Al decretarse la unificación monetaria y cambiaria se hace necesario establecer el tratamiento a aplicar a las producciones y servicios cuyos precios minoristas y tarifas técnico-productivas están centralizados en el Ministerio de Finanzas y Precios.
Por esa razón, la Gaceta Oficial No. 71 Extraordinaria, de este 10 de diciembre incluye la RESOLUCIÓN No. 346-2020, que establece los precios y tarifas minoristas en pesos cubanos (CUP) de los siguientes productos y servicios:
- - Precio minorista de los productos alimenticios que se comercializan en toda la red de comercio;
- - Precio minorista de los productos no alimenticios, de los programas especiales;
- - Precio minorista de los servicios de transportación;
- - Precio minorista de los servicios necrológicos;
- - Precio minorista de los servicios de Planificación Física;
- - Precio minorista del almuerzo en seminternados, de la matrícula en círculos infantiles y de la prensa;
- - Precios minoristas en CUP, para los productos de venta en las cadenas de tiendas y establecimientos que prestaban servicios a la población en pesos convertibles;
- - Tarifas postales y telegráficas nacionales e internacionales; Anexo IX Precios minoristas de los cigarros y tabacos;
- - Precios minorista de los Habanos torcidos a mano; y Anexo XI Precios minoristas de las producciones de tabacos mecanizados.




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org dijo:
21
16 de diciembre de 2020
16:23:01
Yelena Reinaldo Ferrer dijo:
22
17 de diciembre de 2020
11:04:28
Darian dijo:
23
17 de diciembre de 2020
13:59:31
Teresita dijo:
24
1 de enero de 2021
23:11:57
Jorgeluiszayas dijo:
25
4 de enero de 2021
10:45:28
Sandro dijo:
26
9 de enero de 2021
19:59:24
Ernesto dijo:
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13 de enero de 2021
21:11:41
Vanessa dijo:
28
9 de febrero de 2021
17:24:05
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