ÓRGANO OFICIAL DEL COMITÉ CENTRAL DEL PARTIDO COMUNISTA DE CUBA
El padre trabajador puede recibir la prestación social para el cuidado del menor hasta que cumpla el primer año de vida. Foto: Cortesía de Néstor Martí

La Seguridad Social en Cuba se preocupa de manera especial por la atención a la maternidad de la mujer trabajadora, sin importar el sector al que pertenezca, una evidencia de la superioridad del Código de Trabajo nacional frente a la mayoría de las legislaciones internacionales.

Desde la entrada en vigor de la Ley 116, Código de Trabajo, en el año 2014, el gobierno cubano garantiza la protección de la madre trabajadora, reconoció en conferencia de prensa Haydée Franco Leal, subdirectora general del Instituto Nacional de Seguridad Social del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

Su acompañamiento y apoyo es una prioridad y, por eso desde el 2017 entraron en vigor los Decreto-Leyes No. 339 y 340 y otras cuatro resoluciones que estimulan la fecundidad, la incorporación y reincorporación de la mujer al trabajo y la participación de otros familiares en el cuidado y atención de los menores. «Son contadas las naciones que tienen algo similar», subrayó Franco.

Entre las principales fortalezas del Código, la funcionaria destacó que la madre puede incorporarse al trabajo antes de que el niño arribe al primer año de vida y simultanearse la prestación social con el salario.

A un año de la entrada en vigor de estos decreto-leyes y resoluciones, «hemos detectado incertidumbre en la población y desconocimiento de la ley por parte de los empleadores. Se han dado casos en que no permiten que la madre se reincorpore al trabajo antes de que su hijo arribe al primer año de vida, o no entienden por qué deben simultanear la prestación social con el salario», aseguró.

«Por eso, es imprescindible que todos tengan dominio de los derechos que los amparan», instó la funcionaria.

A su vez, Franco resaltó, entre otros beneficios, que el padre trabajador y los abuelos –maternos o paternos– no jubilados pueden recibir la prestación social para el cuidado del menor hasta que cumpla el primer año de vida.

Y, por último, mencionó la posibilidad de que las trabajadoras que hayan tenido contratos superiores a un año y en el momento de la gestación hayan vencido (en un máximo de tres meses anteriores), se pueden beneficiar también con la licencia de maternidad retribuida.

El beneficio económico para aquellas madres que se han acogido a la medida no es despreciable, puesto que los ingresos que perciben han aumentado. La prestación media por concepto de maternidad es de 644,41 pesos en moneda nacional, informó.

La aplicación de estos decreto-leyes y resoluciones representa mayores gastos del Presupuesto del Estado. Sin embargo, «no dejaremos a nadie desamparado», reiteró Haydée Franco.

RETOS DE LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DEL TRABAJADOR

Aunque son notables los avances de Cuba en materia de derechos del trabajador, uno de los principales retos para el sector estatal está en mantener y perfeccionar el sistema de aplicación de justicia.
Para Yudelvis Álvarez Fonseca, directora jurídica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, el Código de Trabajo concibió la creación del Sistema de Justicia Laboral en entidades con una plantilla superior a los 50 empleados.

A través de estas instituciones percibimos las principales incidencias e infracciones que están ocurriendo al interior de las entidades pertenecientes al sector estatal, explicó Álvarez.
Así el Ministerio ha podido identificar que han disminuido las indisciplinas en los centros de trabajo, aseguró.

«En el 2017 los órganos de justicia reportaron 59 000 medidas disciplinarias, –un 25 % inferior al 2016– asociadas principalmente a la amonestación pública y a la separación definitiva de la entidad», informó la especialista.

Sin embargo, en algunos centros de trabajo no se están cumpliendo las aproximadamente 40 horas de trabajo semanal establecidas por la Ley 116, y la jornada laboral de ocho horas mínimo, añadió.

«Hemos comprobado que hay trabajadores que, con tal de no laborar los sábados, por ejemplo, los días anteriores exceden sus horarios de trabajo establecidos. Eso no puede permitirse», explicó la funcionaria durante una conferencia de prensa.

Por otro lado, «un estudio reciente sobre la contratación de los empleados en el sector cuentapropista dio como resultado que es deficiente el establecimiento de esa garantía, regulada en el Código de Trabajo», explicó.

El desconocimiento de la ley, dijo Yudelvis Álvarez, y el temor a perder el empleo, muchas veces temporal, y la remuneración que allí reciben, son las principales causas de que los trabajadores por cuenta propia soslayen los derechos que la ley en Cuba garantiza para ellos.

«Esta es una actividad que llegó para quedarse, pero necesitan estar informados de sus derechos para que las violaciones que se cometan contra ellos no sean desapercibidas. El contrato es la principal herramienta que tienen para impedir la impunidad», comentó.


PREVENCIÓN DE ACCIDENTES EN LOS CENTROS DE TRABAJO, UNA PRIORIDAD

La prevención de factores de riesgo en los centros laborales del país es una de las prioridades del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para este 2018, aclaró Ángel San Martín Duporté, jefe del Departamento de Seguridad y Salud en el Trabajo del MTSS.

Aunque las estadísticas muestran que cada año disminuyen los accidentes laborales en el país, «han aumentado los incidentes mortales asociados a la vía, además de los accidentes múltiples en algunos centros de la Isla, principalmente en los ministerios de Agricultura e Industria», explicó.

Estos eventos causaron al país, informó el funcionario, un saldo de 20 millones de pesos estimados en pérdidas, entiéndase por el tiempo en que los empleados involucrados dejaron de trabajar, el traslado de los accidentados hacia el hospital, entre otras.

Por eso, «estamos insistiendo a todos los trabajadores el cumplimiento del Código de Seguridad Vial y promovemos la realización de chequeos médicos entre los choferes de vehículos de motor», concluyó.

Diseño: Claudia García Martínez
COMENTAR
  • Mostrar respeto a los criterios en sus comentarios.

  • No ofender, ni usar frases vulgares y/o palabras obscenas.

  • Nos reservaremos el derecho de moderar aquellos comentarios que no cumplan con las reglas de uso.

Edmundo Ramirez dijo:

1

2 de abril de 2018

04:52:50


Mi opinión es que en el sector cuentapropista los empleadores, por lo general no respetan los derechos de los trabajadores: ni las 40 horas semanales, ni la jornada de 8 horas, ni las vacaciones pagadas, etc. Lo digo por personas, fundalmentalmente jóvenes, que trabajan como empleados de cuentapropistas y me lo hand dicho. Creo que el estado debe imcrementar los controles y las presiones a los cuentrapropistas para que no se pierdan los logros que el socialismo garantizó al trabajador.

Caridad dijo:

2

2 de abril de 2018

12:02:55


Tengo un nieto de 1 año de nacido, la madre estudia maestro primario fuera del municipio y el padre tambien trabaja, el mismo solicito plaza para el Ciculo Infantil y se le cominico que no tiene derecho, ni el ni la madre ni yo que soy su abuela y tambien trabajo, es cierto

MAREBC dijo:

3

2 de abril de 2018

14:01:42


SALUDOS A TODOS LOS TRABAJADORES POR EL 1ro DE MAYO DESDE LA JOVEN ARTEMISA.

Caridad sao campaña dijo:

4

2 de abril de 2018

15:27:44


Yo quisiera que por esta via, medieran respuesta los funcionarios del MTSS,sobre un caso de un primo hermano mio el cual su esposa fallecio dejando dos niñas una de 7 años y la otra de 3 meses de nacidas, el cual no le aprobaron la licencia de paternidad porque su esposa no estaba vinculada laboralmente, por lo que se vio obligado a pedir la baja de su centro de trabajo, para ocuparse de la atencion de sus dos hijas sin ninguna garantia salarial , para la alimentacion y medicamentos de las pequeñas entre otras cosas como reitero la compañera Haydee Franco "no dejaremos a nadie desamparado" en espera de su acostrumbrada atencion espero por su respuesta Saludos

JOSE dijo:

5

2 de abril de 2018

16:01:53


ME GUSTARÍA CONOCER QUÉ GARANTÍAS LABORALES ME OFRECEN LAS AGENCIAS DE REPRESENTACIÓN ARTÍSTICA EN CUBA.