo:

15

31 de julio de 2022

00:10:38


DESEO saber si los últimos 7 meses de mi licencia de maternidad tengo derecho a acogerme a la nueva ley de cobrar mi salario al 100% pues siempre me lo pagaron al 60 %y no es suficiente pues tengo varios niños

Liset Tamayo Mendoza dijo:

16

16 de agosto de 2022

18:09:00


Deseo saber si yo q estoy embarazada y de riesgo y me dan un certificado médico q me imposibilita trabajar me pagan mi salario completo o es solo el 60%por q en mio de trabajo me dicen q la palabra promedio es la clave y q es al 60 %y no me quien pagar al 100%

Liset Tamayo Mendoza dijo:

17

16 de agosto de 2022

18:11:35


Necesito urgente de su respuesta ,si tengo derecho como gestante de riesgo a recibir el 100% de mi salario o el 60% por certificado médico q me imposibilita a trabajar

lily dijo:

18

13 de noviembre de 2022

16:15:23


Quisiera saber si la licencia de maternidad la pagan al 60 o al 100 % pues mi bebe tiene 8 meses y hasta ahora me han pagado al 60

Yarelis Acosta Figueredo dijo:

19

28 de febrero de 2023

17:54:09


Porque no me pagan al 100% los certificados sí estoy embarazada