A finales del mes de mayo o principios de junio del 2016, debido a un evento climático, se cayó el poste eléctrico donde se encuentra la acometida de mi domicilio y como resultado de esto, se desprendió el metro contador. Ese mismo día fue reparada la avería por los compañeros de la Empresa Eléctrica, momento en que desconectaron y volvieron a conectar a este dejando próximo a este el cable del bajante pelado, por no tener en el carro en ese momento.
El día 21 de noviembre del 2016 se personaron en mi domicilio dos inspectores y al no estar le impusieron una multa a mi esposa nombrada Carmen Pimentel Pimentel, manifestándole en el acto que con aquella multa tenían garantizada la estimulación, razón por la que me personé en la sucursal de Guane, donde en varias ocasiones conversé con el administrador, conocido por Piña, quien trataba de buscar una justificación, ya que de quitar la multa sus trabajadores perderían la estimulación, razón por la que presenté una queja en la Fiscalía municipal de Guane, donde se dispuso que se anulara la multa que se le había impuesto a mi esposa, lo que así se hizo.
Cuánta sería mi sorpresa cuando el 3 de febrero del 2017 se me notifica la obligación de pagar un recargo (recargo que venía a mi nombre y no de mi esposa) porque si bien se me había quitado la multa no así el recargo, porque esto estaba introducido en el sistema y la estimulación se había pagado.
Retorno nuevamente a la Fiscalía y en esta me responden que eso le correspondía solucionarlo la Empresa Eléctrica. No entiendo que si se quita la multa porque esta no procede, se mantenga la obligación de pagar un recargo por esta.
Aramis Ramos Roque,
Kilómetro 68, Carretera Luis Lazo, Guanes, Pinar del Río.



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Lisandra Bermudez dijo:
1
2 de junio de 2017
06:37:45
antonio dijo:
2
2 de junio de 2017
07:16:48
carlos)CAAG= dijo:
3
2 de junio de 2017
09:33:38
david dijo:
4
2 de junio de 2017
09:59:19
albert dijo:
5
2 de junio de 2017
17:24:15
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