MONTEVIDEO, 19 de
octubre.— La Suprema Corte de Justicia (SCJ) de Uruguay dio a
conocer este lunes la "inconstitucionalidad" de la Ley de Caducidad
de la Pretensión Punitiva del Estado, legislación que impedía juzgar
a militares y policías de las fuerzas de la dictadura sufrida en ese
país en 1974, acusados de violar los derechos humanos, informó AP.
Sobre esto, el abogado Juan Errandonea precisó que el fallo de la
Corte determina la reapertura de las actuaciones judiciales contra
los responsables del asesinato, y la desaparición de varios
ciudadanos durante el régimen dictatorial.
Con el dictamen de hoy, la SCJ cerró los pronunciamientos sobre
el instrumento jurídico, que fue derogado por el fiscal Rafael
Ubiría por resultar incompatible —declaró— con la Convención
Americana sobre Derechos Humanos, las Cartas de la Organización de
Estados Americanos (OEA) y de las Naciones Unidas (ONU) y la
Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas,
entre otros tratados.
El recurso contra la citada norma fue interpuesto en octubre del
2008, durante las pesquisas por la muerte de la militante de la
juventud comunista Nibia Sabalsagaray, fallecida en 1974 mientras
permanecía detenida en una instalación militar.
La Ley de Caducidad fue aprobada en 1986 con los votos de los
parlamentarios integrantes de los Partidos Nacional y Colorado, y la
oposición del Frente Amplio.
En las próximas elecciones generales, que se efectuaran el 25 de
octubre, la población uruguaya tendrá la opción de votar por su
nulidad en un plebiscito convocado a tal efecto.