Cifras cuantiosas ha perdido el país por la ausencia de contratos
o a cuenta de contratos superficiales, mal redactados,
confeccionados para "cumplir con el trámite legal" que su firma
implica, que impiden la posibilidad de reclamar por incumplimientos
de lo pactado, y de recibir indemnización por la pérdida o
inutilidad de un producto.
Lamentablemente, entre estos avatares legales se debaten aún
sectores tan determinantes para el desarrollo económico como las
inversiones —nacionales o extranjeras—, el comercio exterior, la
producción de alimentos y otros. ¿Causas? Disímiles ¿Perjuicios?
Innumerables: inversiones constructivas que se extienden
"infinitamente"; cosechas perdidas en los campos sin llegar a las
mesas familiares; productos ausentes de la red comercial; piezas de
repuesto inservibles¼ y así, la lista podría ser interminable.
Además de los daños económicos que puedan contabilizarse, detrás
de estas deficiencias se esconde una realidad a la que muy pocas
veces se le presta la debida importancia: el correcto empleo del
asesoramiento jurídico. A ello se une la ignorancia de muchos
directivos respecto a esa actividad, con la consecuente
subestimación del verdadero papel que corresponde desempeñar a un
asesor jurídico.
Reflejo de ello es el actual panorama que subsiste en torno a la
especialidad: entidades que no tienen ningún tipo de asesoramiento
jurídico pues lo consideran innecesario, u otras cuyas dependencias
municipales o provinciales lo reciben del organismo superior de
dirección —casi siempre ubicado en La Habana.
Asimismo, se subestima el trabajo del asesor jurídico; se le
asignan tareas que no corresponden a sus funciones; se obvian los
criterios que emiten en sus dictámenes y no participan en los
órganos colegiados de dirección, lo cual implica, en ocasiones, que
se adopten decisiones que contradicen lo dispuesto legalmente.
"En la práctica sucede que en algunos casos el directivo de una
empresa, entidad u organismo, decide qué asesoramiento jurídico
necesita y a veces, ni siquiera está dirigido al proceso más
importante o prioritario de la entidad", señalaba durante la más
reciente reunión del Consejo de Ministros la titular de Justicia,
María Esther Reus González.
Sin embargo, en cuanto al propio desempeño de los asesores
también subsisten deficiencias al elaborar y redactar documentos e
instrumentos jurídicos que, además de las pérdidas económicas,
pueden conducir a violaciones de la Ley. De ahí la importancia de
que la capacitación y actualización en cuanto a la legislación
vigente sea una meta constante para estos profesionales.
La existencia del Decreto No. 138 "Normas para el trabajo de
asesoramiento jurídico en las entidades estatales", vigente desde
1987, no solo organizó esta actividad de forma general, sino que
además estableció las atribuciones de las unidades de asesoramiento
jurídico y de los asesores, los deberes de la administración con
respecto a los mismos y el papel de este tipo de asesoramiento en el
control del cumplimiento de la legalidad.
No obstante, las normativas existentes —demasiado dispersas en la
actualidad—, facilitan la nociva práctica de que los organismos
elaboren las suyas propias lo que, en ocasiones, va mucho más allá
de sus facultades y propicia la no aplicación de lo establecido
legalmente. Aun cuando resulta totalmente válido buscar soluciones
puntuales para situaciones específicas.
Dominar estas cuestiones —decía el General de Ejército Raúl
Castro Ruz en la más reciente reunión del Consejo de Ministros—,
además de formar parte del proceso de institucionalización de
nuestro país, permite a quienes dirigen —y no son especialistas en
los temas jurídicos—, un mayor entendimiento sobre la trascendencia
de esta actividad.
De su correcto desempeño dependerá también que los contratos
económicos se conviertan en documentos esenciales para la gestión
económica, tal y como se refrenda en el Lineamiento No. 10 aprobado
por el Sexto Congreso del Partido Comunista de Cuba.
Con el propósito de resolver esas y otras deficiencias, el
Gobierno cubano sitúa en su justo papel el desempeño de esta
profesión, poniendo énfasis en la obligatoriedad de contar con
asesoramiento jurídico —aunque no en todos los casos ello implica
establecer un asesor jurídico como parte de la plantilla del
centro—; priorizar su participación en la contratación económica, el
comercio exterior, la inversión extranjera, la producción de
alimentos, el ordenamiento inmobiliario, entre otros; y en los casos
que se requiera, ofrecer servicios especializados a determinados
sectores.
No obstante, de muy poco servirán medidas y normativas
actualizadas si continúa la violación que muchas veces se hace de la
legalidad. De ahí la necesidad de que la capacitación y preparación
sobre estos temas no sea una carrera de velocidad, sino de
resistencia, no solo dirigida a los juristas, debe involucrar
también a cuadros y directivos, pues a ellos corresponde apoyar y
emplear —oportuna y eficazmente—, la asesoría jurídica, en aras de
lograr un correcto funcionamiento de la entidad que dirigen con
total apego a la legalidad.
No olvidemos que las transformaciones que actualmente pone en
marcha nuestro país requieren de una plataforma legal e
institucional que las respalde y fortalezca, que en verdad las
legitime, y así, darle a ministerios, organismos e instituciones
herramientas para hacer más y mejor.