La participación y responsabilidad de los jefes de organismos de la
Ad- ministración Central del Estado, otras entidades nacionales y
presidentes de los consejos de la Administración provinciales y
municipales en la organización, realización puntual y efectiva de la
guardia obrera en sus entidades laborales, empresas, unidades
presupuestadas y demás centros de trabajo, de conjunto con la
organización sindical y bajo el principio de la voluntad de los
trabajadores en su incorporación, quedó establecida por acuerdo del
Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros librado el pasado 27 de
abril.
De conformidad con lo dispuesto el jefe máximo del centro laboral
es el responsable de la organización y control de esta actividad, para
lo cual designará a un representante de la administración como jefe de
la guardia obrera quien, en estrecha coordinación con la sección
sindical de base, tendrá a su cargo la organización de esta importante
tarea, así como la preparación e información de los trabajadores.
En los centros de trabajo se planificará, organizará y realizará la
guardia obrera, independientemente de que existan o no otras formas de
seguridad y protección físicas, y corresponderá a las administraciones
establecer los objetivos a cuidar, horarios, lugares donde se realiza
la guardia, y crear las condiciones necesarias para que se ejecute.
Junto con la organización sindical de base, la administración
participará en el proceso de compromisos individuales de los
trabajadores y en el control y evaluación sistemáticos de esta
actividad, cuyos resultados serán informados en las asambleas
generales de afiliados. También elaborará y aprobará el programa de
acciones para el cumplimiento del reglamento de la guardia obrera en
todas sus áreas, dependencias, talleres y unidades.
Asimismo, desarrollará un trabajo político-ideológico dirigido a
incorporar a sus trabajadores al cumplimiento del deber de cuidar la
propiedad pública y social, en lo que deben primar tres elementos
fundamentales: el compromiso individual, la atención a los
trabajadores durante su realización y el reconocimiento a quienes lo
cumplan, para lo cual será incluido en el programa de estimulación
moral del centro en cada periodo emulativo.
Las citadas orientaciones constituyen un importante respaldo del
Gobierno al cumplimiento de lo aprobado en el XIX Congreso de la CTC
respecto a las tareas de la defensa, que en uno de sus acuerdos
expresa: "Continuar prestando atención a la organización, realización
puntual y efectiva de la guardia obrera y la vigilancia
revolucionaria, que junto a los grupos de enfrentamiento al delito,
hechos y manifestaciones de corrupción e ilegalidades, velarán por
preservar los recursos del pueblo y no permitir hacer el juego a los
enemigos de la Revolución".