.— Los hondureños vivieron hoy una
jornada con parte de las garantías constitucionales suspendidas, en
una especie de estado de sitio a medias, según la descripción del
diario Tiempo.
Las medidas de excepción son vigentes durante el toque de queda,
prolongado hasta el próximo sábado por el congreso y que rige desde
las 22:00 horas a las 05:00 del día siguiente.
El toque de queda fue una de las primeras decisiones de los
militares tras el secuestro del presidente constitucional, Manuel
Zelaya, la madrugada del domingo pasado, que desató una ola de ira
popular.
Las fuerzas armadas mantienen militarizadas las instituciones
públicas, entre ellas las empresas Nacional de Energía Eléctrica (ENEE)
y Hondutel, de comunicaciones.
Las organizaciones populares denunciaron que los retenes
impuestos por las tropas impiden también la llegada de manifestantes
a la capital.
Una dirigente campesina narró que debieron enmontañarse, caminar
durante cinco horas por zonas rurales, para burlar uno de esos
bloqueos y poder llegar a la capital para sumarse a las marchas
opositoras al golpe.
El ingenio popular ha sido empleado también para cruzar los
retenes: un dirigente relató que en la ciudad de Progreso, en el
norte, engañaron a los soldados diciéndoles que el presidente de
facto, Roberto Micheletti, los había llamado a Tegucigalpa.
El diario Tiempo explica hoy que Micheletti solicitó al
parlamento unicameral aplicar un estado de sitio total durante el
toque de queda, pero la noticia trascendió y finalmente los
diputados limitaron la pérdida de derechos a cuatro.
Los artículos de la constitución suspendidos son el 69, que
establece que la libertad personal es inviolable; y el 71, que reza
que ninguna persona puede ser detenida ni incomunicada por más de 24
horas, sin ser puesta a la orden de autoridad competente.
Este derecho suspendido garantizaba que la detención judicial
para inquirir no podrá exceder de seis días, contados desde el
momento en que se produzca la misma.
Otro de los artículos suspendidos es el 78, mediante el cual se
garantizan las libertades de asociación y de reunión siempre que no
sean contrarias al orden público y a las buenas costumbres.
El cuarto, es el 81, mediante el cual la constitución garantiza
que toda persona tiene derecho a circular libremente, salir, entrar
y permanecer en el territorio nacional.