A partir del próximo 3 de junio, y luego de 30 días de su publicación en la Gaceta Oficial, entra en vigor la Resolución No.54 del 2018, referida a las indicaciones para la organización y ejecución de la protección al consumidor en el sistema de comercio interno.
La norma está dirigida a las personas naturales y jurídicas que realizan actividades de comercio relacionadas con la venta de mercancías, servicios técnicos y personales, así como gastronomía y alojamiento.
Además, establece los deberes y derechos de los clientes, y las obligaciones de los proveedores de bienes y servicios, ya sean del sector estatal o de los nuevos modelos de gestión.
En el caso de los proveedores del sistema estatal, detalla que al detectarse violaciones de lo dispuesto se adoptarán las medidas que correspondan en el orden laboral y administrativo; y de verificarse que la conducta pudiera integrar el delito de infracción de las normas de protección a los consumidores o cualquier otro de los previstos en el Código Penal, se dará cuenta a las autoridades competentes.
La Resolución se debe a la dispersión legislativa con respecto al tema y a la tendencia creciente de las violaciones de los derechos de los consumidores; y su implementación constituye un paso previo a la futura Ley de Protección al Consumidor.
Luego de 30 días de su vigencia, los organismos y las instituciones deberán enviar al Mincin, para su validación, sus sistemas de protección al consumidor, ajustados a lo que plantea la nueva normativa.
(Redacción Nacional)













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