Con la reciente apertura de ocho Registros de la Propiedad en la
capital, funcionan ya en los 169 municipios del país estas entidades
encargadas de inscribir las propiedades de inmuebles y solares
yermos pertenecientes a personas naturales o jurídicas (empresas y
organismos).
Según informaron Francisco Pérez Torres, director de Registros de
la Propiedad Mercantil y del Patrimonio, perteneciente al Ministerio
de Justicia, y la máster Aniuska Puente Fontanella, especialista
principal, en los últimos tres años la inscripción ha tenido un
crecimiento anual del 20%.
Desde el año 2003 toda persona que realiza un acto de transmisión
de dominio de un inmueble —permuta, donación o adjudicación de
herencia— o labores constructivas que lo modifiquen, tiene la
obligación de inscribirlo en el Registro de la Propiedad. Solo por
ese concepto en el 2009 fueron asentados 36 035 inmuebles.
En ese periodo también fueron registrados más de 12 000 inmuebles
de propiedad estatal, labor que "ha de agilizarse, pues todos los
pertenecientes a ese sector deben quedar inscritos antes del año
2014", subrayaron los especialistas.
Al destacar la importancia de este trámite aseguraron que la
inscripción brinda seguridad jurídica y legitimidad al título de
propiedad, y garantiza la protección de los derechos que ostentan
las personas sobre su inmueble. Las certificaciones emitidas por
esta oficina estatal pública constituyen pruebas indubitadas ante
tribunales u otras instituciones.
Anunciaron, además, que está en preparación un proyecto de Ley
del Registro de la Propiedad dirigido a actualizar y perfeccionar
las normativas jurídicas sobre esta temática, la cual está regulada
hoy por legislaciones como la Ley Hipotecaria del año 1893.