Publicada el 18 de noviembre de 2011

Respuesta de la Directora de Notarías y Registros Civiles

En relación con la queja publicada en dicha sección el pasado 9 de septiembre titulada, "Así no habrá capacidad de respuesta", le informamos lo siguiente:

Hemos podido determinar que existió negligencia en el actuar de los funcionarios del departamento de Notarías y Registros Civiles de la Dirección Provincial de Justicia de Camagüey subordinada al Consejo de la Administración de ese territorio, que acumuló indebidamente determinado número de documentos para su remisión al Registro de Actos de Última Voluntad y de Declaratoria de Herederos incumpliendo el término legal establecido para ello, que es de setenta y dos horas, contado a partir de su autorización. Corresponde al Órgano Local del Poder Popular de la provincia de Camagüey, exigir a la citada Dirección Provincial de Justicia, el inicio del proceso disciplinario a los funcionarios de dicho departamento, con el objetivo de depurar la responsabilidad administrativa y adoptar las medidas que entienda pertinente.

Por su parte el Registro de Actos de Última Voluntad y de Declaratoria de Herederos, directamente subordinado a este Ministerio de Justicia, también incumplió los plazos previstos en el Decreto-Ley No. 117/1989, para la práctica de la inscripción de los documentos y su remisión al notario, que es de setenta y dos horas siguientes a su recibo, aumentando considerablemente la demora inicial; en virtud de lo cual se ha instruido proceso disciplinario para determinar la responsabilidad individual en este hecho.

Debemos significar que el objeto y misión del Registro de Actos de Última Voluntad y de Declaratoria de Herederos, no trasciende a los actos de trasmisión de la propiedad de viviendas y vehículos de motor, entre particulares vivos.

Olga Lidia Pérez Díaz
Directora de Notarías y Registros Civiles
Ministerio de Justicia

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