ÓRGANO OFICIAL DEL COMITÉ CENTRAL DEL PARTIDO COMUNISTA DE CUBA
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En Camagüey se trabaja en la elaboración de la estrategia de desarrollo municipal, documento que ­esperan tener listo para febrero del 2019, cuando se conmemore el aniversario 505 de la Villa. Foto: del autor

Amplio espacio en el Proyecto de Constitución de la República, sometido a consulta popular, ocupa la estructura que se propone tenga el Estado y su organización territorial, como manera de «blindar» al sistema político cubano para garantizar la perdurabilidad de la Revolución.

Transmutado en constituyentista, al decir del profesor universitario Jorge Veranes Salinas, el pueblo asiste por estos días al debate sobre la propuesta de la nueva Carta Magna, persuadido de su responsabilidad ante los destinos de la Patria y de la necesidad de aportar ideas que hagan «más socialista al socialismo cubano».

Hasta mediados de septiembre, a un mes de iniciado el proceso de intercambio popular sobre el contenido del documento, se habían efectuado en tierra camagüeyana 1 944 reuniones en centros laborales, cooperativas campesinas, universidades, escuelas y comunidades, con una asistencia de 173 829 personas.

«Ello es una muestra más que elocuente, aseguró Veranes Salinas, del carácter genuinamente democrático de la sociedad cubana, en la que todos tienen derecho a opinar, disentir, expresar sus dudas e inquietudes, con el propósito de atemperar la Constitución a la realidad de los tiempos actuales».

Ese ambiente participativo y de compromiso patrio prevaleció igualmente entre los profesores de la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad de Camagüey Ignacio Agramonte Loynaz, quienes acudieron al debate marcados por el interés de sentirse protagonistas de un momento peculiar en la historia del país.

«El documento que tenemos en las manos, expresó el profesor de Filosofía Jorge Luis Varona López, es objetivo, científico, inteligente y estratégico, por lo que debemos pensar bien en los cambios que queremos hacer. Esta consulta popular nos da la posibilidad de perfeccionar cada una de sus líneas».

A tono con esa idea, varios de los participantes coincidieron al afirmar que la estructura que se propone para el Estado a todas las instancias busca fomentar una cultura de dirección colectiva y de contacto permanente y fluido con el pueblo, además de vigorizar los mecanismos de control popular y de participación ciudadana.

AL MUNICIPIO, TODA LA AUTONOMÍA POSIBLE

Aunque algunos han expresado sus dudas sobre el alcance real de la autonomía de que gozarán los municipios, como «unidad política primaria y fundamental de la organización nacional», todas las opiniones hasta ahora recogidas concuerdan en que resulta vital fortalecer ese importante eslabón en la gestión de gobierno.

En declaraciones exclusivas a Granma, Lissette Bouza Cabrera, presidenta de la Asamblea Municipal del Poder Popular en Camagüey, explicó que a las autoridades locales se les ha otorgado en los últimos tiempos un grupo de facultades, pero estas serían mucho mayores de aprobarse el Proyecto de Constitución.

«Esas prerrogativas para decidir sobre los recursos, puntualizó, facilitarán la implementación de acciones dirigidas a solucionar muchos de los problemas de la localidad. Son fortalezas que tendremos, pero también generarán un gran compromiso y para enfrentarlo los cuadros debemos estar bien preparados».

Mencionó, a modo de ejemplo, la facultad que tienen los consejos de administración municipales para definir el destino que se le dará al financiamiento proveniente de la contribución de las empresas al desarrollo local, cuyo monto ha permitido asumir la reparación capital de escuelas, consultorios y otras obras sociales.

Una oportunidad que es preciso aprovechar mejor está relacionada con los proyectos de iniciativa de desarrollo local, sustentados en un esquema de autofinanciamiento, a través de los cuales se generan ingresos que se destinan a programas de interés social y a dar respuesta a planteamientos de la población.

«Hay otros territorios del país, reconoció Lissette, que han avanzado más. Es una opción que pretendemos estimular con el asesoramiento de especialistas de la Universidad, pues está probada su valía en la gestión de recursos materiales y financieros para enfrentar mejoras en la calidad de vida del pueblo».

Al respecto, informó la Presidenta del órgano de gobierno que se trabaja en la elaboración de la estrategia de desarrollo municipal, documento que esperan tener listo para febrero del 2019, cuando se conmemore el aniversario 505 de la fundación de la otrora Villa de Santa María del Puerto del Príncipe.

DISTRITOS: UNOS QUE SÍ Y OTROS QUE NO

Sobre la base de la experiencia del municipio de Camagüey, junto al de Santiago de Cuba, únicos territorios que han instaurado los distritos administrativos, las opiniones se dividen entre quienes apuestan por eliminar esa estructura y aquellos que se pronuncian por fortalecerla para que cumpla realmente su cometido.

A tenor de tales criterios, el profesor de Marxismo Yoan Polanco propuso eliminar el párrafo 558 dentro del Título VII: Organización territorial del Estado, del Proyecto de Constitución, que establece la posibilidad de que en los municipios puedan organizarse distritos administrativos, de acuerdo con la ley.

Argumentos similares refieren que tal estructura de gobierno ha multiplicado el aparato burocrático en la ciudad cabecera provincial, pues prácticamente todas las entidades municipales han asumido su representación distrital, buena parte sin poder de decisión ni recursos para enfrentar los problemas.

Bouza Cabrera opinó, sin embargo, que los distritos deben mantenerse, sobre todo en las capitales provinciales, siempre y cuando cuenten con una estructura que sea funcional, pues la actual no permite un desempeño adecuado.

«Ello requiere igualmente, añadió, de la percepción de los directores municipales a la hora de otorgarles a sus dependencias distritales no solo responsabilidades, sino también capacidad resolutiva para dar respuesta eficaz y oportuna a los asuntos que les competen de acuerdo con sus funciones.

«De lo contrario, concluyó, el distrito seguirá siendo una estructura intermedia que lejos de ayudar, lo que haría es frenar, y el objetivo es que contribuya, a partir de una gestión eficiente, a destrabar y dinamizar la solución de las problemáticas presentes hoy en nuestros barrios y comunidades».

Con criterios a favor y en contra, en este y en otros muchos temas, como debe ocurrir en todo buen debate, lo mejor que deja el proceso de análisis en curso es la necesidad de lograr una estructura coherente en las formas de gobierno que se erija puntal en la construcción de un socialismo próspero y sostenible.

DEL PROYECTO

ARTÍCULO 163. El municipio es la sociedad local, organizada por la ley, que constituye la unidad política primaria y fundamental de la organización nacional; goza de autonomía y personalidad jurídica, propias a todos los efectos legales, con una extensión territorial determinada por necesarias relaciones de vecindad, económicas y sociales de su población e intereses de la nación, con el propósito de lograr la satisfacción de las necesidades locales. Cuenta con ingresos propios y las asignaciones que recibe del Gobierno de la República, en función del progreso económico, el desarrollo social de su territorio y otros fines del Estado, bajo la dirección de una Asamblea del Poder Popular y su Consejo de la Administración.

ARTÍCULO 164. La autonomía del municipio comprende la elección de sus autoridades, la facultad para decidir sobre la utilización de sus recursos y el ejercicio de las competencias que le corresponden, con arreglo a la Constitución y a las leyes. La autonomía se ejerce de conformidad con los principios de solidaridad, coordinación y colaboración con el resto de los territorios del país, y sin detrimento de los intereses superiores de la nación.

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Gutiérrez dijo:

1

27 de septiembre de 2018

23:07:50


La corrupción en entidades del Estado están haciendo estéril todo esfuerzo.

Amanda dijo:

2

28 de septiembre de 2018

08:06:05


En el municipio de Camagüey los distritos político-administrativos (son 4) no contribuyen al mejor funcionamiento de la ciudad capital, al contrario: incrementan los trámites, la burocracia, el papeleo estéril, las reuniones y, por supuesto, la cantidad de locales y vehículos en función de sus estructuras, todo multiplicado por cuatro.

Orestes Oviedo dijo:

3

28 de septiembre de 2018

09:13:46


Muy interesante la información, pero seria muy importante conocer las adiciones,y modificacion introducidas por el dueño de los medios fundamentales de producció hasta el presente, coorrobrando la frase.EL PODER DEL PUEBLO ESE SI ES PODER. SALUDOS oVIEDO

Ernesto dijo:

4

28 de septiembre de 2018

10:13:25


Considero de muy vital importancia, que la gestión de gobierno municipal, como unidad política primaria y fundamental de la organización nacional» tenga la mayor transparencia social, que pueda ser auditable y verificable permanentemente por la población, no solamente a través de controles de la Contraloría General de la República, sino que la gestión de gobierno de cada municipio sea expuesta y pública, aprovechando herramientas de fiscalización la política de informatización de la sociedad y el gobierno elctrónico, en otras palabras, que el ciudadano pueda acceder a la información de cualquier tipo, desde financiero-contable hasta de los planes de desarrollo que prevea el gobierno municipal. Esta pudiera ser una de las maneras de lucha social contra la corrupción, tráfico de influencias, abuso de poder, etc., etc. que pudieran surgir y desarrollarse durante la gestión de gobierno municipal (que es el caso que nos acupa) Por otro lado, durante la elaboración de los planes de desarrollo nacional, el gobierno municipal debería tener todo el derecho de participar y interactuar con el gobierno central del país y no solamente participar y intercatuar como elemento pasivo, sino que se tengan en cuenta sus criterios de desarrollo local a la hora de elaborar el plan nacional de desarrollo. Asi mismo, pienso que el gobierno municipal deba tener las prerrogativas, para sancionar las actividades de empresas de subordinación extramunicipal y si dichas actividades no se corresponden con lo planificado o no se ejecuten en los plazos fijados y con la calidad requerida ni con las exigencias de protección de la salud de la población y del medio ambiente, dicho gobierno municipal pueda tomar la medida sancionadora que rectifique la distorsión previa comunicación al ministerio pertinente al cual se subordine dicha empresa. Por supuesto, que para realizar todo esto deberá preverse un preparación intensa del núcleo de dirección administrativa del municipio, y de la intendencia específicamente y debería pensarse incluso en cuadros políticos y delegados profesionles, que se dediquen a tiempo completo a la actividad política del municipio.

llp dijo:

5

28 de septiembre de 2018

12:38:51


ARTÍCULO 171 573. Para ser Gobernador Provincial se requiere residir en la provincia por más de cinco años antes ser elegido. 590. Que medios va utilizar los gobiernos provinciales para publicar sus acuerdos. La prensa, páginas web. Crear un medio oficial similar a la Gaceta Oficial de la República, pero para la provincia. 597. ARTÍCULO 177. Tiene gran sentido la eliminación de las Asambleas Provinciales del Poder Popular, si realmente se busca autonomía en los municipios, de esta forma, con estos cuadros excedentes se puede fortalecer los municipios y acercar a la base los “delegados provinciales”. Ya la majestuosidad de las oficinas Poder Popular Provincial y su infraestructura no se requiere en su totalidad (más para el municipio). Las estructuras e infraestructura de los Comités Provinciales del PCC son más grande y activa que las del Poder Popular. El nombre que se le dé en la provincia al consejo y sus miembros, no es lo fundamental, lo de interés es su labor. Pero para aquellos resistentes al cambio se le puede buscar denominaciones intermedias, entre lo vigente y lo nuevo. Ejemplo el Gobernador (Vice) se puede mantener como Presidente y vicepresidente, pero del Consejo de Gobernación Provincial. El Consejo de Gobernación Provincial es presidido por el Presidente e integrado por derecho propio, por él y el vicepresidente, los presidentes de las asambleas municipales (o locales) del Poder Popular correspondientes a la provincia, los intendentes municipales. Y no creo necesarios demás miembros que determine la ley. Es posible que esos otros sean necesarios, pero no como miembros con voz y voto dentro del Consejo de Gobernación Provincial, quizás con voz, pero no voto, porque esos otros serían los ejecutores o algún tipo de controladores que deben implementar los acuerdos del Consejo de Gobernación Provincial. Algo así como una Junta Consultiva (Integrada por las Direcciones provinciales de: Educación, Salud, Planificación Física, etc. y las empresas u organismos de subordinación provincial) No obstante, queda la interrogante. Con la independencia relativa de los municipios, que subordinación tendrá de las Direcciones provinciales. ARTÍCULO 187 641. Los consejos populares se deben apoyar en las iniciativas y amplia participación de la población, en estrecha coordinación con las organizaciones de masas y sociales de las circunscripciones del Consejo. Cada circunscripción debe contar con un Consejo Comunal (de vecinos) que ayude a pensar, decidir y proponer al presidente de los Consejos Populares. Algo así como una Junta Consultiva a este nivel. ARTÍCULO 195. 670. Como la AMPP puede velar porque se mantenga un adecuado nivel de información a la población sobre las decisiones de interés general que se adoptan por los órganos del Poder Popular. Que medios va utilizar los gobiernos provinciales para publicar sus acuerdos. La prensa, páginas web. Publicar en el medio provincial. En los gobiernos municipales (y también los provinciales) hay personas en los cargos que son vitalicios. Que también deben ser elegibles y renovados, con un periodo en el cargo de dos ciclos (desde ya). Ejemplo los Vice presidentes (de la economía global, de la distribución, de la defensa, de la construcción, etc.). Además creo que se debe revisar la permanencia de los Directores Municipales (de Educación, Salud, Transporte, etc.). Mientras los presidentes, vicepresidentes y secretarios de las AMPP son renovados los demás siguen disfrutando de su mal trabajo y de sus facilidades que le otorga el cargo vitaliciamente porque ya se consideran eternamente intocables.

Juan P dijo:

6

13 de noviembre de 2018

12:23:01


Por que quitan el derecho a las playas? Donde debatiremos este tema? Quien defendera mis derechos, pues en la actual esta y no escampan las criticas sobre todo en los cayos y varadero... El derecho a las playas y la Constitución Si en 1976 los cubanos más justos y lúcidos de entonces, impidieron la discriminación de acceso a las playas motivados contra la segregación racial por la influencia de los Estados Unidos sobre la oligarquía capitalista cubana, estaríamos nosotros en el 2018 sembrando esa discriminación en lo económico, pues a los que no poseen el dinero para disfrutar de un hotel ni siquiera les quedaría la posibilidad de bañarse en la playa ni cuando vivan en sus cercanías.

José Luis Amador dijo:

7

22 de noviembre de 2018

14:52:28


Por favor, recordar en todos estos criterios, los tópicos del mantenimiento, que están haciendo daño hoy en día en el azúcar, la pesca, en la industria láctea, en la industria harinera y siempre han hecho mucho daño en el transporte que afectan a los omnibus, empresas de servicios, ferrocarril, a la salud : hablaba hoy con una compañera en el hospital las dificultades que pasó con su hermano para poder trasladarlo por falta de ambulancias. Recordar que el mantenimiento deben hacerlo personas conocedoras, las que tenemos, que estudiaron en el país. No hay que buscarlas fuera y sin ninguna compañía extranjera! De qué valen las inversiones si no duran lo que tienen que durar?

José Luis Amador dijo:

8

22 de noviembre de 2018

14:55:29


Reiteramos que como por supuesto, se está tratando en este mismo momento de una Constitución para nuestro país Socialista, la misma debe considerar que la inmensa mayoría de los medios de producción fundamentales están en manos estatales, por lo que se hace preciso obligar que los mismos deben ser cuidados y preservados de forma priorizada por todos los directivos de todas las Empresas Estatales de Producción y de Servicios existentes. Es obvio que si se tratara de una Constitución de un país capitalista esto que vamos a plantear no sería necesario. Cambios que se proponen: 51. ARTÍCULO 13. El Estado tiene como fines esenciales los siguien¬tes: 56. e) promover un desarrollo sosteni¬ble que asegure la prosperidad in¬dividual y colectiva, y trabajar por alcanzar mayores niveles de equi¬dad y justicia social, así como preser¬var y multiplicar los logros alcanza¬dos por la Revolución (teniendo en cuenta también las opiniones de asesorías técnico-económicas, ministeriales y provinciales, que pudieran establecerse nacional y provincialmente) 67. ARTICULO 16. 72. e) promueve la protección y conser¬vación del medio ambiente y el en¬frentamiento al cambio climático, que amenaza la sobrevivencia de la especie humana, sobre la base del reconocimiento de responsabilida-des comunes, pero diferenciadas; el establecimiento de un orden eco¬nómico internacional más justo y equitativo y la erradicación de los patrones irracionales de producción y consumo (añadir: incluyendo a nuestro país también). 228. ARTÍCULO 87. Todas las personas tienen derecho al agua, con la debi¬da retribución y uso racional (debe sustituirse por: … con el debido y uso racional a través de su cobro con hidrómetros). 229. El Estado trabaja para garantizar (incluir: priorizadamente) el acceso al agua potable y su sa¬neamiento (incluyendo: el mantenimiento preventivo planificado de los equipos de bombeo así como del buen uso y de la optimización a través de leyes y normas actualizadas en una sola moneda acerca de los recursos materiales y de los recursos energéticos necesarios para poder bombear y potabilizar el agua), en correspondencia con el desarrollo económico y social al¬canzado.” 235. ARTÍCULO 91. El ejercicio de los derechos y libertades previstos en esta Constitución implican respon-sabilidades. Son deberes de los ciu¬dadanos cubanos (incluir: y sobre todo de los funcionarios de todos los centros de producción y de servicios), además de los otros establecidos en esta Constitu¬ción y las leyes: 242. g) Que debe constituir una prioridad nacional a través de todos nuestros ministerios conservar y proteger los bienes y recursos que el Estado y la sociedad ponen al servicio de todo el pueblo (y pienso que debe añadirse: y deben hacerse de inmediato todas las leyes que sean necesarias para lograrlo, incluyendo las leyes y las normas que optimicen adecuadamente el empleo de los recursos energéticos en todas las esferas de la producción y de los servicios); 246. ARTÍCULO 92. El ciudadano cu¬bano tiene derecho a participar en la conformación, ejercicio y control del poder del Estado, en razón a esto puede, de conformidad con la Constitución y las leyes: 253. g) ejercer la iniciativa legislativa (incluyendo: proponiendo leyes que cuiden y optimicen el empleo de manera sistemática y organizada también a todos nuestros medios de producción y de servicios) y de reforma de la Constitución; (que es precisamente lo que estamos haciendo en este momento) 447. ARTÍCULO 132. Corresponde al Consejo de Ministros: 448. a) velar por el cumplimiento de la Constitución y las leyes (debe modificarse por: velar por el cumplimiento de la Constitución y por el cumplimiento de las leyes y normas necesarias para proteger los bienes y el uso de los recursos de todo tipo que sean propiedad de la nación); 449. b) organizar y dirigir la ejecución de las actividades políticas, económicas, culturales, científicas, sociales y de la defensa acordadas por la Asamblea Nacional del Poder Popular (debe incluirse en vez de económicas “las técnico-económicas”). 450. c) proponer los objetivos generales y metas para la elaboración de los planes anuales y los de desarrollo económico-social del Estado (deberá incluirse: y las leyes que garanticen priorizadamente nuestros medios de producción y servicios), a me¬diano y largo plazos y, una vez apro¬bados por la Asamblea Nacional del Poder Popular, organizar, dirigir y controlar su ejecución (incluyendo además: así como la priorización de fondos para la confección de los planes anuales de los aseguramientos de las empresas de producción y servicios para poder hacerle frente a las roturas con eficiencia, así como garantizar esos fondos anualmente) 482. ARTÍCULO 139. Corresponde al Primer Ministro: 489. g) ejercer el control sobre la labor de los jefes de los organismos de la Administración Central del Estado (añadir: incluyendo y haciendo hincapié en las tareas tecnológicas con asesores conocedores a nivel ministerial y de experiencia probada en las ramas técnicas y económicas) 490. h) impartir instrucciones a los go¬bernadores provinciales (incluyendo también: impartir instrucciones sobre las tareas tecnológicas con asesores a nivel provincial conocedores y con experiencia en las ramas técnicas y económicas) 549. ARTÍCULO 157. La Contraloría General de la República es el órga¬no del Estado que tiene como mi-sión fundamental el control supe¬rior sobre la gestión administrativa y velar por la correcta y transparen¬te administración de los fondos pú¬blicos (proponemos que debía ser cambiada por: La Contraloría General de la República es el órga¬no del Estado que tiene como mi¬sión fundamental el control supe¬rior sobre la gestión administrativa, tecnológica y del control óptimo de todos los recursos de todos los centros de producción y de servicios y velar por la correcta y transparen¬te administración de los fondos pú¬blicos). 550. La ley regula las demás funciones y aspectos relativos a su actuación (debe agregarse algo igual o equivalente a lo siguiente: y que es necesario que esta ley tenga en cuenta que deben existir plazas para contralores directos conocedores de las tareas tecnológicas y del Mantenimiento-Tecnológico de las ramas mecánica, eléctrica y civil). 624. ARTÍCULO 186. Corresponde a la Asamblea Municipal del Poder Popular: 633. i) controlar, en lo que le concierne y conforme a lo establecido por el Consejo de Ministros o el Gobierno Provincial, la organización, funcio¬namiento y tareas de las entidades encargadas de realizar las activida¬des económicas (debe ponerse técnico-económicas, incluyendo además: el mantenimiento preventivo planificado, que cuide todos los medios de producción y de servicios, así como todos los índices de recursos energéticos y de todo tipo, de todos los centros de producción y servicios, de salud, asistenciales, de prevención y atención social, cien¬tíficas, educacionales, culturales, recreativas, deportivas y de protec¬ción del medio ambiente en el mu¬nicipio;), 638. n) coadyuvar, de conformidad con lo previsto en la ley, a la ejecución de las políticas del Estado en su de¬marcación, así como al desarrollo de las actividades de producción y servicios (incluyendo: contribuir también con la ejecución correcta del mantenimiento preventivo planificado y la optimización y ahorro de todos sus recursos energéticos y de todo tipo) de las entidades radicadas en su territorio que no les estén su¬bordinadas; 663. ARTÍCULO 194. El Consejo Popu¬lar representa a la población de la demarcación donde actúa y a la vez a la Asamblea Municipal del Poder Popular. Ejerce el control sobre las entidades de producción y servicios de incidencia local, y trabaja activa¬mente para la satisfacción de las ne¬cesidades de la economía, de salud, asistenciales, educacionales, cultu¬rales, deportivas y recreativas así como en las tareas de prevención y atención social (debe incluirse: velar por el mantenimiento preventivo planificado de esas entidades, así como la optimización y ahorro de todos sus los recursos energéticos y de todo tipo), promoviendo la mayor participación de la pobla¬ción y las iniciativas locales para su consecución. Notas adicionales: Aunque no somos economistas, hemos observado durante hace ya unos 28 años atrás que es necesario restablecer en nuestro país lo más urgentemente posible, y en este mismo orden: 1ero.- La eliminación de la doble moneda (como existe y ha existido siempre en todos los países del Mundo desarrollados y sub-desarrollados). 2do.- Regular los precios de todos los productos y servicios (a no más de un 30 % de ganancia, como existe en la mayoría de los países de América Latina y de todo el Mundo). Esta segunda medida, que pienso que debe ser urgente, traería el restablecimiento del estímulo al trabajo de los obreros ocupacionales, de los obreros calificados, de los técnicos medios y de los profesionales todos, lo que es absolutamente necesario para que la Economía funcione. Teniendo muy en cuenta siempre el Lineamiento 116, el cual trata fundamentalmente de erradicar la espontaneidad, la improvisación y la superficialidad, estimo que deben modificarse o crearse urgentemente, al calor de las obligatoriedades que proponemos: 1.- Todas las leyes y las normas necesarias (en una sola moneda y con precios actualizados) que exijan y garanticen la optimización de los índices de consumo en todos los procesos productivos y de servicio, del agua, combustible, energía y de todo otro tipo de recursos empleados en dichos procesos (tiene un lineamiento) y con el objetivo también de lograr la ansiada eficiencia (esto tiene referencia en 32 lineamientos). 2.- Todas las leyes y normas necesarias (en una sola moneda y con precios actualizados) para exigir y normar el Mantenimiento Tecnológico Preventivo en todas las ramas de la producción, de los servicios, del transporte, de la educación, de la salud, de los acueductos y de la generación de energía eléctrica, todo para garantizar el cuidado específico y la durabilidad de todos los equipos mecánico-eléctricos adquiridos por nuestro pueblo (comentado en 26 lineamientos). 3.- Todas las leyes y normas necesarias (en una sola moneda y con precios actualizados) para lograr el óptimo aprovechamiento de todas nuestras posibilidades reales de inversiones en las Fuentes Renovables de Energía para obtener energía hidroeléctrica en nuestras presas o embalses de agua (actualmente muy desaprovechados), del tipo eólico, fotovoltaico y de otros tipos (tiene referencia en 2 lineamientos). 4.- Plazas de personal técnico experimentado en la Contraloría del país (o en sistemas de control paralelos de otro tipo) que tengan que ver con el chequeo riguroso de los Índices de Consumo, de la aplicación real del Mantenimiento Tecnológico Preventivo y con el cumplimiento técnico-económico de las Variantes Económicas Óptimas que hay que seleccionar antes de la compra o ejecución de las Inversiones. MsC. Ing. José Luis Amador Vilariño e-mail: jlamador48@nauta.cu Telf. 32-297339 Dirección: San José No. 741, Camagüey