La Gaceta Oficial de la República de Cuba publicó este viernes el Decreto Ley 322, del 31 de julio de 2014, el cual introduce en la Ley General de la Vivienda (Ley 65), una serie de modificaciones y normativas que reestructuran el actual sistema de la vivienda existente en el país.
Directivos del Ministerio de la Construcción (MICONS), del Instituto Nacional de Planificación Física (IPF) y del Instituto Nacional de la Vivienda (INV) realizaron, en conferencia de prensa, aclaraciones y especificaciones sobre los cambios introducidos y las ventajas que estos suponen para la población.
Oris Silvia Fernández Hernández, presidenta del INV, explicó que se trata de un traspaso de las funciones actuales de esta entidad al IPF, al MICONS, al Sistema de Tribunales, al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y a los Organismos de la Administración Central del Estado. Todas las disposiciones entrarán en vigor el próximo cinco de enero del 2015.
Por otra parte, la directiva explicó que será el Ministerio de Justicia el encargado de rectorar el procedimiento para permutas, el cual se desarrollará ante un notario público y con la presencia del representante de la entidad propietaria de la vivienda, sea vinculada o medio básico. Además, los Órganos y Organismos de la Administración Central del Estado y entidades nacionales, van a controlar, declarar, contratar y cesar las viviendas vinculadas y medios básicos que integran su patrimonio. Actualmente este acto se realiza en las direcciones de la vivienda, cuando llega a su término el tiempo establecido de la vivienda vinculada, que hasta la fecha es de 20 años, y con el nuevo Decreto Ley ese tiempo pasa a ser de 15 años.
Será el sistema de la Planificación Física una de las instituciones a la que más funciones se le traspasen, como por ejemplo los trámites relacionados con los procesos constructivos de la población. Estas normativas van encaminadas, sobre todo, al fortalecimiento del ordenamiento territorial y urbanístico en nuestro país, dijo Belkis Serrano Tejerizo, vicepresidenta del IPF.
Asimismo, el Decreto Ley aclara que todas aquellas acciones constructivas que estén encaminadas a conservar la vida útil de las edificaciones no llevarán trámite alguno, así como las que no introduzcan cambios estructurales en los inmuebles.
“Hay también un grupo de gestiones que de oficio, y sin costo alguno, las Direcciones de Planificación Física tendrán que realizar, entre las que se encuentran las autorizaciones de licencias de construcción y otros trámites, como el de la habitabilidad, por ejemplo”, añadió la vicepresidenta del IPF.
Hasta el 5 de enero próximo la población continuará realizando sus trámites en las estructuras y oficinas existentes en los municipios del país, pero a partir de esa fecha serán los funcionarios de planificación física quienes les asistirán.
El Decreto Ley 322, en sus disposiciones finales orienta que las relaciones jurídicas constituidas al amparo de la Ley No. 65, “Ley General de la Vivienda”, del 23 de diciembre de 1998, antes de las modificaciones que por el Decreto Ley 322 se le introducen, conservan su validez.
Diana Rosa Suárez Matías, jefa del Departamento de Trámites a la población por el IPF, explicó que el trámite de cesión y uso de azoteas en el sistema de la vivienda se seguía por el requisito de selección. Ahora, con este nuevo proceso de implementación del Decreto Ley 322, este requisito se elimina.
“Ahora la persona se presentará en las Direcciones Municipales de Planificación Física con su título de propiedad, el sello que se decida lleve el proceso y el dictamen de resistencia que dice si es posible construir en la azotea. El arquitecto de la comunidad continuará haciendo el dictamen de resistencia como se viene efectuando hasta estos momentos. Este es un proceso que no elimina los trámites intermedios y tiene que culminar en la Dirección Provincial de Planificación Física, que es cuando se dicta la Resolución de Aprobación.
“Se establecerá una nueva regulación sobre este tipo de construcciones. Por ejemplo, aquel matrimonio que se constituye tiene la posibilidad que el padre de uno de ellos, le done o ceda el uso de la azotea para que la pareja construya su vivienda de acuerdo con ese núcleo familiar y en correspondencia a las nuevas regulaciones de cantidad metros cuadrados por persona que se van a aprobar”, añadió.
Sobre este tema, Belkis Serrano, vicepresidenta del IPF también explicó que a partir de la puesta en vigor de estas normativas jurídicas, se establece que el tamaño de la vivienda está en correspondencia a dos cuestiones principales. Una está referida a las regulaciones urbanísticas que se establezcan para cada lugar. La otra es la que hace mención a las normas cubanas de construcción, y que posibilita el dimensionamiento de cada local de una vivienda. O sea, ante la voluntad de ampliar un inmueble el mismo se extenderá teniendo en cuenta las regulaciones urbanas y las normas de construcción que establecen el dimensionamiento de cada espacio.
“En el caso de una ampliación o sesión de la azotea para edificar una segunda planta, también se tendrá en cuenta la estructura sobre esa edificación. Hay que verificar el estado técnico constructivo de la vivienda y todo el diseño estructural de esa vivienda que se va a ampliar”, aseguró.
En cuanto a los litigios, Santiago Herrera Linares, director Legal del IPF, dijo que aquellos “que estén relacionados con las reclamaciones de solares yermos, derechos perpetuos de superficie, medidas y linderos, quedarán bajo la responsabilidad de Planificación Física. Si el litigio es entre los propietarios que tienen títulos de notaria o de sentencias judiciales, corresponderá a los tribunales darles una respuesta definitiva. En el caso de las divisiones y permutas obligatorias también pasan a ser competencia de los tribunales. Todo lo relacionado con el paquete constructivo de un hogar, desde el otorgamiento de la licencia hasta el momento en que se declara la casa como habitable, le corresponde al IPF”.
Los funcionarios resaltaron que, con los cambios efectuados, la población va a tener concentrados determinados trámites y servicios de acuerdo con lo que cada organismo le corresponde. Actualmente, hay disposiciones divididas entre INV e IPF. Sin embargo, explicaron que con las nuevas disposiciones se conseguirá que las normas jurídicas sean más integrales y explícitas, así la población verá reducido su tiempo de espera, por trámites que hasta la fecha han sido muy cuestionados.



















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