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Los dilemas del Poder Popular
El diputado Ernesto Suárez, secretario del Parlamento, acepta conversar sobre el tema con el diario
Granma
MARÍA JULIA MAYORAL
ma.julia@granma.cip.cu
En
Cuba no se busca dirigir con el apoyo de las masas, bajo determinada
legitimación ideológica; la aspiración es que el pueblo se
gobierne a sí mismo, y cada vez de mejor manera.1
"La
Revolución, ha dicho el Partido, necesita ciudadanos que ejerzan
libre y conscientemente sus responsabilidades y sean capaces de
practicar cabalmente sus deberes y derechos."2
Sin
embargo, el reconocimiento de esos principios no abre sendas
expeditas a su realización. Aplicarlos resulta un proceso complejo,
contradictorio, de construcción colectiva, que de manera
sistemática demanda rectificar errores y desviaciones, y encontrar
nuevos caminos necesariamente autóctonos, desde el ámbito nacional
hasta el local.
Al establecerse el Poder
Popular como forma del Estado cubano, quedó estructurado el
andamiaje institucional para propiciar y garantizar la
participación cada vez más amplia de los trabajadores, y
progresivamente de toda la sociedad, en las tareas de dirección
social y económica, en el ejercicio del Gobierno. Han transcurrido
casi tres décadas de aquel momento, pero todavía hoy no hay
comprensión clara del Poder Popular, y su funcionamiento encuentra
no pocos obstáculos, sobre todo en los espacios locales.
Entender al Poder
Popular como sistema significa distinguir que no solo está
compuesto por los órganos representativos (las Asambleas,3
cuyos integrantes son elegidos por el pueblo), y que en el caso de
las Provinciales y Municipales deben a su vez ejercer Gobierno.
El Poder Popular incluye
entre sus componentes al Consejo de Ministros (órgano de Gobierno
de la nación),4 a los órganos de administración
locales (Consejos de la Administración Provinciales y Municipales),
las instituciones judiciales y fiscales y a los institutos armados
del país (FAR y MININT).
Recientes indicaciones
emitidas por el presidente de la Asamblea Nacional del Poder
Popular, Ricardo Alarcón5 sobre la labor de
control y fiscalización a realizar por los órganos locales, y las
funciones y tareas de los delegados, evidencian la necesidad de
enfrentar múltiples debilidades, insuficiencias y distorsiones en
la actuación del Poder Popular, sobre todo en el ámbito de los
municipios.
El diputado Ernesto
Suárez, secretario del Parlamento, accede a conversar con Granma
acerca de esos polémicos asuntos.
¿Qué valor tiene el
municipio para el desempeño del Poder Popular?
En el ámbito de los
municipios es donde transcurre el vínculo más directo entre el
pueblo y el Gobierno.
El municipio, en tanto
sociedad local, constituye un escenario clave; allí es donde la
gente hace su vida y espera encontrar respuestas a sus necesidades y
aspiraciones económicas, materiales, espirituales.
No sin razón en 1976
fueron eliminadas las regiones y se redujo la cantidad de
municipios. El objetivo era suprimir una estructura que
obstaculizaba tanto el vínculo con la población como la propia
participación ciudadana, y fortalecer las estructuras de dirección
para que pudieran actuar con inmediatez y eficacia en la solución
de los problemas del territorio.
Siempre la concepción
fue llevar al municipio las instancias estatales y administrativas
que más inciden sobre la población: comercio, gastronomía,
educación, salud, servicios personales y técnicos, acueducto y
alcantarillado, transporte... Tener esas direcciones, allí en la
base, debía agilizar los procesos de toma de decisión y la
solución de múltiples dificultades, sin necesidad de acudir a los
niveles superiores.
Pero esto no solo debía
lograrse con la nueva división político-administrativa, hacía
falta establecer nuevos órganos que, electos por el pueblo, fueran
capaces de desempeñarse dentro de su territorio como los órganos
superiores locales del poder del Estado, investidos de la más alta
autoridad para el ejercicio de las funciones estatales en su
respectiva demarcación, para lo cual también estuvieran en
condiciones de ejercer Gobierno dentro del marco de su competencia y
ajustándose a la ley.
Así surgieron en 1976
las 169 Asambleas Municipales, como resultado de las elecciones
celebradas ese año.
En 1992 se dio otro paso
importante para el perfeccionamiento del sistema del Poder Popular
con la eliminación de los comités ejecutivos de las Asambleas
Municipales y Provinciales. Esas estructuras de dirección al tener
que conformarse solamente con delegados de las respectivas
Asambleas, estaban imposibilitadas de incorporar a otras personas
con más preparación específica para el cargo, y resultaban
inestables en su funcionamiento por la lógica renovación de los
delegados cada dos años y medio como fruto de los comicios.
Además, los comités con frecuencia asumían tareas y decisiones
que solo competen a las Asambleas y con carácter muy
administrativo. Estas insuficiencias trataron de resolverse con la
creación de los Consejos de la Administración, a los cuales
corresponde, por mandato de su correspondiente Asamblea, dirigir las
entidades económicas, de producción y de servicios de
subordinación local, con el propósito de satisfacer las
necesidades económicas, de salud y otras de carácter asistencial,
educacionales, culturales, deportivas y recreativas de la
colectividad del territorio que comprende su jurisdicción.
Ernesto, sin embargo,
la vida está indicando que en los últimos años, más allá de las
carencias materiales, los municipios han visto reducidas sus
posibilidades de actuación debido a cambios ocurridos en la
organización de entidades encargadas de prestar servicios básicos
al pueblo. Y por otra parte, las propias indicaciones emitidas por
Alarcón reconocen que hay "débil atención y no solución de
problemas planteados reiteradamente por la población" a los
delegados en las reuniones de rendición de cuenta, y al mismo
tiempo que existen "dirigentes administrativos que no se sienten
responsables de responder por los problemas y actúan como si esa
responsabilidad fuera del Consejo Popular o del delegado".
No todos los territorios
presentan similar situación, pero hay una tendencia común:
determinadas entidades administrativas eliminaron su estructura
municipal, debido a la reducción de sus niveles de actividad en el
periodo especial. Ello puede resultar racional desde el punto de
vista organizativo y para asegurar el control más adecuado de
recursos escasos; pero, en la práctica, las direcciones de las
Asambleas Municipales y los delegados, en particular, tienen ahora
que ventilar fuera de su territorio los problemas con esas
dependencias porque ellas pasaron a ser provinciales o unificaron la
atención a varios territorios desde un solo lugar.
Lo anterior dificulta la
labor del delegado, pues debe consumir más tiempo para muchas
gestiones, y él no es profesional en el cargo. Además, perjudica
los trámites que directamente realiza la población.
El asunto también es
complicado para los municipios con grandes extensiones territoriales
o densidad poblacional. En el primero de los casos, porque pueden
tener localidades alejadas de la cabecera que merecerían la
presencia directa de distintas estructuras administrativas, y
carecen de ellas. En el segundo de los supuestos, porque las
dependencias encargadas de prestar el servicio a la población
resultan insuficientes para dar respuesta a la cantidad de personas
que acuden a sus oficinas.
Al final lo que ocurre
es que tanto por la vía de la dirección de las Asambleas como del
Consejo de la Administración, y a veces hasta por parte de
direcciones administrativas cometen el error de encargan tareas a
los delegados y a los Consejos Populares ajenas por completo a sus
funciones, pues hay confianza en su liderazgo y son ellos los que
están allí en la base, en contacto directo con la gente.
No estoy diciendo que
todas y cada una de las actividades productivas y de servicios,
vinculadas estrechamente con la vida de la población, deban contar
con estructuras en los municipios y en localidades dentro de estos,
pero sí que están obligadas a que los cambios en su organización
y funcionamiento no debiliten la vida del municipio y la gestión de
los delegados.
Si vemos al Poder
Popular como un sistema, se impone un estudio más a fondo de la
estructura administrativa para hacerla más cercana a la población.
En los municipios de Santiago de Cuba y Camagüey desde hace años
funcionan de manera experimental los distritos, y cuando uno les
pregunta a los Presidentes del Poder Popular de esos territorios si
sería conveniente eliminar los distritos, te dicen rotundamente que
no, pues haría ingobernable la demarcación. En Ciudad de La Habana
sería conveniente buscar otro ordenamiento, por la cantidad de
población y las complejidades propias de una gran urbe.
Pero, podría
pensarse que incrementar estructuras intermedias en la
administración municipal sería introducir otro problema más si
ello no está asociado al otorgamiento de atribuciones y medios para
cumplir las funciones. ¿No siente temor por la burocracia?
Las experiencias de
Camagüey y Santiago de Cuba resultan válidas y también de ellas
pueden extraerse elementos de juicio acerca de las posibles fallas.
No obstante, tengo que
reconocer que en el sistema del Poder Popular no hemos resuelto el
problema de la burocracia. A veces los ciudadanos se agotan buscando
respuestas convincentes en las dependencias administrativas, lo cual
recarga a las Asambleas, a los Consejos Populares y a los delegados,
pues la gente acude a ellos en busca de ayuda, de orientación.
Incluso podría afirmar
que la burocracia incentiva a que algunas personas busquen caminos
inapropiados para resolver sus necesidades, pues donde deben recibir
el servicio resultan víctimas del "peloteo" y de respuestas
superficiales.
Hay una comisión
nacional que desde hace varios años está encargada por el Gobierno
y la Asamblea Nacional de estudiar la situación de los trámites de
la población. Gracias a ello, algunas diligencias han sido
eliminadas y otras simplificadas, pero todavía los ciudadanos en
muchos lugares tienen que sufrir una verdadera odisea para resolver
su situación o encontrar respuestas adecuadas a por qué es
imposible.
Retomemos el otro "peloteo".
En la Constitución y en las legislaciones correspondientes se
refrenda que las Asambleas, en este caso las municipales, son en su
demarcación el órgano superior local del poder del Estado, y en
consecuencia están investidas de la más alta autoridad para el
ejercicio de las funciones estatales en su territorio y dentro de
ello, ejercen Gobierno en el marco de su competencia y ajustándose
a la ley. Si esto es así, ¿por qué puede haber direcciones
administrativas que no atienden adecuadamente a los delegados y a
los planteamientos de la población? ¿Por qué, incluso, hay
delegados que se quejan de la falta de atención por parte de la
dirección de su Asamblea?
Nada justifica esos
hechos, están motivados por múltiples factores y su solución a
escala nacional es responsabilidad de la Asamblea Nacional y del
Consejo de Ministros, como nos ha estado exigiendo el Partido.
No basta con reconocer
legalmente las funciones y competencias de los órganos locales del
Poder Popular. Debemos estudiar, por ejemplo, qué adecuaciones
serían necesarias para que realmente las Asambleas Provinciales y
Municipales estén en condiciones de ejercer Gobierno en sus
respectivas jurisdicciones, y de actuar como autoridad estatal, pues
hoy decisiones que solo competen a esos órganos son asumidas por
los Consejos de la Administración.
Por ese camino merecen
revisarse las atribuciones de las Asambleas y analizar si les
estamos pidiendo que realicen tareas para las cuales no están aptas
por su composición, la instrucción de sus integrantes para el
ejercicio del cargo y el tiempo de duración del mandato.
Es preciso también
aumentar la preparación integral de quienes resultan electos. En
cada territorio han incrementado la calidad de los seminarios y la
Comisión de Órganos Locales de la Asamblea Nacional ha trabajado
intensamente durante las últimas legislaturas para apoyar ese
propósito. Sin embargo, percibimos que, pese a recibir los
conocimientos, hay delegados que después no tienen habilidades para
llevarlos a la práctica. Ello obliga a pensar en cómo mejorar el
dominio por parte de la población acerca de las funciones del
delegado de circunscripción y del Poder Popular en conjunto, pues
en manos del pueblo está la postulación de los candidatos y la
elección de sus representantes; es decir, la calidad de las
Asambleas.
En ocasiones, delegados
de base me han dicho: tal Director municipal no nos atiende bien, o
el Presidente de mi Asamblea no tiene tiempo para despachar con
nosotros y recorrer las circunscripciones. Yo siempre les respondo:
la responsabilidad es de ustedes, ¿por qué no discuten el asunto
en sus sesiones de la Asamblea?, ¿por qué no los llaman a contar y
exigen su sustitución de ser necesario? ¿Qué se los impide, si
legalmente tienen el poder para eso?
Necesitamos delegados
serios, responsables, disciplinados, capaces de mantener la unidad;
pero eso no significa acatamiento de decisiones y puntos de vista
incorrectos. La Revolución se hace dando la pelea cotidiana en el
lugar, momento y forma oportunos.
No puede obviarse
tampoco la inmensa carga de trabajo que significa para cualquier
Presidente municipal dirigir una Asamblea y por esa responsabilidad
dirigir al mismo tiempo el Consejo de la Administración. Sabemos
que debido a las dificultades materiales del periodo especial, el
cumplimiento de las tareas de dirección administrativa demanda
mucha consagración, y más cuando se trata de personas conscientes
de su responsabilidad con el pueblo, de la necesidad de buscar
soluciones, pero ello no puede llevar a los Presidentes municipales
a desatender a los demás delegados.
Mientras mejor funcione
la Asamblea y sus comisiones de trabajo en las tareas de control y
fiscalización, más posibilidades tendrá ese órgano de ejercer
sus funciones, de buscar el bienestar de la población con los
medios y recursos existentes.
¿Qué debemos
esperar de los delegados y los Consejos Populares?
De los primeros, la
misma consagración de costumbre, su vocación de servicio al
pueblo, el desarrollo de capacidades para explicar a sus electores
las políticas del Estado y al mismo tiempo ser portadores ante las
instituciones correspondientes de los reclamos de la población;
pero sobre todo, que comprendan la participación popular en su
sentido más amplio: no es solo movilizar a los demás para resolver
determinadas cuestiones materiales, significa nutrir la gestión
estatal y de Gobierno con las ideas de la gente, hacer a los
ciudadanos partícipes de los procesos de toma de decisiones.
De los segundos,
necesitamos que retomen y consoliden las tareas para las cuales
fueron creados. En palabras del Comandante en Jefe: "No queremos una
instancia administrativa, queremos allí una autoridad política y
popular, que sepa todo lo que pase en la peluquería, en la bodega,
en todas partes, en todos los servicios", porque deben controlar y
fiscalizar, y sumar a la gente a esa batalla.
1 Ver
lo expuesto sobre el tema por investigadores como Jesús García
Brigos en Gobernabilidad y Democracia. Los órganos del Poder
Popular en Cuba, Editorial de Ciencias Sociales, La Habana,
1998, y Haroldo Dilla en Participación popular y desarrollo en
los municipios cubanos, Centro de Estudios sobre América, La
Habana, 1993.
2 Así
lo expresa el documento El Partido de la unidad, la democracia y
los derechos humanos que defendemos, aprobado por el V Congreso
de la organización.
3 En
el caso de la Asamblea Nacional, sus diputados eligen de entre ellos
a los integrantes del Consejo de Estado, que es el órgano de la
Asamblea que la representa entre uno y otro periodo de sesiones,
ejecuta los acuerdos de esta y cumple las demás funciones que la
Constitución le atribuye. Dicho Consejo tiene carácter colegiado,
a los fines nacionales e internacionales ostenta la suprema
representación del Estado cubano, y le rinde cuenta de todas sus
actividades a la Asamblea.
4 El
Consejo de Ministros es el máximo órgano ejecutivo y
administrativo, y constituye el Gobierno de la República. Es
responsable y rinde cuenta, periódicamente, de todas sus
actividades ante la Asamblea Nacional. Dispone de un Comité
Ejecutivo, el cual puede decidir sobre las cuestiones atribuidas al
Consejo de Ministros, durante los periodos que median entre una y
otra de sus reuniones.
5 Un
resumen de esas indicaciones fue publicado por Granma en su
edición del 8 de mayo del 2006, p. 3. |