¿Cuándo se considera elegido Delegado a la Asamblea Municipal del
Poder Popular?
Se considera elegido Delegado a la Asamblea Municipal del Poder
Popular, el candidato que, habiendo sido postulado, haya obtenido
más de la mitad del número de votos válidos emitidos en la
circunscripción electoral de que se trata.
¿En qué circunstancias se celebran las elecciones de segunda
vuelta en la elección de delegados a las Asambleas Municipales del
Poder Popular?
En el caso de que queden empatados dos (2) candidatos o más, o
que ninguno de los candidatos haya obtenido más de la mitad del
número de votos válidamente emitidos en la circunscripción, la
Comisión Electoral de Circunscripción dispone una nueva elección
dentro de los diez (10) días siguientes a aquel en que se efectuó la
primera. En esa elección de segunda vuelta, si se trata de un
empate, solo participan como candidatos los que quedaron empatados;
y si se trata de que ninguno obtuvo más de la mitad de los votos
válidos emitidos en la circunscripción en la primera elección,
participarán los dos (2) que más votos obtuvieron en esta y se
consideran elegidos, en ambos casos el que mayor número de votos
obtenga.