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¿Comprar verde por maduro?
La utilización de productos químicos en
funciones diferentes a las que están registradas, como la maduración
o desverdización de frutas y vegetales, constituye una ilegalidad
LISANDRA FARIÑAS ACOSTA y SHEYLA DELGADO GUERRA
La
maduración inducida de frutas y vegetales con químicos y sus
consecuencias ha sido en los últimos tiempos una inquietud cotidiana
de la población, al adquirir en el mercado muchas veces productos
adulterados y sin calidad, y haber gastado en vano su dinero.
No son pocos los ciudadanos que se cuestionan los mecanismos de
protección al consumidor y los riesgos que puede desencadenar para
la salud el consumo de frutos "aparentemente maduros".
Es sabida la importancia que tienen las frutas y vegetales por su
alto contenido de vitaminas y minerales, y por aportar al organismo
la mayor parte del agua que este requiere. Pero el éxito de su
incorporación a nuestra dieta depende de múltiples factores:
adecuada atención cultural al cultivo durante su desarrollo,
utilización de productos inocuos (preferentemente de origen
orgánico), manejo poscosecha evitando la mala manipulación y daños
durante el transporte, entre otros aspectos.
Ante la elevada demanda que poseen en el mercado nacional, hay
quienes aceleran su "maduración" para comercializarlos, acudiendo a
disímiles técnicas, desde las tradicionales "guacas" —aplicadas
fundamentalmente al plátano—; la colocación dentro de bolsas de
plástico (nailon) y posteriormente en zonas donde penetre poca
luz... hasta el uso indistinto de sustancias de origen químico.
No se debe confundir la madurez comercial con la fisiológica.
Según la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y
la Agricultura (FAO), la madurez comercial es aquella que se logra
cuando el cultivo cumple con los indicadores exigidos por el
mercado. En tanto, la fisiológica está asociada a la composición
nutricional, sabor característico, consistencia, color...
Lamentablemente algunos olvidan estos conceptos básicos, movidos
por intereses "de bolsillo", y "contribuyen" a acelerar la
despigmentación de varios vegetales y frutas con el fin de
expenderlos en un espacio de tiempo inferior a su ciclo habitual de
cosecha.
MADURAR... PERO CON QUÉ
Varios especialistas coinciden en que los productos químicos más
usados en este sentido en Cuba son el carburo —cuyo empleo está
prohibido para estos fines— y en mayor medida el etefón o flordimex,
este último su nombre comercial.
En la agricultura cubana la utilización del etefón está
autorizada —de acuerdo con el doctor Gonzalo Dierksmeier, director
de la Unidad Científico Técnica de Base (UCTB) Química, del
Instituto de Sanidad Vegetal (INISAV)— como regulador del
crecimiento en el arroz, y como fitorregulador en aplicaciones
foliares para inducir la maduración en la etapa precosecha, en
cultivos como piña, café, cítricos, plátano, caña y tomate, al ser
esta una condición necesaria para su correcta recolección. También
como madurador en aplicaciones foliares de la caña de azúcar, entre
6 y 12 semanas previo a la cosecha; y en el tabaco, para el control
de la Orobanche ramosa.
"Dicho compuesto forma parte de la lista oficial de plaguicidas
autorizados, recogida en el Registro Central de Plaguicidas de la
República de Cuba", apuntó.
Al respecto el doctor José Carrera, vicedirector del Instituto de
Nutrición e Higiene de los Alimentos, especificó a Granma que
es un plaguicida órgano fosforado que se aplica quince días antes de
la recolección de los frutos mediante varios métodos: aspersión,
inmersión o inyección (pincelado del pedúnculo o tallo).
José Antonio Maura Romero —jefe del Departamento de Plaguicidas,
del Centro Nacional de Sanidad Vegetal (CNSV)— afirmó que hoy se
importa el etefón para emplearlo mayormente en plantaciones de caña
y, en el caso específico de las formas productivas del Ministerio de
la Agricultura (MINAG), para los cultivos de piña y tabaco.
Si bien en nuestro país existen varias cámaras en las que se
emplean técnicas de maduración mediante aplicaciones gaseosas de
químicos, los niveles de residualidad en las frutas son ínfimos
respecto a lo regulado internacionalmente, agregó Maura Romero.
"Pero la inducción de la madurez comercial por el cambio de
coloración de forma no especializada, a productos que han sido
recolectados sin tener la madurez fisiológica necesaria —explicó—,
lejos de constituir un proceso de maduración deviene mecanismo de
despigmentación de la clorofila. Es más bien una ‘desverdización’ y,
además, una verdadera estafa a los consumidores."
En cuanto a la composición nutricional de los frutos una vez
sometidos a este proceso, señaló el doctor José Carrera que "el uso
en dosis elevadas del etefón provoca la fototoxicidad del fruto
(cambios de coloración) o deshidratación por excesiva maduración, lo
que conlleva a la pérdida de sus propiedades. Los niveles de sólidos
solubles y azúcares totales disminuyen, así como los de vitamina C y
carotenoides".
Aunque internacionalmente sí está regulado su uso como madurador
en la etapa poscosecha; en Cuba no. De ahí lo preocupante de esta
práctica ya generalizada entre los vendedores en ciertos
establecimientos y carretilleros.
Según establece la Resolución 23 del 2000, del MINAG, en su
artículo primero: los plaguicidas son planificados, balanceados y
controlados centralmente por el Departamento de Plaguicidas del CNSV.
Sin embargo, tal disposición se ve limitada en la
comercialización, pues los inspectores agropecuarios del sistema
empresarial de la Agricultura (incluyendo a los de Sanidad Vegetal)
están volcados principalmente a evitar las violaciones en el campo y
no así en los mercados, explicaron funcionarios del MINAG.
Salta a la vista una preocupación: si el suministro de etefón —el
cual se incluye en el paquete tecnológico que se entrega a los
agricultores especializados en los rubros referidos— es controlado,
¿cómo es posible entonces que se desvíe para fines no autorizados y
no se apliquen sanciones a los responsables?, ¿quién responde por
los recursos que el Estado invierte en paquetes tecnológicos?
¿INOCUOS?
La pregunta que cada ciudadano se hace tras la compra fracasada,
es si, además de sentirse timado, no estará arriesgando su salud al
consumir estos productos. Mucho se ha especulado sobre las
consecuencias nocivas de los frutos madurados con químicos, como por
ejemplo si pueden activar células cancerígenas.
Asegura el doctor José Carrera que hasta el momento no hay
registrado en la literatura disponible que los residuos presentes
luego de la aplicación del etefón provoquen intoxicaciones agudas,
"ya que se requiere de niveles elevados y consumos altos
diariamente".
Especifica Gonzalo Dierksmeier, de Sanidad Vegetal, que se trata
de una sustancia que tiene toxicidad de un 3 % en la escala de la
Organización Mundial de la Salud, lo cual no es significativo.
"El etefón tiene la propiedad de penetrar en los cultivos y
liberar etileno; gas que produce el efecto madurador. ¿Qué queda
como residuo de la molécula? Ácidos clorhídrico y fosforoso, ninguno
de los cuales tiene efectos nocivos."
En dosificaciones adecuadas, el producto es inocuo para la salud
humana. Pero, ¿es así como se está empleando? ¿Tendrá el mismo
impacto en personas sanas que en aquellas con algún padecimiento?
¿Su uso indiscriminado no representa un riesgo para la salud de
aquellos que manipulan esta sustancia a "ojo de buen cubero"?
No puede obviarse que estamos hablando de un plaguicida, y como
tal existen normas de protección a respetar por técnicos y
productores para su aplicación y manipulación. De ahí que el
cumplimiento de las buenas prácticas de cultivo sea esencial.
Los químicos que se usan como "maduradores" —o mejor,
desverdizadores— son una de las tantas aristas de la ilegalidad y
contemplar su empleo es otra expresión de la impunidad, con la cual
actuan los viloladores. Ante la pasadera de responsabilidades de un
organismo a otro, el problema sigue ahí... creciendo. Al final la
mayor perjudicada es la población, que paga precios nada
desestimables por productos con una supuesta calidad que no tienen.
Les compete entonces a las autoridades y organismos pertinentes
como el MINAG, el Grupo Azucarero, el MINCIN y el MINSAP revertir
esta situación; establecer las normas que resulten eficaces para el
control y vigilancia en su forma de empleo, y así velar por algo tan
imprescindible como la protección al consumidor.
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Es un delito
La Fiscalía General de
la República informó que aquellos involucrados en el desvío
y utilización ilícita de este tipo de productos pueden
incurrir en delitos de hurto, apropiación indebida y hasta
malversación; por lo que las medidas aplicadas a los
infractores deben ser severas.
El artículo 198, del
Código Penal, referido a los delitos contra la salud
pública, establece que "todo el que se apodere, trafique,
almacene, facilite, procese, reciba, emplee, transporte o
exporte sustancias u objetos contaminados o contaminadores,
o destinados a ser inutilizados o desinfectados, o los
retenga indebidamente en su poder, incurre en sanción de
privación de libertad de seis meses a dos años, o multa de
200 a 500 cuotas, o ambas". |
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