ÓRGANO OFICIAL DEL COMITÉ CENTRAL DEL PARTIDO COMUNISTA DE CUBA

Representantes del Ministerio de Finanzas y Precios, la Oficina Nacional de Administración Tributaria y la CTC responderán opiniones y preguntas de la población sobre los nuevos tributos en el sector empresarial estatal en la Mesa Redonda que transmitirán este jueves Cubavisión, Cubavisión Inter­na­cio­nal y Radio Habana Cuba a las 7:00 p.m. El Canal Edu­cativo retransmitirá este programa al final de su emisión del día.

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Jose A. Menendez Rodríguez dijo:

1

8 de septiembre de 2016

08:18:07


Si ya vamos a contribuir por los ingresos personales, entonces: ¿Por que limitar el pago por resultados a 2 salarios medios? Se suponía que este sería sin límites, mientras se cumplieran indicadores y hubiera respaldo material, pero como en algunas empresas hubo aplicaciones incorrectas, la solución fue restringir los montos posibles a devengar. Hay que revisar esto, pues el éxodo del capital humano al sector privado o al extranjero, crecerá de forma indetenible e irreversible, en detrimento del país.

Marcelo ElProfe dijo:

2

8 de septiembre de 2016

08:57:32


El pago de los tributos por parte de todos los miembros de la sociedad es algo muy positivo desde todos los puntos de vistas, y nos corresponde asumirlo a todos; Donde veo una inexplicable incongruencia (que se presta a muchas cosas) es en la declaración de Ingresos Personales. A la mayoria de los trabajadores por cuenta propia (Qué son realmente trabajadores), al igual que a los artistas, etc, se les exige la declaración de ingresos personales a fin de año y su incumplimiento es punible. Por supuesto que esto es legal y justo, y estamos de acuerdo con esto, solo que es evidente que hay personas con ingresos muchos mayores que los de estas categorias, que emprenden la compra de bienes inmuebles, crean unidades de servicios, viajan al exterior, disfrutan de bienes y servicios muy costosos dentro del país sin necesidad de declarar el origen de sus ingresos y sisn aportar nada al fisco por estos ingresos. Ya es hora que nuestros organismos legislativos tomen carta del asunto, porque es un dinero considerable que puede ingresar al presupuesto por esa via, a la vez que es otro mecanismo más para organizar los flujos monetarios internos y controlar sus origenes y destinos en bien de la economía nacional. Ya es hora de que todo aquel que obtenga ingresos al año por encima del salario medio o del salario básico de los trabajadores, se vea obligado tambien a declararlo, y de no hacerlo considerar ilegales esos ingresos. Que los trabajadores aporten al presupuesto en la medida en que ingresen producto del sudor de su frente, no es ofensivo, todo lo contrario, nos enaltece, pero toda ley para que sea respetada debe ser pareja. Ya va siendo hora de terminar de perfeccionar nuestro sistema impositivo. (Vamos a ver si me publican hoy, porque no soy santo de la devoción de alguien)

Mary dijo:

3

8 de septiembre de 2016

10:51:56


Escuche comentarios, que ya uno puede jubilarse a los 55 años, cuanto hay de cierto en eso.

Rachel dijo:

4

8 de septiembre de 2016

11:22:08


Se esta hablando sobre los nuevos Tributos al Sector Empresarial, lo cual, como bien han explicado los especialistas, se aplica a todas las empresas en Perfeccionamiento Empresarial desde hace años. Pero nadie habla de los Tributos que pagamos los trabajadores de Sucursales Extranjeras. Tributos que NO ACUMULAN PARA LA SEGURIDAD SOCIAL. Creo que somos los únicos contribuyentes que DONAMOS los tributos que pagamos enteramente, sin beneficio alguno en este aspecto. Me parece que se debe revisar por parte de la ONAT, el Ministerio de Finanzas y Precios, la CTC, en fin, todo aquel que tenga que ver con la contribución tributaria y el beneficio que representa el pago de los mismos para los trabajadores.

cubana dijo:

5

8 de septiembre de 2016

12:26:16


solo he escuchado que solamente se esta hablando de los tributos no de la jubilacion, si alguien puede opinar algo mas si conoce, seria bueno

Jennifer dijo:

6

8 de septiembre de 2016

12:38:26


Quisiera aclarar una duda. Mi empresa se encuentra en perfeccionamiento empresarial. El pago a los trabajadores se realiza mensual y con mes vencido. El dia 15 del presente mes (septiembre) realiza el pago correspondiente al mes de agosto, contablemente ya cerró las operaciones de ese mes (agosto). Corresponde aplicar el Impuesto sobre los Ingresos personales a ese pago ( el del dia 15 de septiembre). Muchas gracias.

Isabel dijo:

7

8 de septiembre de 2016

13:32:18


Contribuir por los ingresos personales, mientras se cumplieran indicadores y hubiera respaldo material, es la solución más correcta para el país y para el capital humano con que contamos, pero restringir los montos posibles a devengar es un problema que ocurre en las empresas, aunque no en todas las que estamos en perfeccionamiento, por lo que la mayoria de los trabajadores se disgustan por los coheficientes de distribución del pago que se aplican que no siempre responden a sus intereces , necesitamos que esto se resuelva para que de forma indetenible crezca nuestra economia cada día más para el estado y para nuestro bolsillo también.

Yohana dijo:

8

8 de septiembre de 2016

13:36:30


Antes que nada me gustaria que mi comentario sea tomado en cuenta y a su vez sea aclarada mi duda. Mi empresa se encuentra en perfeccionamiento empresarial, el pago a los trabajadores se realiza mensual. Con mes vencido, los dia 15 de cada mes Ahora en septiembre se realiza la nómina del salario correspondiente al período del 1 al 31 de agosto y el pago por resultado correspondiente a ese período. Ya la contabilidad cerró el mes de agosto. Mi pregunta es: CORRESPONDE A APLICAR EL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS PERSONALES A ESA NOMINA. Las gracias anticipadas.

david dijo:

9

8 de septiembre de 2016

15:28:01


Referido al sistema tributario por ingresos personales, el trabajador que mensualmente no llega con su salario a 2500 no tiene que abonarlo pero en el mes que pagan las vacaciones, el salario incorrectamente llega a estar por encima de esa cifra y entonces, se le aplica el 3% o el 5% de tributo? para mi ese "extra salarial" que corresponde al mes siguiente no debe formar parte del impuesto verdad?.