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Audiencia este lunes para solicitar libertad de
Luis Posada Carriles ¿Justicia a
favor o contra el terrorismo?
DEISY FRANCIS MEXIDOR
Francis_mexidor@granma.cip.cu
"Los abogados de Posada intentan obtener la ciudadanía para el
terrorista, pues concederle ese estatus, impediría inmediatamente
disponer su deportación o extradición desde Estados Unidos. Es la
forma más segura de lograr su liberación."
"En
el caso de Posada, como en el de los Cinco, no hay respeto por la
justicia", sostiene el abogado Alejandro García del Toro.
Así expresó a Granma el abogado Alejandro García del Toro,
coordinador del Grupo de Asuntos Legales Cuba-EE.UU., de la Dirección
Jurídica del Ministerio de Relaciones Exteriores (MINREX), a propósito
de la comparecencia este lunes del criminal internacional ante un
tribunal federal para solicitar su libertad.
Según la declaración del representante legal de Posada, Eduardo
Soto, el pedido se realizará tras la alegación de que su defendido
permanece arrestado hace más de un año en el centro de detención de El
Paso, Texas, tras entrar "ilegalmente" a territorio norteamericano y
por lo tanto "no debe quedar encarcelado indefinidamente", dijo el
letrado.
"Sin embargo, existen innumerables argumentos jurídicos contra
Posada", refuta el funcionario cubano del MINREX. "Desde el minuto en
que ese terrorista entró ilegalmente en territorio estadounidense
—acota—, le es aplicable toda una arquitectura legal, que comprende no
solo lo regulado en el Código de los Estados Unidos, sino también en
convenios internacionales de carácter multilateral que obligan a ese
país a extraditar o a juzgarlo por sus crímenes en este continente,
así como también en resoluciones de la ONU, las cuales llaman a todas
las naciones a cooperar y a realizar acciones concretas frente al
terrorismo internacional".
Por ejemplo, ¿cómo se aviene la Ley Patriótica, aprobada por el
presidente de los Estados Unidos en octubre del 2001, a este caso?
"Dicha legislación, en el título IV `Protección de la Frontera',
estableció que un extranjero que ha usado su posición dentro de
cualquier país para apoyar o adherirse a cualquier actividad
terrorista o para persuadir a otros para apoyar una actividad
terrorista o una organización terrorista, en la forma en que el
Secretario de Estado ha determinado que menoscaba los esfuerzos de los
Estados Unidos para reducir o eliminar el flagelo, es inadmisible para
entrar allá.
"En aplicación de esta ley, el Departamento de Seguridad Interna (DHS)
puede calificar a Posada Carriles como terrorista, lo cual lo
inhabilita para residir o permanecer en ese país, amparado en
cualquiera de las figuras recogidas en sus leyes migratorias. Esto
obliga, al menos, a disponer su deportación por parte del Departamento
de Seguridad Interna.
"Pero también le son aplicables, entre otros, el Convenio para la
Represión de los Atentados Terroristas cometidos con bombas, del 15 de
diciembre de 1997. Ratificado por ellos en el 2002, en cuyo artículo 7
dispone que el Estado en donde se encuentra el presunto culpable
`tomará las medidas que corresponda conforme a su legislación nacional
a fin de asegurar la presencia de esa persona a efectos de
enjuiciamiento o extradición'.
"Vale recordar, además, que el Tratado de Extradición entre
Venezuela y Estados Unidos de América está vigente desde el 14 de
abril de 1923, lo que faculta al primero para solicitar y exigir la
reclamación del terrorista Posada Carriles. Su fuga de una cárcel
venezolana impidió la conclusión del proceso judicial seguido en su
contra por la autoría del peor de todos sus delitos: el crimen de
Barbados contra un avión civil cubano, el 6 de octubre de 1976."
¿Cómo resumiría los procedimientos pendientes que tiene Posada
Carriles en los Estados Unidos?
"En este momento transcurren tres procedimientos en torno a este
individuo. Uno, es el proceso judicial iniciado por los abogados del
terrorista para solicitar su liberación inmediata. En este proceso de
habeas corpus, están alegando que en base a una sentencia de la Corte
Suprema de los Estados Unidos del año 2004, un extranjero cuya
deportación no ha podido ser ejecutada, no puede ser tampoco detenido
indefinidamente.
"En el otro, el Servicio de Inmigración y Ciudadanía (CIS, por sus
siglas en inglés), está analizando la solicitud de Posada Carriles de
la ciudadanía estadounidense, donde los abogados argumentaron los
servicios prestados por este en el ejército de los Estados Unidos en
los años 60.
"El tercero, la solicitud de extradición presentada por Venezuela,
la cual ha sido intencionalmente desconocida por el Gobierno
norteamericano.
"Estamos ante una situación muy interesante porque el CIS, que debe
pronunciarse sobre el otorgamiento de la ciudadanía a Posada, es una
agencia subordinada al Departamento de Seguridad Interna. Sin embargo,
otra dependencia del propio Departamento, la Agencia de Control de
Aduanas y Protección Fronteriza (ICE), el pasado 22 de marzo informó a
Posada, en una extensa y detallada carta, que no podía liberarlo
porque él continúa representando un peligro para la comunidad y existe
el riesgo de que se fugue.
"Por un problema elemental de subordinación al DHS, el CIS debe
plantearle a Posada que no califica para obtener la ciudadanía
estadounidense en base a los mismos argumentos empleados por la
Agencia de Control de Aduanas y Protección Fronteriza, cuando le negó
a este su liberación."
La conclusión del ICE el 22 de marzo del 2006, que calificó a
Posada como un riesgo y un peligro para la seguridad nacional de los
Estados Unidos, no debería cambiar.
"Por supuesto que no, eso es lo lógico. Posada fue, es y será un
terrorista confeso. Por lo que concederle la ciudadanía sería
escandalosamente contradictorio y descabellado. Solo se explicaría
porque este señor es un protegido del gobierno de los Estados Unidos,
un cuervo criado al calor del odio contra la Revolución cubana por
parte de la élite de poder en ese país y de la mafia cubanoamericana.
"El gobierno estadounidense tiene la opción de esperar a que el
juez se pronuncie sobre la petición de habeas corpus y así dejar en
manos del sistema judicial la difícil tarea de poner o no en libertad
a Posada.
"Pero aquí, como en el proceso judicial contra los Cinco
antiterroristas cubanos, se lleva a la valoración de los jueces
estadounidenses un caso en el que confluyen los elementos siguientes:
la Revolución cubana, la mafia cubanoamericana de la Florida y el odio
contra Cuba por parte de la élite de poder de los Estados Unidos.
"En el caso de Posada, como en el de los Cinco Héroes, no hay
respeto por el bien, la verdad, por el ser humano y mucho menos por la
verdadera aplicación de la justicia. Lo insólito de la decisión de la
Corte de Apelaciones de Atlanta en el caso de los Cinco, pudiera
repetirse con Posada ahora, pero en sentido inverso." |