El inédito fallo favorable a la comunidad indígena mapuche de
Wentru Trawel Leufu dictado por la justicia en la suroccidental
provincia argentina de Neuquén es destacado por el diario Página 12,
reporta Prensa Latina.
La sentencia, primera de su tipo en ese territorio patagónico y
que será precedente para otras causas del país, establece que, para
trabajar en el lugar, la petrolera Piedra del Aguila está obligada a
pedir autorización a ese pueblo aborigen.
El fallo señala que la empresa transgredió la ley al no haber
informado y obtenido el visto bueno de la comunidad para explotar
los recursos naturales y remarca la obligatoriedad de respetar la
frondosa legislación (nacional e internacional) que protege los
derechos indígenas.
En enero de 2007, recordó el matutino, el gobierno neuquino
otorgó a Piedra del Aguila la concesión de tres mil 800 hectáreas en
la región del Picún Leufú, en el centro de la provincia.
A fines de ese propio año, la petrolera llegó hasta allí y
reclamó derechos sobre la tierra, pero la comunidad le prohibió el
ingreso. Luego ofrecieron dinero a los mapuches para obtener
permisos de exploración y extracción, y tampoco consiguieron su
propósito.
Ante esta situación, la petrolera ingresó por la fuerza al
territorio indígena, atacó a miembros de la comunidad y contrató a
40 personas que, bajo el supuesto rótulo de desocupados a la espera
de un trabajo, sostuvieron un proceso de desgaste para expulsar a
los aborígenes de su tierra.
La presión sobre los indígenas incluyó la llamada judicialización:
la empresa presentó un recurso de amparo y en sólo 24 horas una
jueza dictó una medida cautelar por la cual ordenó a los miembros
del asentamiento abstenerse de impedir las tareas de la empresa.
Con posterioridad sobrevino la apelación de los mapuches y, luego
de tres años, la sentencia dictada por el Juzgado Civil 2 de Cutral-Có,
Neuquén, que negó la solicitud de amparo de la petrolera y priorizó
el derecho indígena, destacó la publicación.