El Instituto de Aeronáutica Civil de Cuba, en ejercicio de las
facultades que le otorga la ley ante la comunidad aeronáutica
internacional, teniendo en cuenta las medidas adoptadas por el
Estado Mayor Nacional de la Defensa Civil, decretando la Fase de
Alerta ante la situación de la influenza porcina y las acciones
dispuestas por la Autoridad Nacional de Salud Pública, determina:
1. Suspender temporalmente los vuelos regulares y charters, que
operan entre Cuba y México a partir de las 24:00 horas del día 29 de
abril del 2009. Se permitirá, a partir de esta fecha a las líneas
aéreas, realizar vuelos en interés de recoger sus pasajeros en Cuba
con destino a México.
2. Todos los pasajeros que arriben al país de cualquier destino,
llenarán un Modelo de Declaración de Sanidad del Viajero.
La Autoridad Aeronáutica comunicará la decisión del Estado
Cubano, con relación a las medidas antes mencionadas a la
Organización de Aviación Civil Internacional.
Una vez que cesen las causas que han motivado tales decisiones,
serán restablecidas las operaciones aéreas, informándose
oportunamente a los interesados.
La Habana, 28 de abril de 2009
"Año del 50 Aniversario del Triunfo de la Revolución"