Desde
el triunfo de la Revolución de enero de 1959, la atención a los
niños y niñas tuvo por parte del Estado un propósito bien definido:
el respeto y la atención a sus derechos. Incluso, antes de que la
Asamblea General de las Naciones Unidas en su resolución 44/ 25, del
20 de noviembre de 1989, aprobara la Convención sobre los Derechos
del Niño, firmada por Cuba el 26 de enero de 1990, ya existía un
gran número de medidas legislativas, judiciales y administrativas,
recogidas en la Constitución de la República de 1976, y en el Código
de la Niñez y la Juventud, el Código de Familia, el Civil, el Penal,
y otros. Asimismo, un grupo de instituciones aúna sus esfuerzos para
asegurar a niños, niñas y adolescentes una infancia plena de
derechos. Entre ellas está la Fiscalía General de la República.
De ello conversa Granma con Idania Silot Navarro, Fiscal
Jefe del Departamento de Asuntos Civiles, Administrativos y
Laborales de la Fiscalía General de la República,
"Desde que el 11 de julio de 1997 se aprobara la Ley de la
Fiscalía General de la República, esta dispuso entre las funciones
de los fiscales, representar y defender a los menores que por
cualquier causa queden en situación de desamparo filial o ausencia
de representante legal.
"La Fiscalía es llamada para que ofrezca su dictamen o parecer en
todo asunto relacionado con la patria potestad, la adopción de
niños, el reclamo judicial de su filiación o la impugnación de su
reconocimiento, la autorización excepcional para contraer
matrimonio, entre otros. A ella corresponde, además, el ejercicio de
la acción necesaria para la constitución de la tutela, cuando
legalmente proceda.
"También es nuestra función comprobar la observancia de las
leyes, reglamentos y disposiciones sobre el tratamiento a menores de
edad acogidos en instituciones asistenciales y el que se brinda a
los que presenten trastornos de conducta."
Dentro de la estructura de la Fiscalía General de la República se
creó la Dirección de Protección de los Derechos Ciudadanos,
especializada, entre otras tareas, en la defensa de los derechos de
las personas en general, y particularmente de los menores de edad.
"Ellos asisten sistemáticamente —continúa diciendo la Fiscal— a
los hogares e instituciones dedicados a la tutela, atención y
educación de menores de edad sin amparo filial, para conocer su
situación legal y cuidar y exigir por la protección de sus derechos,
bienes e intereses; a su vez disponen y exigen por el cumplimiento
de las medidas que procedan.
"También realizan visitas de control de la legalidad, para
verificar el cumplimiento de lo establecido en la atención de los
niños, niñas y adolescentes que han incurrido en conductas
infractoras o hechos tipificados como delitos.
"A 22 años de que la Asamblea General de las Naciones Unidas
adoptara la Convención de los Derechos del Niño, es justo decir que
la firma y ratificación por nuestro país de este trascendental
acuerdo fue confirmación de que sus disposiciones ya se venían
materializando entre nosotros."