ÓRGANO OFICIAL DEL COMITÉ CENTRAL DEL PARTIDO COMUNISTA DE CUBA
Parte de la nueva estructura del Estado definida en la Constitución requiere de una Ley Electoral que instrumente los mecanismos para la ordenación y garantías de este proceso. Foto: Endrys Correa Vaillant

¿Cuán importante resulta la aprobación hoy de una Ley Electoral? ¿Qué cambios debe incorporar? ¿Qué experiencias positivas de procesos anteriores deben mantenerse? ¿Qué desafíos supone su implementación?...

Entre muchas interrogantes fluyó el diálogo con la doctora Orisell Richards Martínez, profesora de la Facultad de Derecho de la Universidad de La Habana, una joven con más experiencia que años, apenas 33, que insiste en hablar de participación de todos los ciudadanos, porque ese es el camino para llegar a la Ley Electoral o a cualquier otra.

«La actual Constitución, desde su artículo primero, está impregnada de ese espíritu participativo y redimensiona la máxima martiana «con todos y para el bien de todos».

–¿Por qué es necesaria una nueva Ley Electoral?

–En primer lugar, la actual Constitución establece en su Primera Disposición Transitoria que, antes del plazo de seis meses después de entrada en vigor la Carta Magna, la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP) aprueba una nueva Ley Electoral, lo cual implica un mandato de obligatorio cumplimiento, teniendo en cuenta que el propio texto constitucional, en su Artículo 7, dispone la supremacía de la Ley de Leyes.

«Y esa misma Disposición Transitoria alude a la elección de los diputados a la Asamblea Nacional, su Presidente, Vicepresidente y Secretario; el Consejo de Estado, el Presidente y Vicepresidente de la República, los miembros del Consejo Electoral Nacional, los gobernadores y vicegobernadores provinciales, los delegados a las asambleas municipales del Poder Popular, su Presidente y Vicepresidente.

«A ello se adiciona también que parte de la nueva estructura del Estado definida en la Constitución requiere de una Ley Electoral que instrumente los mecanismos para la ordenación y garantías de este proceso.

«Asimismo, resulta necesario hoy incorporar a la norma las experiencias positivas de procesos anteriores, así como perfeccionar, ampliar o simplificar otros procedimientos, de modo que la Ley resultante refleje de manera más coherente nuestra realidad, sin desconocer la complejidad de los procesos electorales».

–De acuerdo con la experiencia electoral cubana, ¿qué no debe cambiar en la Ley?

–La Ley debe mantener, en primer orden, tal como expresa la Constitución en su Artículo 204, que todos los ciudadanos, con capacidad legal para ello, tienen derecho a intervenir en la dirección del Estado, bien directamente o por intermedio de sus representantes elegidos para integrar los órganos del Poder Popular y a participar en elecciones periódicas, plebiscitos y referendos populares, que serán de voto libre, igual, directo y secreto. Cada elector tiene derecho a un solo voto.

«Debería mantener, además, la esencia de las elecciones a nivel municipal, desde la propuesta, nominación y elección de los delegados, así como el voto directo del pueblo. Esta primera etapa es esencialmente democrática, por ser el municipio ese espacio más próximo al elector. Incluso constituye una plataforma inspiradora para el aprendizaje y perfeccionamiento de los procesos electorales.

«Debería mantenerse también, entre otros principios que han sido guía de estos procesos y que han caracterizado a nuestro sistema electoral, la representatividad de hasta el 50 % de los delegados de base en la ANPP».

–¿Cuáles serían algunos de esos procesos que la Ley debería ampliar o simplificar?

–Hay etapas en los procesos electorales, como la toma de posesión de los cargos, por ejemplo, que en ocasiones se tornan un tanto formales, teniendo en cuenta que se han validado con anterioridad, y se alargan innecesariamente. Ello podría requerir una revisión de cara a la nueva legislación.

«Sin embargo, en correspondencia con las pautas constitucionales, que consagran la información y la transparencia como preceptos básicos en la organización y funcionamiento del Estado, existen otros procesos, como los que se desarrollan a través de las comisiones de candidaturas, por ejemplo, que deberán ampliarse, es decir, visibilizarse más.

«Se trata de abundar, desde esta disposición normativa, en cómo se desarrolla la selección de los precandidatos, en base a qué principios, qué mecanismos de control existen para ello, en pos de la selección de las mejores propuestas y la información al pueblo.

«Por otra parte, la Constitución define la permanencia de las estructuras electorales. Y si bien hay principios constitucionales muy claros sobre la organización del Consejo Electoral Nacional a todos los niveles, la Ley debería ampliar otras aristas como la cantidad de miembros, cuántos profesionales, cuál será su contenido de trabajo en el tiempo de receso de las elecciones…

«Debería definir cómo garantizar, de acuerdo con su misión, la confiabilidad, transparencia, celeridad, publicidad, autenticidad e imparcialidad de los procesos de participación democrática, lo cual supone un alto compromiso.

«Y valdría resaltar los beneficios que pueden derivarse del carácter permanente de tales estructuras, desde el punto de vista del control y seguimiento a los procesos, la profesionalización y el fomento de una cultura de participación. 

«Pensemos no solo en la participación electoral, sino en plebiscitos, referendos, consultas populares, según establece la Constitución en su Artículo 80, incluso en procesos inmediatos como el que mandata la Disposición Transitoria Decimoprimera, respecto a la realización, en el plazo de dos años, de la consulta popular y referendo del Proyecto de Código de Familia.

«La Ley también tiene la responsabilidad de desarrollar cómo será la elección y revocación de los órganos electorales; debe definir la cantidad de diputados de la ANPP, en aras de mayor funcionalidad, sin menoscabo a la representatividad del pueblo y la eficacia en el actuar de ese órgano; así como explicitar, por ejemplo, cómo serán las relaciones entre el Registro Electoral, público y permanente, y el Consejo Electoral Nacional.

«De igual modo, existen experiencias prácticas muy positivas que podrían consagrarse en la letra de la nueva normativa, como la participación de supervisores y colaboradores en los procesos electorales, sin obviar los principios para su incorporación, así como su capacitación».

–¿Y después de la Ley?

–Asistiremos a un nuevo escenario que requiere la preparación de todos y la información a nuestro pueblo. Sobrevendrá un proceso para elegir y designar nuevos órganos del Estado, lo que resulta esencial para ordenar y legitimar estas estructuras, así como para la implementación de las principales transformaciones que tienen lugar en el país.

«Las propias disposiciones transitorias de la Constitución, de conjunto con los fundamentos de base del magno texto, resultan una suerte de guía que establece la elección de los principales cargos del Estado y el Gobierno que llegan hasta los gobernadores, vicegobernadores e intendentes».

–Desde la dirección del país se ha insistido en la participación de las universidades y del sector jurídico en el proceso legislativo derivado de la Constitución... ¿Cómo valoras el vínculo en este caso?

–Hoy existen experiencias muy novedosas en el marco de las relaciones investigadores-decisores y eso representa un paso de avance esencial para el perfeccionamiento del sistema jurídico en general. Específicamente en la materia electoral hay resultados investigativos que han servido de referente para algunas modificaciones, lo cual resulta muy significativo en el contexto actual.

«No obstante, si bien la nueva Ley Electoral debe estar en concordancia con la realidad cubana de hoy y con los cambios introducidos en las estructuras del Estado, no podemos hablar, en modo alguno, de un proceso acabado. Las transformaciones que a futuro puedan acontecer, como parte del proceso constante de consolidación democrática de nuestra sociedad, también deberán encontrar cauce jurídico».

Conozca aquí todo lo relacionado con el proceso de reforma constitucional

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Raúl García dijo:

1

13 de junio de 2019

05:51:22


Suscribo lo q bien dice la prof Richards, bien pensado y argumentado. Solo reafirmar, exaltar, resaltar la absoluta necesidad de visibilizar, todo el proceso de las comisiones de candidatura, principañmente, a nivel diputados, representa demasiado este proceso para dejarlo sin la absoluta transparencia que necesita, y por ultimo una candidatura tiene q tener mas candidatos q la nomina a elegir. Es elemental e intrinseco al termino eleccion.

Mario dijo:

2

13 de junio de 2019

07:10:47


Mas q comentario es una pregunta. En esa ley electoral nosotros los de pueblo vamos a elegir directamente en las urnas al presidente?

Teodoro Rodriguez Respondió:


14 de junio de 2019

07:44:41

Pregunta muy interesante la de Mario, efectivamente estio no esta claro todavia, particularmente pienso que hacerlo de esta forma, abriria las puertas a la dicidencia lo que a mediano plazo propiciaria el cambio del sistema lo que considero no es lo que queremos, por tanto, el planteamiento de Mario es correcto y considero que se debe pensar muy bien en ello para dejar claro esta duda.

juan mariño dijo:

3

13 de junio de 2019

08:00:22


Buenos días. Muy interesante la temática, sin embargo considero el artículo muy extenso y la idea central se pierde entre tantas palabras...Podría haberse redactado de una manera más concisa, hacerlo más ameno y que el lector pudiese interiorizar por qué es necesaria una nueva ley electoral.

juan mariño dijo:

4

13 de junio de 2019

08:09:14


Buenos días. Muy interesante la temática pero muy extenso el artículo, demasiadas palabras para expresar la idea central. Podría haberse redactado de manera concisa y amena, permitiendo al lector comprender de manera más fácil por qué es necesaria una nueva ley electoral. Desearía que este comentario fuese tomado de manera constructiva, con el ánimo de mejorar la exposición periodística.

UnKnown dijo:

5

13 de junio de 2019

09:16:28


Me gustaría que en esa nueva ley, yo como ciudadano pudiera votar directamente y sin eslabones intermedios, por representantes de mayor envergadura. Digamos que por el gobernador del municipio o quizás de la provincia.

R PONS Respondió:


13 de junio de 2019

17:21:04

BT: PARECE QUE NO SE HAN LEIDO BIEN LA CONSTITUCION, CON ESTA NUEVA ESO QUE UD. PLANTEA NO ES POSIBLE, LOS GOBERNADORES DE LAS PROVINCIAS Y MUNICIPIOS SON APROBADOS Y PROPUESTOS POR EL PRESIDENTE. CUANDO LO LEI EN EL PROYECTO CONSTITUCIONAL Y EN LA DISCUSION EN MI CENTRO DE TRABAJO PROPUSE QUE PODRIA SER PROPUESTO PERO PARA QUE EN REALIDAD FUERA DEMOCRATICO DEBIA LLEVARSE A VOTACION EN LOS MUNICIPIOS Y PROVINCIAS POR EL PUEBLO. AL FINAL TE RECOMIENDO QUE LEAS LA CONSTITUCION PARA QUE OBSERVES COMO QUEDO APROBADO, AHORA NI LA LEY ELECTORAL PUEDE VARIAR ESTO.... GRACIAS

albon dijo:

6

13 de junio de 2019

10:20:08


Muy buena explicación de la Dra. Richards. Sin embargo OMITE tocar un punto que es preocupación de muchas personas y es que en dicha Ley Electoral debería establecerse que en cada nivel que se vaya a elegir un cargo, se exija que al menos se presenten 2 candidatos. Por ejemplo, mientras el Gobernador de una provincia se elija pero a partir de una sola candidatura propuesta por el Presidente, puede darse por seguro que será elegido aunque haya unas cuantas opiniones negativas. Si son 2 candidatos, seguramente saldrá electo el mejor y el que tendrá más respaldo en su provincia.

Niover Lazaro dijo:

7

13 de junio de 2019

11:04:04


Está bien claro que por propia disposición de la constitución hay que crear una nueva ley electoral, estoy muy de acuerdo que hay que perfeccionar las comisiones de candidaturas, por ejemplo a nivel de asambleas municipales, pienso que después de escuchado el parecer de todos sus delegados, y por supuesto contabilizar sus opiniones es que debería salir la propuesta para presidente y vicepresidente de este órgano y no llevar una propuesta de antemano, de otra forma habría que llenar las boletas con todos los delegados y que estos de forma secreta como siempre se ha hecho elijan a quienes quieran que los represente, es mi modesta opinión sobre el tema. Niover Lazaro.

francisco fernandez moreno Respondió:


13 de junio de 2019

14:40:25

Incluso, como se hace para elegir Senadores en España, aparezcan todos los candidatos nacionales asamblea, por provincias/municipios y los ciudadanos señalen los que desean sean sus representantes, listas abiertas.

miguel dijo:

8

13 de junio de 2019

16:34:37


Saludos,respecto a la ley electoral pienso que es necesario su ajuste como se afirma a la nueva realidad cubana que refleja la nueva constitucion recientemente aprobada y como ley socialista debera tener el enfasis en que los representantes del pueblo sean los de mayores meritos y liderazgo en cada lugar,por lo que considero que mientras mayor sea su responsabilidad mas divulgacion y conocimiento se debe propiciar atravez de mecanismos que se implementen en leyes como esta;asi como de las caracteristicas de los propuestos para que cada compañero que se elija no admita cuestionamiento por parte de la masa .Tambien creo que debera de alguna manera trabajarse en el procedimiento de trabajo de las mesas electorales a fin de que sea comodo para los integrantes de esta hacerlo ,pues, actualmente resulta demasiado denso y complejo el computo de la gran cantidad de datos a procesar y contabilizar que exijen ,casi ,convertise en un especialista contable lo que demanda captar para la mesa a personas con un nivel alto educacional en aras de que la informacion sea coherente y coincidan los datos que tiene el organo superior con los que emiten los que estan en la base;por lo que si se logra una metodologia mas sencilla de esta actividad se garantizaria que el trabajo de la mesa fuera mas rapido y exacto y no demandaria enfrascarse en mecanismos de calculo de cifras del proceso que no estan a tono con la celeridad y la necesidad de una plena liberacion de errores al realizar estos ;todo en aras de mayor calidad en el resultado final que es lograr que salga el candidato que tiene los votos exigidos en la ley. Miguel

olegario dijo:

9

14 de junio de 2019

10:59:47


Sigo insistiendo aunque el moderador por iniciativa o por indicaciones no me publique. Si queremos un cambio efectivo en la ley electoral los diputados de base tienen que ser más del 50% porque eso de "hasta" un 50% no garantiza verdaderamente una representacion popular. Un parlamento lleno de ministos, secretarios del partido de las provincias, directivos de entidades nacionales y artistas y figurantes nunca van a actuar pensando en su electores, el hombre piensa como vive y cuando no se cogen guaguas, se hacen colas y se tiene problemas para acceder a servicios elementales por la burocracia existente, entonces no se legisla igual. Disculpe uste moderador pero esta es mi opinio como cubano revolucionario y comprometido desde hace mas de 50 años con la patria.

Carlos Medina dijo:

10

14 de junio de 2019

14:04:29


La ley electoral debería ser consultada con la población y llevarse a referendum. Es muy importante que el ciudadano sienta que está eligiendo entre varias alternativas y no votar por una lista hecha por una comisión. Que bueno sería que, por ejemplo el presidente y otros importantes funcionarios, pudieran ser elegidos por el pueblo dentro de una alternativa de 2 o 3 nombres. Otro tema es el número y composición de la Asamblea Nacional, 600 son muchos. Si el 50% son propuestos y elegidos de importantes cargos, (ministros por ejemplo) entonces ellos son jueces y partes, eso no es bueno. Recuerdo que Telesur decía "Xpaís decide" en el caso de Cuba decía "Cuba vota". Debemos lograr que el pueblo sienta que está decidiendo entre varias alternativas, dentro de los marcos de la revolución.

MARIO ALBERTO dijo:

11

14 de junio de 2019

14:45:50


En el artículo se expresa que se deberá mantener la participación del pueblo en la elección de sus candidatos. Se plantea explícitamente que "...esta primera etapa es esencialmente democrática...", refiriéndose a las elecciones de candidatos a nivel de barrio o sea propuesta, nominación y elección de los delegados, así como el voto directo del pueblo. ¿La nueva ley electoral ampliará el carácter democrático de las elecciones a la elección directa del Presidente de la nación? ¿Existe alguna explicación de por qué no tenemos en Cuba elección del Presidente de la nación por voto popular, directo y secreto, como hacemos para los candidatos de barrio? ¿No haría eso más democráticas nuestras elecciones a todos los niveles? 

Pedro sanchez dijo:

12

17 de junio de 2019

08:54:59


Me pregunto, la nueva ley electoral dará posibilidad Real al pueblo de elegir a la máxima dirección del pais o seguiremos sin poder elegir a nadie importante....esa es la principal causa de apatía popular....