El Registro de la Propiedad: un trámite necesario

O. Fonticoba Gener

La compraventa de viviendas, autorizada a finales del 2011 mediante el Decreto-Ley 288, figura entre las medidas que han fortalecido el orden y la seguridad legal en la Isla.

Pasos como la actualización de los Títulos de do-minio, su inscripción en el Registro de la Pro-piedad de la Vivienda antes de realizar cualquier acto traslativo, o la obtención del dictamen técnico otorgado por el arquitecto de la comunidad... reforzaron, sin lugar a dudas, la disciplina en el cumplimiento de las regulaciones urbanísticas y la legitimidad de esos actos jurídicos.

Datos ofrecidos por Olga Lidia Pérez Díaz, directora de Notarías y Registros Civiles del Ministerio de Justicia (MINJUS), indican que solo en el primer semestre del año la compraventa de viviendas aumentó en un 2 % respecto a igual periodo del 2012, no así la autorización de escrituras públicas de contratos de permuta, cuya tendencia ha sido decrecer.

En este proceso, la función del Registro de la Propiedad ha sido decisiva. Según precisó en conferencia de prensa Aniuska Puente Fontanella, especialista principal de la dirección de los Registros de la Propiedad, Mercantil y del Patrimonio, desde inicios del año hasta la fecha se ha inscrito un total de 873 mil 314 inmuebles: 213 mil 346 estatales, y 659 mil 968 viviendas.

Sobre el cumplimiento del término de realización de los trámites comentó que este es uno de los indicadores de calidad que el MINJUS no pierde de vista, aunque debe comprenderse que agilizar las gestiones no significa eliminar pasos necesarios del proceso.

El Registro de la Propiedad no es un trámite más, dijo, sino una garantía para las personas que inscriben sus inmuebles y derechos en él, y para los funcionarios que autorizan actos posteriores sobre los mismos.

La especialista enfatizó, además, la responsabilidad individual que asumen los propietarios al entregar sus títulos a terceras personas para realizar su inscripción.

"No se trata de figuras autorizadas como los gestores de trámites por cuenta propia o los abogados de Bufetes Colectivos. Sabemos que existen quienes, sin estar avalados legalmente, realizan estas acciones, muchas veces asociadas a delitos. El Registro no protege la ilegalidad ni convalida actos nulos con arreglo a las leyes dispuestas", acotó.

No obstante las medidas dispuestas para mejorar el servicio en las oficinas de Registro (el establecimiento de horarios extendidos, por ejemplo), la realidad impone un mayor empeño en otras cuestiones importantes, como la organización interna de esas entidades y la realización de las inscripciones en término; siempre a favor de la legalidad y el bienestar social.

 

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