QUITO.—
Unas 10 mil personas con diferente grado de discapacidad física e
intelectual fueron insertadas en un empleo, tanto en entidades
públicas como privadas de Ecuador, lo cual sitúa al país como un
referente en América Latina.
Lo anterior se sustenta con la disposición del Código del Trabajo
que establece contratar con discapacitados al menos el cuatro por
ciento del total de empleados de una empresa, y sanciona con multas
mensuales equivalente a 10 remuneraciones básicas unificadas a quien
la incumpla.
Esa penalidad mensual a las empresas se mantendrá hasta que
cumplan con esta obligación legal, lo cual estimula la inserción y
accesibilidad en igualdad de condiciones al trabajo remunerado de
personas con discapacidad.
Inspectores de trabajo verifican que las empresas cumplan con
esta disposición del Código de Trabajo, cuyo resultado fue uno de
los puntos destacados por el presidente ecuatoriano, Rafael Correa,
al intervenir ante una concentración de trabajadores por el 1 de
mayo.
Aun cuando los 10 mil discapacitados no constituyen aún una alta
cifra en relación con los más de 294 mil casos detectados y
estudiados por la Misión Solidaria "Manuela Espejo", sin dudas
constituyen un importante paso para la inclusión económica y social
de estas personas.
A propuesta del Ejecutivo el 24 de junio de 2011 la Asamblea
Nacional se encuentra hoy en proceso de socialización, luego de
pasar el primer debate y previo al segundo, del proyecto de Ley
Orgánica de Igualdad y Defensa de las personas con Discapacidad.
Conforman este proyecto 134 artículos, cuyo objetivo es
garantizar la aplicación de políticas públicas y sociales para
prevenir las discapacidades y asegurar plena vigencia, promoción y
ejercicio de los derechos establecidos en la Constitución para estas
personas.
La normativa establece el sistema de coordinación
interinstitucional para la transversalización de políticas públicas
sobre discapacidades; promueve e impulsa un sistema de prevención,
detección oportuna, habilitación, rehabilitación integral y atención
permanente de casos.
Al mismo tiempo, declara como directamente aplicables por
funcionarios públicos, administrativos o judiciales, de oficio o a
petición de parte, los derechos de las personas con discapacidad, en
el ordenamiento jurídico ecuatoriano y tratados e instrumentos
internacionales.
Además, busca asegurar en instituciones públicas y privadas, el
cumplimiento de los mecanismos conducentes a la eliminación de
barreras físicas, actitudes sociales y comunicacionales, así como
eliminar toda forma de abandono, discriminación y maltrato por
discapacidad.