Cuando en diciembre del 2011 el Gobierno cubano tomó la decisión
de permitir el acceso a créditos bancarios a las personas naturales
para adquirir bienes y satisfacer otras necesidades, inicialmente
este tipo de financiamiento se circunscribió a los agricultores
pequeños; trabajadores por cuenta propia; a quienes estaban
autorizados a ejercer otras formas de gestión no estatal; así como a
los interesados en comprar materiales de construcción y pagar mano
de obra para realizar acciones constructivas por esfuerzo propio en
sus viviendas.
No obstante, el propio Decreto Ley No. 289 "De los créditos a las
personas naturales y otros servicios bancarios", emitido en
noviembre de ese año, incluyó la posibilidad de ampliar
progresivamente este tipo de concesiones, en la medida que las
condiciones económicas y financieras del país lo permitieran.
En tal sentido, y con el propósito de facilitar a las personas la
adquisición de equipos para la cocción de alimentos, se autoriza la
entrega de créditos bancarios con estos fines. De esta manera, se
podrán comprar en las tiendas comercializadoras en CUC, ollas de
presión eléctrica, arroceras y de presión convencional; así como las
cocinas eléctricas de inducción y su menaje. En tanto, las tiendas
de la red de comercio minorista que ofertan productos en CUP,
comenzarán a vender durante el 2014 cocinas de inducción de una
hornilla con su menaje incluido, que estará compuesto por un juego
de cuatro piezas en el cual se incluyen una cacerola con tapa, un
sartén, un jarro y una cafetera.
La resolución del Ministerio de Comercio Interior (MINCIN) y la
instrucción del Banco Central de Cuba (BCC) publicadas en la Gaceta
Oficial Extraordinaria No. 2, este 14 de enero, establecen que la
compra de los mencionados equipos será en efectivo o mediante
créditos bancarios, en este último caso, podrán emplearse cheques u
otros instrumentos de pago emitidos por el banco. A partir de la
entrada en vigor de ambas normativas, queda sin efecto la venta del
módulo de cocción que se realizaba mediante bonos a los nuevos
núcleos electrificados.
Según lo legislado, para obtener un crédito, las personas
interesadas deberán solicitarlo en cualquiera de las sucursales de
los bancos de Crédito y Comercio, Popular de Ahorro o Metropolitano.
Respecto a los importes y plazos de amortización del crédito, serán
los que resulten del análisis de riesgo llevado a cabo por el banco.
El crédito se otorgará en CUP y hasta el 100 % del valor de los
equipos que se deseen adquirir. En el caso de quienes vayan a
comprar en las tiendas comercializadoras en pesos convertibles, el
banco aplicará la tasa de cambio vigente para las operaciones con la
población y el cheque se emitirá en CUC.
De acuerdo con el procedimiento establecido, una vez aprobado el
crédito, el beneficiario puede "separar" por un periodo de cinco
días los equipos en la tienda que seleccione, la cual emitirá la
correspondiente certificación de reserva de los mismos. Luego,
procederá a gestionar en el banco la emisión del cheque para hacer
el pago en la tienda previamente escogida.
Se desarrollan así nuevos pasos en la búsqueda de alternativas
para la cocción de los alimentos con equipos más eficientes, al
tiempo que se incrementa y diversifica la oferta de créditos a la
población para la compra de productos y servicios, todo ello en
correspondencia con los lineamientos 250 y 52 de la Política
Económica y Social del Partido y la Revolución.