De acuerdo con lo regulado en el Decreto–Ley No. 262 Sobre Armas
y Municiones, del 12 de noviembre del 2008, el Ministerio del
Interior convoca, con carácter excepcional y por una sola vez, a las
personas naturales y jurídicas residentes en el territorio nacional,
que tengan en su poder armas de fuego sin la correspondiente
Licencia, para que concurran al Proceso de Inscripción de estas;
igualmente a las personas poseedoras de Licencia de Armas de Fuego,
para que concurran al Proceso de Renovación de todas las licencias
que amparan la posesión de armas de fuego, cuando sean citados en
correspondencia con el cronograma de ejecución.
Estos procesos comenzarán en todo el país a partir del próximo
día 12 de febrero, la Inscripción de Armas de Fuego durará (60) días
naturales en los casos de personas naturales o jurídicas que tengan
en su poder armas de fuego. Estas personas están en la obligación de
presentarlas y declararlas en la Estación Municipal de la Policía
Nacional Revolucionaria de su lugar de residencia y solicitar la
Licencia de Arma de Fuego correspondiente.
En los procesos de inscripción y/o renovación, los extranjeros
con residencia temporal en el país deben presentarse en la Estación
de la Policía Nacional Revolucionaria del municipio de cabecera, en
el caso de las provincias y en la sede de la Dirección General de la
Policía Nacional Revolucionaria para los residentes en la capital.
Se exceptúan de concurrir al Proceso de Inscripción de Armas de
Fuego, a los solicitantes de Licencia de Segunda Clase (Agentes de
Seguridad y Protección, Detectives y Escoltas, pertenecientes a las
Empresas de Seguridad y Protección y Grupos de Seguridad Interna),
los que serán convocados por el Ministerio del Interior en un
proceso independiente y exclusivo, con el objetivo de viabilizar su
tramitación.
Los optantes para inscribir armas de fuego, deberán presentarse
en las Estaciones Municipales de la Policía Nacional Revolucionaria,
a partir de la fecha mencionada para su inscripción. En caso de
exceder la cifra de posibles optantes a ser atendidos en el día, se
les dará turno para fecha posterior.
Deberán cumplir los requisitos siguientes:
· Ser mayor de 18 años de edad.
· Presentar el arma de fuego y el documento acreditativo de su
procedencia (solo en el Proceso de Inscripción)
· Poseer los conocimientos necesarios sobre el manejo y uso de
las armas de fuego.
· Aprobar examen médico sobre aptitud psicofísica en su
policlínico de residencia.
· Mantener una conducta acorde con las normas socialistas de
convivencia social.
· Tener condiciones de seguridad y protección para las armas de
fuego.
· Pagar los impuestos establecidos.