Gaceta Oficial: conocer y tener la ley a mano
LOURDES
PÉREZ NAVARRO
En no pocas ocasiones
lectores de esta sección preguntan dónde encontrar la ley, el
decreto-ley, la resolución u otra normativa jurídica a la que
hacemos referencia en nuestros comentarios.
Aunque puedan
encontrarlas en libros o en compendios de normas jurídicas, es la
Gaceta Oficial de la República de Cuba la que atesora la
legislación promulgada en el país en los últimos 103 años.
Surgida el primero de
julio de 1902 mediante el Decreto 63 de la Secretaría de Gobierno,
rubricado por el presidente Tomás Estrada Palma, la Gaceta es el
órgano oficial |constitucionalmente reconocido|en el que se
publican las leyes, decretos leyes, decretos, resoluciones,
reglamentos y demás disposiciones generales de las entidades
nacionales del Estado.
A las 72 horas de ser
aprobadas y firmadas estas normativas por las instituciones
correspondientes, han de ser enviadas a la Gaceta, y una vez
publicadas en sus páginas entran en vigor y se ponen en
conocimiento de todos los ciudadanos.
La Gaceta cuenta con
tres tipos de ediciones en correspondencia con su contenido: la
ordinaria, que da a conocer las disposiciones habituales; la
extraordinaria, para las normas jurídicas que por su importancia y
jerarquía deben informarse rápidamente; y la extraordinaria
especial, en la que se publican los otorgamientos de distinciones y
medallas.
¿CÓMO OBTENERLA?
Por mandato de la
Constitución la Editora del Ministerio de Justicia (MINJUS) |ubicada
en Zanja #352 esquina a Escobar, en el capitalino municipio de
Centro Habana| es la que tiene, entre otras tareas, la de imprimir,
distribuir y comercializar la Gaceta Oficial de la República de
Cuba.
Las suscripciones para
su adquisición históricamente se realizaban en la propia editora,
explica Alberto Alvariño, director de la entidad. Pero a partir del
año pasado, precisa, decidimos descentralizar este proceso con el
objetivo de disminuir engorrosos trámites y acercar el servicio a
la población.
En estos momentos se
están realizando suscripciones: el proceso empezó el primero de
junio y culminará el 30 de noviembre. Todas las personas naturales
y jurídicas que lo deseen pueden hacerlo; no hay límites, subraya
Alvariño.
Para ello hay dos
modalidades. Una funciona especialmente para la capital, se trata de
la recogida personal, luego de suscribirse directamente en la sede
de la editorial. Esta tiene un costo de cuarenta pesos, el que
abarca todas las gacetas publicadas en el término de un año.
Otra es la suscripción
por medio de la oficina de Correos más cercana al domicilio de la
persona natural o jurídica y tiene un precio de setenta pesos.
Este organismo se
encarga de distribuirla como si fuese una carta certificada a la
dirección ofrecida por el suscriptor, ya sea en cualquier parte del
país (incluida Ciudad de La Habana) o en el extranjero.
Aunque en volúmenes
limitados, la Gaceta Oficial también se expende en estanquillos de
Correos, asegura el Director. Además, en nuestra sede tenemos un
área de venta donde puede ser adquirida sin necesidad de
suscripción, al igual que libros que contienen diferentes leyes,
entre ellos: Código Penal, Código Civil y Código de Vialidad y
Tránsito, todos actualizados conforme a las modificaciones que se
le han realizado.
Con estas modalidades,
afirma, la Gaceta ha ganado en rapidez, inmediatez y control en su
distribución.
EDICIÓN DIGITALIZADA
Además del soporte en
papel, la Gaceta puede encontrarse en su versión electrónica en el
sitio www.gacetaoficial.cu
Es exactamente la misma,
sostiene Alvariño. La digitalizada, basada en modernas tecnologías
de información y comunicación, tiene a su favor rapidez e
inmediatez; a ella se puede acceder desde cualquier lugar, incluso
desde el extranjero.
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