Los 15 236 delegados recientemente elegidos ejercen ahora el
derecho a opinar sobre la presidencia de su futura Asamblea Municipal
del Poder Popular.
Ello es parte del proceso de consulta exigido a las Comisiones de
Candidatura Municipales las que el próximo 16 de noviembre, una vez
constituidas las Asambleas, deberán presentar el proyecto de
candidatura para ocupar los cargos de Presidente y Vicepresidente de
esos órganos locales del poder estatal.
Héctor Raúl Fajardo Marín, integrante de la Comisión de
Candidaturas Nacional, precisa que en ese proceso de consulta también
se están pidiendo criterios a autoridades de organizaciones e
instituciones municipales, así como a centros laborales y
estudiantiles vinculados a los recién electos, con el objetivo de
hacer evaluaciones rigurosas e integrales. Es, comenta, una alta
responsabilidad.
Para muchos de los delegados puede resultar difícil emitir
opiniones bien fundadas, pues gran parte de ellos no se conocen entre
sí; por tanto, la Comisión de Candidatura debe facilitarles la
información indispensable para que puedan pronunciarse durante la
consulta.
Según la Ley Electoral, el proyecto de candidatura para cubrir los
cargos de Presidente y Vicepresidente en cada municipio se integra con
candidatos seleccionados entre los delegados de la propia Asamblea,
pero cualquiera de los propuestos puede ser rechazado si se acuerda
por el voto favorable de la mitad más uno de los delegados presentes
en la sesión.
Solo después de aprobada la candidatura es que se procede a la
votación secreta y se considerarían electos si reciben más del 50% de
los sufragios válidos emitidos.