Viviendas vinculadas y medios básicos
Dos términos diferentes
Lourdes
Pérez Navarro
lourdes.p@granma.cip.cu
Un número considerable de viviendas en el país
son vinculadas o medios básicos. Estos conceptos, aun cuando están
regulados en una misma normativa jurídica, son diferentes.
La Resolución 58 de 1987, emitida por el
Presidente del Instituto Nacional de la Vivienda (INV), "Reglamento
de las viviendas vinculadas y medios básicos", define los términos
de una y otra, regula los requisitos, precisa el título con el que
serán ocupadas, régimen jurídico, precio, uso, conservación,
derechos y obligaciones de las partes, entre otros aspectos.
Así considera vinculadas "aquellas que se hayan
destinado o se destinen, se hayan construido o se construyan, para
propiciar el aseguramiento y permanencia estable y prolongada de la
fuerza de trabajo de entidades estatales civiles o militares o de
organizaciones políticas, sociales o de masas, o en interés de la
defensa o seguridad del país, y cuya propiedad puede ser transferida
a sus ocupantes luego de un periodo determinado de ocupación en
arrendamiento, y siempre que se mantenga el vínculo laboral con la
entidad que la posee".
Mientras, define como medio básico a la
vivienda que forma parte del patrimonio de entidades estatales
civiles o militares o de organizaciones políticas, sociales o de
masas, y se destinan —entre otros fines— a personal de dirección,
técnicos y especialistas de la entidad estatal u organización, bien
sea que el personal que la ocupa lo hará solo por determinado
periodo o porque la vivienda en cuestión tenga o deba tener
determinadas facilidades para el desempeño de un cargo o función
específica.
También lo son las destinadas a técnicos
extranjeros; a casa de tránsito o protocolo; arrendamiento o
asignación a embajada o representación extranjeras de cualquier
clase, funcionarios diplomáticos o consulares y otros extranjeros
que no son residentes permanentes; y para ser utilizadas como
oficinas o dependencias estatales ubicadas en locales que mantengan
sus características principales de vivienda y que permitan su futura
recuperación como tales.
La declaración de viviendas vinculadas o medios
básicos, según proceda, corresponde a la Dirección Provincial de la
Vivienda; y su asignación y ocupación, a las entidades poseedoras.
Puntualicemos detalles
Con el tema en agenda conversamos con Humberto
Bobadilla, director de Administración de la Vivienda del INV, a fin
de puntualizar detalles que tienden a confundir a la población, e
incluso a responsables de organismos y entidades poseedores de estos
inmuebles y a cargo de su control.
Las viviendas vinculadas, explica, se construyen
fundamentalmente para la estabilización de la fuerza de trabajo y
pueden ser desvinculadas al paso del tiempo. Para ello, el
trabajador deberá vivirla por un término de 20 años, tener abonado
el pago de 240 mensualidades y mantener relación con el centro
laboral.
El medio básico es igualmente para asegurar
fuerza de trabajo, pero en un corto periodo de tiempo; es temporal.
Por lo tanto, cuando el directivo, técnico o especialista que la
ocupa concluya la actividad que realiza, tiene que entregar la
vivienda, la cual será ocupada por otro personal, acorde a las
necesidades de la entidad. Este inmueble siempre va a pertenecer al
organismo o empresa.
Por ejemplo, los consultorios médicos son medios
básicos, tanto el local para consultas como las casas de la
enfermera y del médico. También lo son las viviendas que ocupan los
encargados de los edificios multifamiliares.
Los dirigentes de los organismos, subraya
Bobadilla, han de mantener preocupación constante sobre estos
inmuebles, que les pertenecen tanto como otros bienes que tienen
bajo su control y cuidado. Por ello deben conciliar periódicamente
con las direcciones de la Vivienda, para así evitar violaciones de
lo establecido en las normativas jurídicas vigentes sobre el tema.
Sin embargo, señala el especialista, no todas las
entidades cumplen con lo dispuesto. Hemos detectado infracciones
tales como ocupar una vivienda sin contrato, o mantenerse en ella
cuando ya dejó de ser trabajador de la entidad.
Los medios básicos hay que chequearlos
constantemente, son patrimonio de la empresa, por tanto hay que
cuidarlos. Son bienes que aseguran en un momento determinado la
fuerza de trabajo. |