La Embajada de Ecuador informa que a partir del 21 de enero del
2013, es necesaria la presentación previa de una nueva carta de
invitación a los ciudadanos de nacionalidad cubana para su ingreso
al país, a través de los aeropuertos internacionales o pasos
admitidos de frontera.
Esta nueva carta de invitación deberá ser legalizada ante el
Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración del
Ecuador en Quito o en cualquiera de sus coordinaciones regionales,
cumpliendo los siguientes requisitos:
1. Declaración juramentada ante un notario en la cual un
ciudadano ecuatoriano o un extranjero con visa de inmigrante se
comprometen a cubrir todos los gastos de alojamiento, alimentación,
y eventual atención médica durante la estadía del invitado.
2. El ciudadano ecuatoriano o extranjero residente invitante
deberá demostrar solvencia económica, a través de la presentación de
la última declaración del Impuesto a la Renta.
3. El ciudadano ecuatoriano o extranjero residente podrá invitar
solamente a un ciudadano cubano en un periodo de 12 meses.
4. La inclusión de datos falsos en la carta de invitación será
sancionada conforme a la legislación penal vigente.
5. Una vez cumplido el procedimiento, él o la invitante enviará
este documento al ciudadano cubano, quien deberá presentarlo a las
autoridades migratorias al momento de su ingreso al Ecuador.
Estos requisitos están orientados a contribuir a la vigencia de
un flujo migratorio ordenado entre ambos países e impedir el tráfico
de personas.
Quienes ingresen al país con este requisito, podrán permanecer en
el país hasta 90 días. De conformidad con la Constitución, Ecuador
reitera su adhesión a los principios de la libre movilidad de los
seres humanos, y a los postulados que buscan su ejercicio de manera
libre, digna e informada.