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Indisciplinas en
la vía
¿Dónde está su
licencia de conducción?
Reynold
Rassí
rassi@granma.cip.cu
Marco Antonio manejaba
muy alegre y confiado por la Quinta Avenida cuando un agente de la
Motorizada de Tránsito lo paró. Tras el saludo mutuo, el policía
le pidió los documentos personales y los del vehículo. Más que
serio se puso el chofer cuando el representante de la Ley le
preguntó por su licencia de conducción. "Mire, compañero, la
verdad es que yo nunca he tenido licencia para manejar".
¿Fue usted uno de los choferes que manejó sin licencia de conducción el pasado año?
El agente llamó al
Puesto de Mando, y luego de dar los datos del chofer recibió la
respuesta: "tiene suspendida por tres meses su licencia". Marco
Antonio fue sorprendido in fraganti en la vía. Además de quedar
como mentiroso, fue conducido a la Unidad de la Policía del
territorio por donde circulaba.
Las distintas
indisciplinas de choferes e incumplimientos de las regulaciones
establecidas en la Ley 60 (Código de Vialidad y Tránsito),
motivaron el pasado año en el país la suspensión temporal de más
de 30 000 licencias de conducción y la cancelación sobrepasó las
2 700.
Hay conductores que
piensan que es fácil violar las leyes del tránsito, sin darse
cuenta de que al final los más perjudicados son ellos.
MOTIVOS DE
SUSPENSIÓN Y DE CANCELACIÓN
El Código de Vialidad y
Tránsito, en su artículo 266, establece que el Ministerio del
Interior (MININT) podrá disponer la suspensión de la licencia de
conducción por un periodo de un mes a un año a los choferes que
dentro de un año natural cometan más de dos infracciones de las
calificadas como muy peligrosas, o que alcancen los 36 puntos,
acumulados por la imposición de multas; y a quienes en el
transcurso de 12 meses cometan más de una infracción conduciendo
un vehículo de uso personal, después de haber ingerido bebidas
alcohólicas.
El artículo 293,
relacionado con el Capítulo I, De las Multas, señala que
transcurrido el plazo de 60 días sin haberse abonado el importe de
la multa, el MININT podrá disponer la suspensión y ocupación de
la licencia entre tres meses y un año, la que será devuelta una
vez cumplido el tiempo establecido, luego de pagar la notificación.
Durante el 2005, por
puntos acumulados, fueron suspendidas 17 777 licencias con
diferentes términos de tiempo, y a los poseedores de otras 3 206 se
les aplicó igual medida por la ingestión de bebidas alcohólicas.
Por acumular más de dos infracciones muy peligrosas fueron
suspendidas más de 4 250.
Con relación a la
cancelación de la licencia, el artículo 267 establece que se
podrá aplicar esa medida a quienes en los dos últimos años
naturales se les suspenda en más de dos ocasiones; a los que en el
transcurso del año siguiente de habérseles suspendido, y tras
cumplir con la penalización, incurran en una nueva infracción
considerada como muy peligrosa; y a los choferes que durante el
periodo de suspensión circulen por la vía conduciendo un vehículo
motorizado.
También se les
cancelará la licencia a los conductores de transportes de carga o
colectivo de pasajeros, y a otros choferes profesionales a quienes
en más de una ocasión, en el plazo de tres años naturales, se les
suspenda la licencia por conducir luego de ingerir bebidas
alcohólicas, lo que debe ser avalado por dictamen médico. Tal
medida se tomará, además, con aquellos que en más de una
ocasión, en el periodo de un año, manejen un transporte sin las
correspondientes chapas de identificación expedidas por el Registro
de Vehículos. Asimismo, se puede cancelar el permiso de aprendizaje
a los aspirantes que durante la vigencia de ese documento circulen
por la vía conduciendo, lo cual incumple con lo establecido para
aprender a manejar.
En los casos de las
licencias canceladas por circular sin chapa y del permiso de
aprendizaje, el término para optar nuevamente por esos documentos
podrá variar de uno a tres años; y en el resto de los casos
mencionados anteriormente, podrán realizar la solicitud
transcurrido un plazo de tres a cinco años.
Todo chofer debe ser
precavido al manejar. Con ello evitará accidentes y la imposición
de multas que puedan originar la suspensión o cancelación de su
licencia. Y si esto último sucede, recuerde que conducir sin ella
es una violación del Código de Vialidad y Tránsito. |