¿Cuándo
se considera que el elector ha emitido el voto?
Se considera que el elector ha emitido el voto cuando ha
depositado la boleta.
¿Cuándo se da por cerrada la votación?
A las seis (6) de la tarde, el Presidente o cualquier miembro del
colegio Electoral que a ese efecto designe, toma nota de los nombres
de las personas que se encuentren esperando para ejercer el derecho
al sufragio, a las cuales se les permite votar. Una vez depositada
la última boleta el Presidente declara cerrada la votación.
¿Cómo
se realiza el escrutinio de los votos?
Terminada la votación, el Presidente de la Mesa del Colegio
Electoral abre las urnas y procede, conjuntamente con los demás
miembros de esta, al conteo de las boletas depositadas en ellas, a
su cotejo con las entregadas a los electores y con el número de
votantes, según la lista de electores, y a separar las boletas
votadas de las que fueron depositadas en blanco.