Con el objetivo primordial de elevar la producción de alimentos y
reducir su importación, se pusieron en vigor el Decreto Ley No. 259
del 10 de julio de 2008 y el Decreto No. 282 del 27 de agosto del
propio año, que autorizan e implementan la entrega de tierras en
usufructo a personas jurídicas o naturales, a partir de su uso
racional y sostenible.
Teniendo en cuenta que se han creado las condiciones para su
implementación, se ha decidido comenzar el miércoles 17 de
septiembre a recepcionar las solicitudes de entrega de tierras
ociosas en usufructo, a personas jurídicas o naturales interesadas.
En consecuencia, han sido habilitadas las oficinas de las
direcciones municipales del Centro Nacional de Control de la Tierra,
subordinadas a las delegaciones municipales del Ministerio de la
Agricultura, a las que se podrá acudir para iniciar los trámites de
8:00 a.m. a 5:00 p.m. de lunes a viernes y los sábados de 8:00 a
12:00 m.
Recuperar la capacidad de producción de alimentos para nuestro
pueblo en el más breve plazo posible, y sacarle a la tierra un mejor
provecho, es una necesidad estratégica y un modo concreto de
enfrentar la crisis alimentaria que vive la humanidad de la que
formamos parte, y razón adicional y urgente para contribuir a la
recuperación de las afectaciones provocadas por los devastadores
huracanes Gustav e Ike.
Ministerio de la Agricultura