ÓRGANO OFICIAL DEL COMITÉ CENTRAL DEL PARTIDO COMUNISTA DE CUBA

En la jornada, también fue presentado el Proyecto de Ley de organización y funcionamiento de las asambleas municipales y de los consejos populares, por Carlos Rafael Fuentes León, vicepresidente de la Comisión de Atención a los Órganos Locales del Poder Popular.
El texto del dictamen establece que:

“En el proyecto de Ley se manifiestan las experiencias derivadas del proceso de perfeccionamiento de los órganos del Poder Popular en el que, con redoblado énfasis, se ha trabajado a partir de la anterior Legislatura, encaminado a profundizar nuestra democracia, la constante atención y vinculación con el pueblo, actor esencial en la vida del país y, a la vez, realizar los ajustes legales que permitan a dichos órganos elevar la eficiencia de su gestión, acorde con las nuevas realidades.

“El proyecto en discusión refleja precisiones y oportunos criterios emitidos por los delegados a las asambleas municipales tales como el número de sesiones a realizar en el año, las ocasiones en que deben efectuarse las reuniones de rendición de cuenta y el tratamiento a dar a los planteamientos y quejas de la población.

Como resultado de estas consultas se recibieron 220 opiniones y sugerencias que se evaluaron por el grupo redactor, 101 de ellas se incorporaron al texto y motivaron agregar un nuevo capítulo, 15 nuevos artículos y modificar otros 33.

En los propios intercambios con los diputados se explicaron 51 opiniones que resultaron dudas y preocupaciones de los participantes, no se aceptaron 68 sugerencias, en su gran mayoría por referirse a cuestiones ya definidas por la Constitución de la República o por ser materias de otras normas jurídicas ya aprobadas o que están en elaboración.

El proyecto está estructurado en 3 títulos, 32 capítulos, 42 secciones y 210 artículos, una disposición especial y dos disposiciones finales.

En sentido general, ratifica el principio de que la Asamblea Municipal del Poder Popular es el Órgano Superior del Estado en los municipios y se reconoce el consejo popular como un órgano local del Poder Popular, que representa a la población de la demarcación donde actúa y ejerce el control sobre las entidades de producción y servicios de incidencia local.

http://www.granma.cu/cuba/2019-12-20/dictamen-sobre-proyecto-de-ley-de-org-y-func-ampp-y-cp-20-12-2019-16-12-35

La diputada Mariucha Lenzano Pascual, vicepresidenta de la Comisión de Atención a los Servicios, expresó que el Proyecto de Ley de organización y funcionamiento de las Asambleas Municipales del Poder Popular y de los Consejo Populares, refleja dos grandes voluntades: la primera, que la nueva Constitución se multiplica para asegurar su cumplimiento; la otra, con esta propuesta seguimos haciendo Revolución.
«Esta Ley ratifica que nos debemos al pueblo, que él es el soberano y mandante de este proceso revolucionario», afirmó.

Alberto López Díaz, diputado por el municipio villaclareño, Santa Clara, consideró que estamos en presencia de una Ley que ratifica una cuestión plasmada en nuestra Constitución y es la autonomía de los municipios y su capacidad de desarrollar la gestión de su territorio. «Es una ley superior que va a ratificar toda esa experiencia de perfeccionamiento del Poder Popular».

Al respecto también se pronunció Yumil Rodríguez Fernández, diputado por Jobabo, Las Tunas, quien afirmó que la presente normativa regula el funcionamiento del órgano que más cerca está de la población y establece un vínculo de trabajo estrecho con la ciudadanía. Por su contenido, es muy superior a las anteriores, agregó.

Posteriormente, también fue aprobada por los diputados la Ley de organización y funcionamiento de las asambleas municipales y de los consejos populares, así como su dictamen correspondiente.

Foto: José Manuel Correa

De igual modo, Esteban Lazo propuso desarrollar, por la importancia de las leyes aprobadas, un amplio proceso de capacitación.

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