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La
ley que iluminó el camino del campesinado cubano
AMAYA
SABORIT ALFONSO
Terribles tiempos fueron aquellos, en los que unos se nutrían del
aliento ajeno, socavando esperanzas y explotando anhelos. Para
quienes despertaban con la ilusión hueca, con la conciencia harta y
la voluntad desecha, se abrió un camino, un sentido posible, una
solución patente: otorgar las tierras a quienes la trabajaban.
Aconteció un 10 de octubre de 1958, fecha en que se firmara la Ley
Agraria del Ejército Rebelde.
En
plena guerra de independencia, la Comandancia General del Ejército
se propuso liberar al campesinado de la explotación, acabar con la
injusticia hacia los más necesitados y liquidar finalmente el
latifundismo.
La
conocida en ese entonces como Ley No. 3 del Ejército Rebelde;
ofrecía soluciones palpables a las masas rurales; les proporcionaba
el derecho de ser dueños de sí mismos, de ser los verdaderos
patrones de su trabajo y empresarios de sus propias parcelas. Así,
buscaba vías para evitar la pobreza, el abuso y el exceso de poder,
en las zonas que para entonces, ya habían sido liberadas.
Como
aseverara el comandante Guevara en cierta oportunidad: “ (…) Cada
uno de los campesinos (…) puede contar su historia personal de la
guerra, su historia de sufrimiento, del sufrimiento que todo el
pueblo de Cuba debió soportar durante siete años; pero que en las
regiones agrarias alcanzó su máxima intensidad”[1].
Esta
ley disponía entonces, que se le concediera la propiedad a todos
aquellos que cultivasen tierras del Estado, y de igual forma, a los
arrendatarios, subarrendatarios aparceros, colonos, subcolonos y
precaristas que tuviesen lotes de cinco o menos caballerías de
tierra. En este sentido, cuando la extensión era inferior de dos
caballerías (26 hectáreas) se les otorgaba gratuitamente a sus
poseedores; pero cuando excedía esa cantidad, siempre que no pasase
de cinco (67 hectáreas), se les adjudicaba dos de manera gratuita, y
se les permitía adquirir por compraventa la cantidad excedente.
Por
su valía, por su repercusión, por su trascendencia, la Ley No. 3 del
Ejército Rebelde, se erigiría como el antecedente inmediato de uno
de los más significativos y prioritarios logros revolucionarios: la
Ley de Reforma Agraria firmada en la Sierra Maestra, el 17 de mayo
de 1959.
[1]
En los días iniciales del triunfo de la Revolución, a los campesinos
de El Pedrero, municipio de Fomento. |