Cuba en el mundo

Actualizado 12:05 p.m. hora local

Marco jurídico de las nacionalizaciones cubanas (1959-1960)

El marco jurídico dentro del cual se sitúan las decisiones de la nacionalización de bienes de extranjeros y nacionales, tiene su apoyo y origen en el derecho originario primario y congénito de los pueblos a la autodeterminación, consagrada como norma o principio de ius cogens en los principios de la Carta de la Organización de las Naciones Unidas.

A partir de este primer nivel de sustentación, su regulación resulta ser el producto de los componentes esenciales inherentes a la existencia misma de la sociedad internacional y al estado de su desarrollo actual, a saber: por una parte, la soberanía de los Estados, actores fundadores y sujetos por excelencia de las relaciones internacionales; por otra parte, el Derecho Internacional concebido como orden jurídico entre los Estados, originado en el libre consenso entre éstos. Lo que se traduce en costumbres internacionales, generales, regionales o particulares, aceptadas por el Estado como acuerdos internacionales tácitos y en los tratados internacionales igualmente libremente consentidos como manifestación de un acuerdo explícito.

También reposa el sistema jurídico internacional sobre el necesario deslinde entre las áreas de competencia material del Derecho Interno Estatal, es decir de la soberanía, y del Derecho internacional Público, en cada momento histórico, determinado por el desarrollo y contenido de la política internacional. Finalmente, está determinado también, en el seno de la Organización de Naciones Unidas, por el papel que desempeña la Asamblea

General, foro universal que ha venido fraguando un nuevo Derecho Internacional Público desde 1945.

No puede pretenderse ahora desconocer, con efecto retroactivo, un marco jurídico que adquirió forma y consistencia entre 1945 y 1974 y reguló válidamente las relaciones internacionales que tuvieron existencia en el período. Tampoco puede desvirtuarse en el presente, pues responde al preciso equilibrio que deben guardar los factores claves de la estructura de la sociedad internacional actual, a saber: la soberanía estatal y el Derecho Internacional Público como garante de ella.

Tomado de www.cubavsbloqueo.cu

 

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