El pasado 31 de mayo fue publicada la carta enviada
por el compañero Raúl Valera López, titulada
Opinión de alguien que lo sufre,
donde se denuncia la demora y maltrato recibido ante la
solicitud de un servicio solicitado al Arquitecto de la Comunidad de
Arroyo Naranjo.
En el análisis del caso se detectaron violaciones de
los procedimientos por parte de la arquitecta desde el inicio de la
solicitud del servicio que debió brindar, las cuales exponemos:
*No pactó el servicio como está establecido en el
procedimiento de contratación de los servicios, escrito y de
conocimiento de todos los trabajadores de la entidad, debiendo darle
al cliente su número de radicación tal como lo exige el Registro de
clientes, control automatizado por el cual se controla el término
del servicio hasta su conclusión.
*Se violó el procedimiento de cobros de los
servicios, también de conocimiento de todos los trabajadores, al
efectuar el cobro del servicio y no darle el comprobante al cliente;
efectuándose por tanto una retención del efectivo que no fue
depositado en tiempo y violentando los controles económicos
establecidos al respecto.
*No cumplió los compromisos con el cliente en la
ejecución del servicio de forma reiterada, y en ninguno de los casos
le comunicó al cliente por qué no podía cumplir con lo pactado por
ambos, incluso con posterioridad no le fue informado las razones de
por qué no cumplió; su mal trato generó molestias al cliente.
Se realizó el análisis con el colectivo de
trabajadores de Arroyo Naranjo, con la presencia del Vicepresidente
del Gobierno Municipal que atiende el Sistema de la Vivienda,
identificándose como el punto neurálgico a resolver por todos los
trabajadores, el tema del mejoramiento a la atención a la población.
El colectivo fue receptivo y combativo ante la indisciplina.
En entrevista realizada a la ingeniera no presentó
ningún argumento que justificara su proceder ni pudiera tenerse en
cuenta para el esclarecimiento del actuar negligente y violatorio,
por lo que la Comisión de Cuadros de la entidad adoptó la medida
disciplinaria de Separación definitiva de la entidad.
Con respecto al tema de la atención a la población,
días antes se estableció la indicación no. 2 de 2013, referida a
medidas que se adoptarán por las violaciones que se cometan en el
sistema de contratación aprobado, y del registro, control y atención
a los casos; igualmente se indicó realizar en todos los colectivos
de trabajadores la valoración de este artículo junto a la decisión
adoptada por la entidad provincial con la trabajadora, para prevenir
que hechos como estos se repitan; dejando apercibidos a todos de no
cometer las violaciones que en este penoso caso la compañera realizó
de forma negligente, lo cual trajo como consecuencia que afectara no
sólo su prestigio sino el de todos los trabajadores de la entidad
del arquitecto de la comunidad Provincial y sobre todo causó al
cliente perjuicios con respecto a un trámite personal, de manera
injustificada.
Por nuestra parte ofrecerle una vez más nuestras
disculpas a Raúl Valera López y reiterarle que hechos lamentables
como este no deben, ni pueden suceder con nuestros clientes, de
ocurrir los mismos siempre recibirán una respuesta enérgica por
parte de nuestra Dirección.
Lic. Aurora Plutín Torres
Directora Arquitectos de la Comunidad
Dirección Provincial de la Vivienda
La Habana