ÓRGANO OFICIAL DEL COMITÉ CENTRAL DEL PARTIDO COMUNISTA DE CUBA
La distribución de utilidades en el sector empresarial estatal incrementa sus límites, que antes era de un 30 % según la Resolución 124, hasta un 50 % de las utilidades destinadas a la constitución de reservas. Foto: Germán Veloz Placencia

Ahora, cuando más falta hace que la empresa estatal socialista sea realmente eficiente, que incrementen y mejoren las producciones, responder a las inquietudes de los trabajadores puede ser la clave para lograr esos propósitos, porque necesitan mejorar sus ingresos ante el aumento de los precios, su capacidad adquisitiva debe ser compatible con la nueva realidad.

Por eso, las medidas que trajo la Tarea Ordenamiento se piensan una y otra vez y, por eso también, entre todas las transformaciones que siguen siendo perfectibles, el proceso de distribución de utilidades es un asunto que no se deja de la mano.

De ahí que, explicó Vladimir Regueiro Ale, viceministro primero del Ministerio de Finanzas y Precios (MFP), la Resolución 393, publicada en la Gaceta Oficial No. 83 Extraordinaria de 29 de septiembre de 2021, incremente el límite, que antes era de un 30 % según la Resolución 124, hasta un 50 % de las utilidades destinadas a la constitución de reservas.

Esa norma jurídica modifica el «Procedimiento para el Sistema de Relaciones Financieras entre las empresas estatales, las sociedades mercantiles de capital ciento por ciento cubano y las organizaciones superiores de dirección empresarial, con el Estado», como parte de la implementación de la política aprobada por el Gobierno para continuar avanzando en el perfeccionamiento de la empresa estatal socialista y el proceso de distribución de utilidades, y tomando en consideración los planteamientos recibidos de varios colectivos laborales, en coordinación con la Central de Trabajadores de Cuba (CTC).

Regueiro Ale explicó que, cuando se analizan los destinos de las utilidades de años anteriores, el pago a los trabajadores tiene un marcado peso, pero para mantener y potenciar el sistema empresarial cubano, no se puede desatender el resto de las reservas, que son las fuentes de financiamiento para la capacitación, la innovación y las investigaciones. Esa es la razón por la cual el límite, aunque creció, es hasta un discreto 50 %, pues el resto es necesario destinarlo a estas cuestiones, que también hacen de la empresa un lugar eficiente.

Asimismo, el antiguo 30 %, e incluso, el límite ahora modificado, no significan obstáculos para que el trabajador no participe de los ingresos, sino una forma de tener un marco regulatorio, que permita tomar decisiones hacia otros destinos para esa utilidad y que, además, no se haga un pago en exceso, que derive en descuentos o compensaciones, cuestiones de las que son responsables la dirección administrativa y los colectivos laborares.

Mas, alertó Regueiro Ale, la premisa sigue siendo favorecer el nivel de ingresos de los trabajadores, aunque el respaldo a ello debe ser la verdadera producción, que incremente la productividad, los bienes y los servicios, no los precios de estos, para evitar las expresiones inflacionarias.

Lo dispuesto en la norma, informó, se aplica a partir del proceso de pago anticipado de la distribución de utilidades a los trabajadores, correspondiente al segundo trimestre del presente año. En el caso de las entidades que ya pagaron el segundo trimestre del anticipo a los trabajadores, lo aplican en el tercer trimestre y los trabajadores reciben el mismo beneficio, pues los cálculos se realizan a la utilidad acumulada hasta el cierre del tercer trimestre.

 

EL TEMA DE LAS AUDITORÍAS

Dentro de las preocupaciones que siempre han tenido los trabajadores, y lo confirmó el miembro del Secretariado Nacional de la CTC, José Antonio Pérez Pérez, está el impacto en el pago de los resultados de las acciones de auditorías, que se realizan al sistema de control interno de las entidades, que significaba invalidar totalmente la distribución de las utilidades a todo el colectivo laboral si era negativa la situación.

Además, añadió, para certificar nuevamente el estado de la contabilidad se requiere de otra acción de control, cuestión que se dificulta, pues no siempre está la capacidad de los sistemas auditores internos y del nacional para ofrecer el servicio de forma oportuna y comprobar que se ha cumplido un plan de medidas.

A ambos asuntos, detalló el Viceministro primero del MFP, la norma transforma lo antes dispuesto. Primero, se flexibiliza el requisito vinculado a la calificación de las auditorías en beneficio de los trabajadores, pues se distribuyen las utilidades a quienes no están señalados en el acta de responsabilidad administrativa o como implicados o responsables de las deficiencias detectadas.

Por otro lado, subrayó, cuando por causas ajenas a la entidad no resulte posible ejecutar una acción de recontrol al sistema de control interno, se podrá realizar la distribución de utilidades, siempre que, transcurrido como mínimo un término de seis meses de aprobado el Plan de Medidas para revertir la calificación de Deficiente o Mal, se cumplan los requisitos siguientes: Acreditar que se realizaron las gestiones necesarias con el sistema nacional de auditoría para el recontrol a la entidad, sin lograr su realización; y que el nivel superior certifique que se han cumplido las medidas contenidas en el Plan de Medidas.

El funcionario reconoció que estas nuevas decisiones favorecen, tanto la distribución anual como la anticipada, que se ha generalizado ahora en el cierre de cada trimestre.

Además, reiteró que la flexibilidad está en el procedimiento, pero el principio básico de que se distribuya la utilidad generada bajo los conceptos generales de la contabilidad, se mantiene. El marco es propicio para la participación del trabajador en las riquezas, pero a partir de resultados reales que se generen, que sean visibles en las producciones del país.

COMENTAR
  • Mostrar respeto a los criterios en sus comentarios.

  • No ofender, ni usar frases vulgares y/o palabras obscenas.

  • Nos reservaremos el derecho de moderar aquellos comentarios que no cumplan con las reglas de uso.

AlexH dijo:

1

7 de octubre de 2021

09:06:22


Un claro al final del tunel, pero aun lejos de la realidad.

Eduardo dijo:

2

7 de octubre de 2021

15:39:22


Las utilidades de las empresas estatales está determinadas en gran medida por el precio que las autoridades le fijen a sus producción. Si les fijan precios muy bajos no tendrán utilidades. Un segundo aspecto que debe aclararse es, si se reparten utilidades, que se podrá hacer con ese dinero sin no hay oferta de bienes.

Roberto pagés Ruiz dijo:

3

7 de octubre de 2021

16:34:12


Por favor necesito saber si pueden poner en el pago trimestral como uno de los requisito la guardia obrera

Omar48 dijo:

4

7 de octubre de 2021

22:03:59


Pienso que los resultados negativos de una Auditoría debiera afectar solo a los responsables sí, pero debiera ser por un período X y cuando la entidad elabore su Plan de Medidas pudieran ser hasta seis meses para que lo solucione y que baste con que esta lo informe y lo certifique sin tener que esperar ni otra acción de control ni demostrar la imposibilidad de que le efectúen otra acción de control. La modificación que se propone es más burocracia. Si se le quiere dar autonomía a las empresas hay que confiar. Cuando se le haga otra acción de control entonces tenerlo en cuenta. El llamado es a acabar con la burocracia y a dar autonomía a las empresas. De igual modo nunca he sido partidario de las calificaciones. El auditor solo debe dar un dictamen y enunciar las deficiencias y la entidad que sea quien decida. Eso es autonomía. Al final entonces quien cumple el papel del "malo" es el auditor. Valórese entre otras razones porqué no se completan las plantillas de auditores y esa es una de ellas. Si se va a modificar lo que tanto han reclamado muchos auditores y auditados, entonces que se modifique completo. Désele a las entidades la autoridad que debe tener su consejo de dirección. No le hagamos el trabajo los auditores. Fui Auditor 35 años. Ya no lo soy, pero pido que no se deje de tener en cuenta esta opinión. Con el mayor respeto pero hay que acabar con tanta burocracia que nos hace más daño que bien. He aprovechado este artículo para expresarles mi opinión la cual defendí muchas veces. Muchas gracias.

Julio cesar Gonzalez martinez dijo:

5

1 de noviembre de 2021

13:21:05


Hola necesito me aclaren una duda con respecto a las utilidades trimestrales en tiempos de covid. Les diré que en mi empresa no le van a pagar a los que estaban al 60 y 100% en sus casas y me pregunto porque, por ejemplo en mí caso estaba prestando servicio en salud pública pero me pagaba mi empresa espero me ayuden a entender por que deciden no pagar en este tiempo donde el país se preocupa por pagarte en la casa. Saludo JC.

Eduan dijo:

6

10 de noviembre de 2021

08:58:20


Me pueden decir cual es el % máximo entre los directos y los indirectos

Yamile Rosabal dijo:

7

7 de diciembre de 2021

16:28:01


Necesito me esclarescan algo en lo q tengo duda. Sobre el pago de las utilidades a los trabajadores que tiene pluriempleo dentro del mismo centro. Se le debe pagar las utilidades por el tiempo real trabajado por cada una de las plazas que se encuentra desempeñando. Ya que este contribuye a las utilidades desde ambos puestos de trabajo. Me siento afectada ya que yo tengo un pluriempleo de 4 horas diarias despues de mi jornada laboral y no se me pago las utilidades. Y en el reglamento del pago de las utilidades de mi empresa no se contempla nada sobre este particular. Necesito se me esclaresca si es preciso con la base legal que rige este pago.

Daisy Dominguez Gonzalez dijo:

8

13 de enero de 2022

08:00:41


Necesito esclarecer cuándo es que se paga el ultimo trimestre de las utilidades, porque estan diciendo que es en abril del 2022, y a mi entender debe ser en enero o febrero cuando se haya cerrado el año, por favor si me pudieran responder para poder aclarar a la adm. Y los trabajadores.

Aidel dijo:

9

10 de marzo de 2022

10:16:19


En mí sector laboral no resulta así,se tiene utilidades y no se sabe cuándo ni cuánto se paga, es un sector que produce y no se beneficia al trabajador por lo tanto se cae en otro tipo de problema para la sociedad

Lazaro dijo:

10

16 de marzo de 2022

15:03:59


Quisiera me respondieran si dentro del cálculo del salario promedio para la jubilación se debe tener en cuentas el pago realizado por utilidades

Lourdes dijo:

11

22 de marzo de 2022

15:55:49


la Resolución 393, publicada en la Gaceta Oficial No. 83 Extraordinaria de 29 de septiembre de 2021, incremente el límite, que antes era de un 30 % según la Resolución 124, hasta un 50 % de las utilidades destinadas a la constitución de reservas. Asimismo, el antiguo 30 %, e incluso, el límite ahora modificado, no significan obstáculos para que el trabajador no participe de los ingresos, sino una forma de tener un marco regulatorio, que permita tomar decisiones hacia otros destinos para esa utilidad y que, además, no se haga un pago en exceso, que derive en descuentos o compensaciones, cuestiones de las que son responsables la dirección administrativa y los colectivos laborares. ¿Esto quiere decir que a ese 50% que queda despues que se le resten los aportes y todo lo demas que se descuente va a quedar en nada para el trabajador?, no creo que sea una manera de estimular a los trabajadores.

Danisbel Toledano Sila dijo:

12

23 de junio de 2022

23:14:50


Ante todo buenas noches quisiera me fueran aclaradas varias dudas, en la empresa donde trabajo fuimos objeto de una auditoría financiera x la OSDE la misma fue evaluada como deficiente, mi duda es q si a un trabajador x error le señalan una medida en el informe de auditoría y le es aplicada una medida disciplinaria y ese trabajador reclama ante el OJLB y le es dado con lugar ya q demostro q esa deficiencia q le era señalada no procedia y es exonerado de la medida disciplinaria xq motivo no puede cobrar el pago del mes 13 ese trabajador x el solo hecho de q su nombre este en un informe cuando en ningún momento le fue comunicada esa supuesta deficiencia y el trabajador no estaba presente a la hora de las conclusiones. Tampoco comprendo xq se deja de dar derecho a esos trabajadores al cobró del mes 13 ya q la auditoría se realizó del 17 de enero al 23 de marzo de 2022. Quisiera q alguien me explique ya q soy una de las trabajadoras q afectaron y reclame y me dieron con lugar y fui exonerada entonces xq no puedo cobrar el mes 13.

Álvaro Pérez Díaz dijo:

13

30 de julio de 2022

14:27:41


Buenas tardes. Quisiera y me aclaren las siguientes dudas que tengo con respecto al tema. Puede una empresa confeccionar un Procedimiento para el pago de las utilidades donde tenga en cuenta las evaluaciones del desempeño para poder realizar la distribución? Cada trabajador podrá recibir la misma cantidad de dinero o es teniendo en cuenta el cargo, categoría ocupacional o el salario devengado mensualmente? La distribución del monto se realiza y queda dinero, puede guardarse ese sobrante para distribuirlo en otro momento? Agradecería y mucho que pudieran esclarecer mis dudas que son las dudas de otros trabajadores. Mil gracias.

Eddy dijo:

14

26 de octubre de 2022

08:22:52


Es bueno todas eso que hace hoy el gobierno para hacerle la vida más fácil al cubano, que sufrimos de inflación y los altos precios. Soy trabajador de la empresa de alojamiento en las tunas y qué recuerde yo me pagaron una vez las utilidades y no pasó de 200.00 pesos y nunca más nos han pagado utilidades , y les estoy hablando que eso fue a principios de implantada la resolución . Debían de revisar eso acá en las tunas ,con 2,300 $ no se vive .

elsa maria dijo:

15

27 de febrero de 2023

11:17:18


Buenas dias, yo necesito saber en la distribución de las utilidades como se distriuye y que se hace con el ultimo 50% de las utilidades acumuladas despies de todos los impuestos