— El antiterrorista cubano Ramón Labañino fue transferido de una
prisión en Texas a la cárcel federal de McCreary en Kentucky, como
parte de un supuesto reordenamiento de los reos del reclusorio
tejano, informó una organización que exige su excarcelación.
A Labañino, uno de los cinco cubanos presos en
cárceles de Estados Unidos por informar a su país sobre planes de
acciones terroristas organizados desde la Florida, las autoridades
norteamericanas le impidieron ver en los dos últimos años a su
esposa y tres hijas, a quienes no les otorgaron o demoraron las
visas.
Según un comunicado del Comité Nacional por la
Liberación de los Cinco, la hija mayor, Ailí, recibió una visa en
enero último, pero cuando llegó a la prisión de Beaumont, en Texas,
no pudo encontrarse con su padre pues fue decretado un "lockdown"
(incomunicación aplicada a todos los prisioneros).
Desde el 12 de septiembre de 1998, Labañino,
Fernando González, Antonio Guerrero, Gerardo Hernández y René
González permanecen en prisiones estadounidenses. Las penas oscilan
desde 15 años de cárcel hasta doble cadena perpetua, esta última a
Hernández.
En los casos de Adriana Pérez, esposa de Hernández,
y Olga Salanueva, cónyuge de René González, el comunicado del Comité
precisa que Washington continúa violando la ley internacional, al
negarles las visas, por lo que no han visto a sus maridos durante
más de 10 y ocho años, respectivamente.
Durante una audiencia realizada el 20 de agosto
último en el onceno circuito de la Corte de Apelaciones de Atlanta,
la defensa de los patriotas cubanos denunció las manipulaciones
políticas del proceso judicial que sirvió de base para la reclusión
de los Cinco.
Los abogados rebatieron la Causa No.3 contra
Hernández, a quien se le imputó un cargo de conspiración para
cometer asesinato.
Otro aspecto denunciado fue la mala conducta del
gobierno en el proceso judicial, particularmente del fiscal
estadounidense John Kastrenakes, en su alegato conclusivo ante el
jurado.
Este discurso está constreñido por reglas muy
precisas, que le prohíben al magistrado argumentar más allá del
alcance de la evidencia. En esa instancia particular, Kastrenakes
sobrepasó los límites del propio alegato.
La tercera temática cuestionada fue la referida a
las sentencias de Hernández, Guerrero y Labañino, condenados a
cadena perpetua, pese a que no se trataba de un caso de seguridad
nacional.