Para mañana están programadas las sesiones constitutivas de las
169 Asambleas Municipales del Poder Popular correspondientes a su
XIV período de mandatos, último de los pasos previstos en el actual
proceso de elecciones parciales.
A tal efecto, en cada municipio, en el lugar y hora previamente
determinados por el órgano municipal saliente, se reunirán por
derecho propio los delegados recientemente elegidos, bajo la
dirección del Presidente de la Comisión Electoral Municipal.
Cumplidos los requisitos procesales establecidos —confirmación de
la validez de la elección de los presentes, comprobación del quórum
requerido, etc.—, se realiza, ratifica y suscribe el Juramento por
todos los delegados, luego de lo cual se declara constituida la
Asamblea.
Las Asambleas Municipales del Poder Popular, como establece la
Constitución, son los órganos superiores locales del poder del
Estado en ese territorio, y en consecuencia, están investidas de la
más alta autoridad para el ejercicio de las funciones estatales en
sus demarcaciones respectivas y, para ello, dentro del ámbito de su
competencia y ajustándose a la ley, ejercen gobierno.
Una vez instalada, cada Asamblea, como su primer acto oficial,
elegirá de entre sus miembros y mediante voto secreto, a su
presidente y vicepresidente, paso que toca conducir a la Comisión de
Candidatura Municipal, cuyos integrantes laboran desde la toma de
posesión de sus cargos el 28 de marzo.
La elaboración de las propuestas descansa en un riguroso proceso
de consultas a todos los delegados elegidos como fuente principal, a
otras autoridades del territorio y a ciudadanos y colectivos cuya
opinión sea de utilidad acerca de quienes consideren los mejores
para asumir tales responsabilidades.
Como se ha informado, de los 15 093 elegidos para integrar las
Asambleas Municipales del Poder Popular, 5 046 son mujeres, el
33,4%.