Vence último plazo al pago de impuestos de transporte terrestre

Martha María Mariño Sánchez

De acuerdo con las modificaciones que establece la Ley 113 del Sistema Tributario, el próximo lunes 30 de septiembre vence la extensión de tiempo para el pago obligatorio de impuestos a aquellas personas naturales y jurídicas cubanas o extranjeras, propietarias o poseedoras de vehículos de motor y tracción animal destinados al transporte terrestre.

Según Belquis Piña, directora del Departamento de Atención al Contribuyente, a pesar de los beneficios fiscales que aborda la nueva Ley, la indisciplina de los contribuyentes impide el cumplimiento de este decreto.

Al cierre del 21 de septiembre, solo el 57 % de las personas naturales realizó su pago, incidiendo La Habana, Santiago de Cuba, Camagüey y Matanzas como territorios más atrasados. En el caso del personal jurídico existe un mayor entendimiento del tributo reportando un 93,8 % hasta la fecha señalada.

Esta Ley se puso en vigor el mes de enero con vistas a garantizar aportes monetarios para respaldar los gastos sociales, comprendiendo entre las modificaciones a la antigua ley 73, la extensión del término de pago hasta el 30 de septiembre, así como la disminución del 20 % del tributo por pronto pago, si este se realiza antes o el 28 de febrero.

De igual manera, existe un beneficio fiscal para aquellos vehículos vinculados a la producción agrícola, cuya bonificación es del 50 % de rebaja al impuesto. Facilidades que no se contemplaban en la antigua Ley.

Este tributo es obligatorio para aquellas personas con nacionalidad o residencia permanente cubana. Están exentos extranjeros con residencia temporal en la Isla.

Ante su incumplimiento, desde el 1ro. de octubre próximo, se establecerán los recargos por mora que incluyen un incremento del 2 % después de 30 días de retraso, 5 % de 30 a 60 días y después de este periodo, 0.1 % por cada día de atraso.

La Oficina Nacional de la Administración Tributaria (ONAT), previo análisis de las causas de la informalidad, multará con la tarifa fija de 350 hasta mil pesos en CUP, de acuerdo con la incidencia, o un incremento del 30 % del impuesto a pagar. En el caso de las personas jurídicas, estas oscilarán de mil a 10 mil pesos.

Para facilitar el pago, la ONAT cuenta con el servicio de banca telefónica, de acceso en Ciudad de La Habana, mediante el cual se podrá realizar el trámite a partir del número de identificación tributaria (NIT), el cual coincide generalmente con el número de carné de identidad. En tanto, aquellos que aún conservan el recibo de pago del año anterior podrán personarse en cualquier banco, sin necesidad de dirigirse a la oficina de este tipo en su lugar de residencia.

 

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