La Sala
Segunda de lo Penal del Tribunal Provincial Popular de La Habana,
sancionó por delitos asociados a actos de corrupción a varios
directivos, funcionarios y empleados de entidades de Cubana de
Aviación S.A. y de Empresa Comercializadora de Productos
Farmacéuticos, quienes recibieron dinero y otros beneficios para
favorecer en las negociaciones a entidades extranjeras en perjuicio
de las propias empresas cubanas.
En correspondencia con la gravedad de estos hechos por las
cuantiosas pérdidas a la economía y el deterioro de los valores
éticos de los acusados, así como el grado de responsabilidad de cada
uno de ellos y sus antecedentes de conducta, el tribunal consideró
como autores de delitos de Cohecho de carácter continuado e impuso a
JOSÉ HERIBERTO PRIETO FERRER, quien se desempeñó como Director de
Carga de Cubana de Aviación, la sanción de 13 años de privación de
libertad; AMNERYS DE LA CUESTA CÓRDOVA, que ejerció las
responsabilidades de Subdirectora Comercial, Directora adjunta y
Directora de Carga de la misma entidad, 10 años de privación de
libertad y a MERCEDES RODRÍGUEZ MARTÍNEZ, exSubdirectora de Gestión
de Ventas de la Empresa Cubana de Aviación, 10 años de privación de
libertad.
Asimismo, se le impuso la sanción de 6 años de privación de
libertad a los acusados EMILIO GONZÁLEZ FARRAT, exDirector Comercial
de la Corporación de la Aviación Civil S.A (CACSA); PEDRO CÉSAR
MEDINA NÚÑEZ, exDirector Adjunto de Carga de Cubana de Aviación y a
INDIRA LEZCANO TRIANA, exDirectora de la Unidad Económica Básica
Comercial de la Empresa AEROVARADERO S.A.
También fue sancionado a 10 años de privación de libertad el
acusado JAIR RODRÍGUEZ MARTÍN, exJefe del Departamento de
Exportaciones de la Empresa Comercializadora de Productos
Biotecnológicos y Farmacéuticos HEBER BIOTEC S.A; y a 3 años de
privación de libertad a EDAMIR MEDINA MÉNDEZ, Técnico en
exportaciones de esta misma entidad.
El Tribunal consideró igualmente responsables del delito de
Cohecho de carácter continuado y les impuso las sanciones de 7 y 6
años de privación de libertad a ALEXEY CRESPO GUTIÉRREZ y a MARÍA
ANTONIA LÓPEZ GONZÁLEZ, Gerente y Subgerente Comercial de la
Sucursal extranjera CARIBE CARGO S.A., respectivamente. Estos dos
encartados se encuentran sujetos a otro proceso penal pendiente de
sentencia por hechos asociados a actos de corrupción.
La Sala aplicó también las sanciones accesorias de confiscación
de los bienes y dinero adquiridos por los acusados como resultado de
su actividad delictiva, y de prohibición del ejercicio de las
profesiones, cargos u oficios que desempeñaban al momento de los
hechos.
Los acusados ejercieron el derecho a la defensa y contaron con
las garantías establecidas en la legislación procesal penal,
mientras los abogados aportaron y expusieron ante el tribunal los
argumentos y elementos que consideraron pertinentes.
Contra la decisión judicial, tanto los acusados como el Fiscal,
pueden establecer recurso de casación ante la Sala de lo Penal del
Tribunal Supremo Popular.